Ecuador:
Reporte
sobre la investigación defensorial por la agresión a Defensoras de la Pachamama
en protesta contra el proyecto minero Río Blanco: SE ESPERA RESOLUCIÓN
El Frente de Mujeres Defensoras de la
Pachamama se encuentra a la espera de la resolución de la investigación
defensorial CASO-DPE-0101-010101-209-2015-001168-EASU, abierta desde el 10 de
noviembre de 2015 por la Defensoría del Pueblo (Zonal 6, Azuay), luego de que
se aceptara a trámite la denuncia interpuesta por 8 mujeres de esta
organización, debido a que fueron agredidas y detenidas en forma arbitraria,
por la policía y agentes de seguridad, para impedir que protesten contra el
megaproyecto minero Río Blanco. Este hecho se suscitó el 20 de octubre de 2015
en el Parque Central de Molleturo, durante la visita del Presidente Rafael
Correa para inaugurar una obra de Ecuador Estratégico.
En la mencionada
protesta pública y pacífica, las Defensoras de la Pachamama trataron de exhibir
una pancarta con la consigna “Minería responsable, cuento
miserable”, cuando fueron atacadas por la policía y agentes de
seguridad política que les arrancharon la pancarta, agrediéndolas física y
verbalmente, para luego sacarlas del Parque a la fuerza y detenerlas en una
calle aledaña por más de 2 horas, violando así su derecho a la resistencia,
libertad de expresión, opinión, reunión, manifestación, participación,
integridad física, libre tránsito, entre otros, reconocidos en la Constitución
ecuatoriana y tratados internacionales.
Frente a lo
denunciado por las Defensoras de la Pachamama, el 20 de noviembre de 2015, el
Intendente General de Policía de Azuay Ing. Luis Calle Peñaherrera, elaboró un
informe por requerimiento del Gobernador de la provincia, en base al cual se
solicitó “se archive el proceso iniciado”. En este informe el Intendente afirma
que las manifestantes intentaron romper un supuesto cerco policial que se había
instalado para impedir el acceso al Parque de Molleturo, y que más bien, las
mujeres agredieron a la policía.
Se ha podido constar que no existe ningún
otro documento de lo ocurrido ese día en Molleturo, ni siquiera un parte
policial, como se indica en el “Informe Ejecutivo del Operativo de Control y
Seguridad durante la Visita del Señor Eco. Rafael Correa Delgado Presidente de
la República del Ecuador a la provincia del Azuay el día martes 20 de octubre
de 2015” ,
elaborado el 31 de enero de 2016 por el encargado del operativo Crnl. Rubén
Reyes Pacheco.
Posteriormente, el 16 de marzo de 2016, el
Intendente de Policía se presentó a rendir su versión dentro de la
investigación, ratificándose en el contenido de su informe, y señalando además
que la manifestación no fue pacífica pues las manifestantes procedieron a
agredir a la policía intentando ingresar al Parque a “ofender
al presidente”. Así mismo afirmó que no hubo detenidos.
Esta misma versión fue sostenida por los
jefes de la policía: Coronel Rubén Reyes
Pacheco, Jefe del Distrito Cuenca Sur y jefe del operativo, así como por el
Tnte. Coronel Juan Guerra Palacios, encargado del operativo en Molleturo,
cuando se presentaron a rendir sus declaraciones el 16 de marzo de 2016.
Sin embargo, la policía no ha presentado
ninguna prueba de las acusaciones que
hace en contra de las denunciantes, por lo que las Defensoras de la Pachamama
han contestado con sendos oficios dirigidos al Coordinador Defensorial Dr.
Jorge Valdivieso Durán, señalando entre otras cosas:
“Que en nuestra calidad de Mujeres Defensoras
de Derechos desde hace más de una década venimos desarrollando actividades
públicas y pacíficas para la defensa y promoción de los Derecho Humanos,
Ambientales, de Género y de la Madre Tierra. De igual manera acogiéndonos a lo establecido en la
Constitución vigente sobre el derecho a la resistencia, a la libertad de
opinión y expresión, de asociación, reunión, manifestación y participación, es
pública nuestra oposición a que se desarrollen megaproyectos de minería en las
zonas de páramo de Río Blanco y Quimsacocha, por los graves impactos que
provoca la minería en los ecosistemas, las poblaciones, particularmente en las
mujeres, y en los Derechos Humanos y de la Naturaleza…”
“Que por nuestra labor
como Defensoras de Derechos Humanos hemos sido blanco permanente de
criminalización, represión y persecución por parte del Estado y gobiernos de
Ecuador, siendo, en varias ocasiones violados nuestros derechos, y habiendo
recibido agresión física y verbal por parte de la fuerza pública durante
manifestaciones públicas y pacíficas.
Es por ello que hemos venido denunciando constantemente esta situación en
distintas instancias a nivel nacional, pero nunca hemos encontrado una
respuesta positiva a nuestros reclamos, cuando se supone que el Estado y
gobierno deben protegernos y dar las facilidades para que desarrollemos nuestra
labor, de acuerdo a tratados y convenios internacionales que el país ha firmado
y ratificado sobre Defensores y Defensoras de los Derechos Humanos.”
“Manifestamos nuestra indignación absoluta y
rechazamos rotunamente la contestación dada por la Gobernación del Azuay y el informe presentado por el Intendente de
Policía, en donde sí se está faltando a la verdad y tergiversando los hechos…”
“El Intendente nos acusa directamente de
realizar acciones violentas, es más, de agredir a la policía, pero no presenta
ninguna evidencia que respalde sus declaraciones, quedando dichas acusaciones
en simples enunciados carentes de valor jurídico, para lo que Usía Juzga.”
“¿Un grupo de mujeres adultas, la mayoría
cercanas o ya de la tercera edad, podría pretender romper un supuesto cerco
policial, con qué sabe qué intenciones?, según lo dicho en el informe de la policía. Definitivamente
no, solo que sea un grupo de ancianas privadas de sus facultades mentales,
“viejas locas” en palabras de la policía. Esta insinuación implícita en lo
señalado por el Intendente en su informe es totalmente inaceptable para
nosotras y constituye una agresión más de parte de la policía, ya que es la
típica forma de estigmatizarnos y descalificar nuestra labor haciéndonos ver
como personas que actúan sin sentido, agresivas y peligrosas.
¿Puede un grupo de 8 mujeres adultas agredir
a un enorme contingente de policías, entre hombre y mujeres, mucho más jóvenes,
altas/os, fuertes, preparadas/os físicamente y mentalmente para atacar y
defenderse de ataques, que incluso tenía escudos protectores, toletes, cascos,
ropa especial de protección? Es realmente una vergüenza que se afirme tal
cosa…”
“… el informe del Intendente con una versión
totalmente fuera de la realidad, no tiene base legal, ni hace prueba alguna,
pues no tiene respaldo, ni legal, ni lógico a la luz de los elementos fácticos
acontecidos, lo que le resta total credibilidad.”
“Volvemos a recalcar
que las versiones dadas por el Intendente y los oficiales de policía no se
apoyan en ninguna evidencia material, ya que no existe ni siquiera un parte
policial y no se ha presentado ninguna prueba a lo largo de este proceso de
investigación. Nosotras en cambio hemos presentado fotografías, audios y videos
que apoyan nuestras declaraciones y la de nuestros testigos, donde no aparece
el mencionado cerco policial, pero si se puede ver claramente momentos en que
la policía por la fuerza nos quita las pancartas que intentamos exhibir…
También está registrado como ante nuestros reclamos por no dejarnos ejercer
nuestro derecho a la protesta, fuimos agredidas junto con otros compañeros que
nos acompañaban en esa manifestación…”
“Los actos desplegados en contra de nuestra
organización, profundizan la intolerancia al libre ejercicio de nuestros
derechos, y sobresale la criminalización de nuestra libertad por ser Defensoras
de Derechos, además al afirmarse que nosotras hemos agredido a la policía, lo
cual, no es cierto, ni existe prueba de tal acusación, no es más que una
calumnia que atenta en contra de nuestro derecho al buen nombre como mujeres
organizadas.”
Respecto al informe del Intendente de Policía
y las declaraciones de los jefes encargados del operativo, Lina Solano Ortiz,
miembro del Directorio del Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama dijo:
“¿Cómo es posible que Mujeres Defensoras de Derechos seamos agredidas y
detenidas en forma ilegal y totalmente injusta, y luego tengamos que soportar
que en la investigación el Intendente y los jefes de la policía mientan de la manera
más descarada, y lo que es más indignante, que digan que nosotras hemos sido
las agresoras, continuado de esa manera las ofensas, estigmatizándonos y
criminalizándonos dentro del propio proceso?”.
Por otra parte, dentro de esta investigación
se ha podido tener acceso a la ORDEN DE SERVICIO No. 2015-1271-P3-SZA-1, la que
contiene las directrices generales bajo las que la policía debía actuar en el
operativo el día 20 de octubre de 2015, y respecto al que las Defensoras han
presentado un oficio en el que entre otras cosas señalan:
1. “El operativo preparado por la policía para el 20 de
octubre de 2015 con motivo de la visita del Presidente Rafael Correa a Cuenca,
según la Orden de Servicio No. 2015-1271-P3-SZA-1, establece en el numeral 2,
correspondiente a la misión del operativo: “…mantener el control del orden
público y seguridad del Sr. Presidente y de la ciudadanía en general.”,
indiscutiblemente un objetivo definido en términos tan generales conlleva un
amplio margen de interpretación, lo que a su vez se presta para que cualquier
tipo de manifestación -por más pacífica que sea- pueda calificarse como un
atentado al “orden público” o la “seguridad del Presidente”, y en base a ello
justificar la actuación de la
policía. Dado que no se define qué se entiende por “orden
público”, consideramos que implícitamente el operativo le confiere a la fuerza
pública la potestad de prohibir cualquier tipo de expresión de descontento
hacia el gobierno.
Claramente el operativo estuvo diseñado bajo
la premisa de que ocurrirían manifestaciones en contra del Presidente, y en tal
sentido la policía tenía órdenes de repeler cualquier tipo de protesta, detener
a manifestantes y documentar en video y audio pruebas que permitan su
judicialización, tal y como lo establece la mencionada Orden
de Servicio en el liberal “bb. El parte policial será elaborado por el miembro
policial que procede a la aprehensión de las personas que se encuentre
dentro de posibles protestas en contra del gobierno de acuerdo
al formato establecido, de manera detallada y narrando la infracción si fue
cometida en presencia de la Policía y en lo posible adjuntando pruebas o
evidencias (fotos).” Y en el literal ”K: Todas las acciones que articule
la policía nacional dentro de todos los servicios involucrados serán
documentadas, apoyadas en las operaciones de inteligencia mediante el registro
de videos y audios que permitan establecer e identificar actores que trasgredan
la ley penal, durante la permanencia del Sr. Presidente de la
República” (el resaltado es nuestro).
Esta interpretación nos preocupa por cuanto
ni en la Constitución vigente, ni en las leyes ecuatorianas, ni en la
legislación internacional, se prohíbe que las ciudadanas y ciudadanos puedan
expresar públicamente, en forma pacífica, ante cualquier autoridad (incluido el
Presidente), su desacuerdo a políticas, prácticas o proyecto que afecten a la población. Impedir
y criminalizar la protesta social y el reclamo, constituyen violaciones a los
fundamentos y principios democráticos, los Derechos Humanos y de la Madre Tierra , más en
un país que ha reconocido los Derechos de la Naturaleza, y cuyo gobierno se
jacta de tener la Constitución más “progresista” del mundo.”
2. “No hay que olvidar que en este operativo se actuó
en forma violenta contra nosotras no sólo con el objetivo de arrebatarnos la
pancarta de tela que exhibíamos y sacarnos del Parque y detenernos en una calle
aledaña, sino que se vulneró flagrantemente nuestros derechos, pese a que no
estábamos realizando actos en contra de la ley. Entonces , presumimos
que esta actuación ilegal de la Policía está enmarcada en lo que establece la
Orden de Servicio No. 2015-1271-P3-SZA-1, que señala en el literal “g.”
“…acción de masa con el carácter netamente preventivo, aplicando el uso
progresivo de la fuerza.”.
Nos preguntamos si dar golpes y patadas, lanzar
puñetes e insultos a las y los ciudadanos que ejercen sus derechos ¿es “uso
progresivo del fuerza” con “carácter netamente preventivo”?
Conjuntamente se señala en la mencionada Orden
de Servicio “uso progresivo de la fuerza, siempre y cuando sea estrictamente
necesario” (literal “m.”, subrayado por nosotras), y más adelante en el
literal “v.” se menciona expresamente que se “…evitarán el plagio de
Funcionarios o personas comunes, la toma de instalaciones Públicas, la
obstrucción de carreteras, el daño a la propiedad privada o pública.”.
Entones, se clarifica con absoluta nitidez
que nada justifica la actuación de la policía, pues nosotras no estábamos
cometiendo ningún delito, ni de los mencionados, ni de ningún otro tipo,
simplemente ejercíamos de forma lícita y pacifica nuestro derecho a la
resistencia, a la libre expresión y opinión.
3. “En este sentido, con mayor abundamiento de los
propio derechos transgredidos, se vislumbra como voz definitiva que la policía
no actuó bajo los principio de “…Derechos Humanos, Legalidad, Ponderación,
Proporcionalidad y Responsabilidad…” como se señala en el literal “x.” de la
Orden de Servicio No. 2015-1271-P3-SZA-1, sino más bien bajo la vieja política
anárquica de impedir cualquier protesta contra el gobierno, por pacífica que
ésta sea, lo cual es totalmente inconstitucional, antidemocrático y contrario a
los Derechos Humanos y de la Naturaleza, patentizándose más bien los peligrosos
niveles de intolerancia que creíamos haber desechado con la Constitución
vigente, la cual establece en el Artículo 1 que: EL ECUADOR ES UN ESTADO
CONSTITUCIONAL DE DERECHOS
Y JUSTICIA …
El gran número de personal asignado para el
operativo del 20 de octubre de 2015 corrobora lo que decimos: un contingente
total de 436 efectivos, más 153 aspirantes de las Escuelas de Formación, según
consta en la referida
Orden de Servicio. Para el caso de Molleturo, alrededor de
100 policías, entre hombres y mujeres, a lo que hay que sumar el contingente
militar, los agentes de seguridad y los policías que llegaron con la caravana Presidencial.”
Con respecto a este documento de la policía,
Lina Solano Ortiz acotó: “A ello habría que añadir la realización de
sobrevuelos por parte de la unidad Aero-policial dispuesto en la Orden de
Servicio, así como el uso de caballos y perros, con lo que Molleturo estaba
totalmente militarizado ese día para hacer aparecer como que el Presidente tuvo
un gran recibimiento y que todos están felices con el proyecto minero”.
Por el inquietante contenido de la referida Orden de
Servicio, las Defensoras de la Pachamama dirigieron el 2 de mayo un oficio al
Dr. Ramiro Rivadeneira Silva, Defensor del Pueblo de Ecuador, para expresarle
su más profunda preocupación “por la falta de garantías para el ejercicio de
fundamentales derechos reconocidos en la Constitución vigente como son: el
derecho a la resistencia, integridad personal, libertad de opinión, de
expresión, reunión, manifestación, participación, entre otros…” , si la policía
está desarrollando sus operativos de la misma manera en otros lugares del
país.
En esas circunstancias es claro para el
Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama que lo ocurrido el 20 de octubre
de 2015 en Molleturo es una muestra más de los niveles de intolerancia del
gobierno actual frente a las expresiones del descontento popular.
Por ello toma mayor relevancia la resolución
que emita la
Coordinación Zonal 6 de la Defensoría del Pueblo de Ecuador,
siendo la institución que, por mandato constitucional, tiene que proteger y
tutelar los derechos, además de que debería ser un ente activo en la protección
de las y los defensores de los Derechos Humanos y de la Naturaleza.
Es necesario que la resolución que adopte la
Defensoría del Pueblo en este caso, siente un precedente a favor de las y los
defensores de derechos y de la vigencia de la Democracia en el país, caso
contrario continuará reinando la prepotencia y el abuso de poder,
evidenciándose nuevamente que las y los defensores de los Derechos Humanos se
encuentran en total indefensión en Ecuador.
Comisión de Asuntos Jurídicos y
de Protección del Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama
¡POR
EL DERECHO A DEFENDER NUESTROS DERECHOS Y A LA MADRE TIERRA !
COMISION DE
COMUNICACIÓN DEL FRENTE DE MUJERES DEFENSORAS DE LA PACHAMAMA
“POR EL DERECHO A DEFENDER NUESTROS DERECHOS Y A
Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama
Dirección : Luis Cordero 7-23 y Presidente Córdova,
Edificio “Pumapungo”, Tercer Piso, Oficina D1
Teléfono: (593) 7 2 826 876
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Pachamama
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