sábado, 17 de septiembre de 2016

Percibamos "por qué tiene que cerrar este emprendimiento y no autorizar otros como estos".

¿Hasta cuándo el Estado brindará concesiones a mineras que contaminan el ambiente?

Justo en el momento en que se conmemoraba un año del derrame de más de un millón de litros de solución cianurada en la mina Veladero, operada por la empresa Barrick Gold se hizo pública la noticia de un nuevo derrame. Fundación Ambiente y Recursos Naturales demanda a las autoridades nacionales y provinciales una intervención seria y responsable que no implique meramente clausuras provisorias ni multas irrisorias. 

En el día de ayer, la empresa canadiense Barrick Gold hizo saber que el derrame había ocurrido el 8 de septiembre debido al desacople de una cañería con solución cianurada, pero refirió que no existieron riesgos o contaminación. En ese sentido, FARN se suma a los reclamos de los vecinos de Jáchal y exige el inmediato y definitivo cierre de la Mina Veladero. Asimismo mismo exige la inmediata confección del Inventario de glaciares de acuerdo a lo establecido por la Ley de Glaciares.

Por último, se recuerda que la misma empresa que se encuentra realizando actividades que afectan el ambiente y la salud de las personas en Veladero pretende iniciar operaciones en territorio Argentino respecto del emprendimiento binacional Lama, en violación de la ley de Glaciares.

No sólo dicho proyecto implica una contradicción respecto de las zonas de prohibición de la Ley Nacional de Glaciares (la actividad minera queda excluida de la ley de glaciares) sino que sienta un preocupante precedente al permitir a una empresa, que no respeta la normativa vigente, iniciar un nuevo proyecto sin que sea responsabilizada y obligada a recomponer el daño ambiental generado por el emprendimiento que ya tiene en funcionamiento.

¿Por qué tiene que cerrar este emprendimiento

 y no autorizar otros como estos?

1) Se encuentran en zonas de glaciares y ambiente periglacial, que Argentina busca proteger mediante la Ley Nacional de Glaciares. La Ley, especialmente en su artículo 6, prohíbe este tipo de emprendimientos en estas zonas. Si los emprendimientos estaban antes de la sanción de la ley, como es el caso de Veladero, tiene que ser auditados de modo imparcial y puede ordenarse su cese o traslado.

2) Contaminan las nacientes de recursos hídricos cuyos cauces transitan por más de una provincia y son fundamentales para el desarrollo de distintas actividades económicas y de la vida.  

3) Ocultan información fundamental respecto de cómo operan, qué sustancias utilizan en sus procesos (en particular, componentes, cantidades de la solución cianurada) y los detalles de los distintos episodios que redundaron en los derrames referidos, impidiendo las medidas de gestión de riesgo apropiadas para evitar impactos irreversibles al ambiente y la salud humana.

4) Son ejemplo de los límites de las capacidades de autoridades estatales para priorizar el cumplimiento de las leyes y la defensa de los derechos ambientales y humanos de la población.

5) No promueve ni facilita instancias de participación ciudadana, como la consulta; mientras que el desarrollo percibido en la comunidad local es casi nulo, como lo explican a continuación los testimonios de vecinos de Jáchal.

LAS VOCES DE JACHAL - 13.09.2016


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UAC Unión de Asambleas Ciudadanas Contra el Saqueo y la Contaminación
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