Perú:
Pueblo Awajún rechaza
decretos lesivos a derechos indígenas
15 de febrero de 2017
15 de febrero de 2017
El pueblo indígena Awajún a través de la Organización Regional
de la Amazonía Norte
del Perú (ORPIAN-P) expresó su rechazo a los decretos legislativos 1292, 1333 y
1334, por considerarlos lesivos a los derechos colectivos de los pueblos
originarios.
"Hemos comprobado
que algunos de ellos [decretos legislativos] representan una amenaza
evidente", en alusión al paquete de 112 decretos legislativos expedidos
por el gobierno en uso de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso
de la República al poder Ejecutivo.
Así, en el caso de estos tres decretos, estos
impactan directamente en aspectos como el territorio o las facultades autónomas
de las comunidades.
Oleoducto Norperuano:
El Decreto Legislativo 1292 declara la
necesidad pública e interés nacional la operación del Oleoducto Norperuano y
faculta al Estado a "adquirir" los terrenos necesarios para operar a
través de contratos de compra-venta.
Así, el Estado peruano podría expropiar
tierras de comunidades nativas que se encuentren aledañas al ducto, siendo esta
una práctica actualmente condenada por el derecho internacional.
Cabe destacar que la medida se promulgó pese a
los conflictos sociales ocasionados durante el 2016 por los derrames de
petróleo del Oleoducto Norperuano, que afectaron las regiones de Amazonas y
Loreto.
Reubicación de pobladores para obras de gran
infraestructura:
El Decreto Legislativo 1333, con miras a
facilitar las obras de infraestructura de interés nacional y de gran
envergadura, crea el Proyecto Especial de Acceso a Predios para Proyectos de
Inversión Priorizados (APIP).
Dependiente de PROINVERSION, durante tres años
el APIP buscará sanear los predios requeridos para la ejecución de proyectos
priorizados. Sin embargo, muchos de estos territorios pertenecientes a pueblos
indígenas no cuentan con las formalidades oficiales de propiedad, a pesar de
estar ocupados ancestralmente por estos pueblos, por lo que no se encuentran
reconocidos frente al Estado.
De otro lado, este proyecto también tiene
entre sus facultades “definir la necesidad de la reubicación de pobladores,
coordinando con las entidades respectivas y convocar a las asambleas”, lo cual
resulta inconstitucional.
Asimismo, se toma la potestad de convocar a
asambleas cuando ello es una facultad autónoma de las comunidades.
Adelanto social sin MINCU ni MINAM:
El Decreto Legislativo 1334 introduce la
figura del “adelanto social” y persigue como fin “Financiar Programas,
Proyectos y/o actividades orientadas a cerrar o reducir brechas sociales en
espacios geográficos donde se desarrollarán diversas actividades económicas”.
Sin embargo, al aplicarse en contextos de
actividades extractivas, podría condicionar la voluntad y el actuar de las
comunidades involucradas en estas actividades.
Asimismo, llama la atención que dentro del
concejo directivo de este fondo de asistencia social no estén incluidos
ministerios como Cultura y Ambiente, los cuales juegan un rol fundamental en la
defensa de los derechos de los pueblos indígenas.
Para leer el pronunciamiento puede ingresar aquí.
Fuente:
http://www.biodiversidadla.org/Principal/Secciones/Noticias/Peru_Pueblo_Awajun_rechaza_decretos_lesivos_a_derechos_indigenas
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