jueves, 25 de julio de 2019

Solidaricémonos, como Santiago, repudiemos: "La violación sistemática de los derechos de Facundo, sólo por pertenecer a un pueblo originario y por ser portavoz de un movimiento social , ha sido permanente".


Naciones Unidas
Asamblea General
Consejo de Derechos Humanos

41° periodo de sesiones
24 de junio
12 de julio de 2019 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles,  políticos, económicos, sociales y culturales,  incluido el derecho al desarrollo 
Exposición escrita presentada por la Auspice Stella,  organización no gubernamental reconocida como entidad  consultiva especial
El Secretario General ha recibido la siguiente exposición por escrito que se  distribuye con arreglo a la resolución 1996/31 del Consejo Económico y Social. [ 10 de junio de 2019 ]


El Estado argentino  incumple con el derecho a la consulta y  participación con los pueblos indígenas 

El estado argentino y chileno coordinan tareas conjuntas para la persecución y  criminalización de los derechos culturales/ territoriales del pueblo mapuche, y para ello  avala el uso de prácticas ilegales de espionaje o vigilancia ilegal.  Existen indicios de que el pueblo Mapuche habita la Patagonia 2 desde hace 12.000 años,  territorio poblado por lof (com unidades) que ocupan, y que reivindican. Por los avatares de  los gobiernos coloniales, posteriormente con la conformación de los Estados modernos del  S. XIX, se realizó la división política, despojando de esos territorios al pueblo mapuche  tehuelche, para  ser proveídos a la población no indígena, principalmente de origen europeo.  Estas tierras del dominio de las naciones indígenas pasaron al dominio del Estado, bajo  prácticas de encierro (cárceles y museos), genocidas, de confinamiento, de exterminio y  colo nización. Se perpetuo un despojo territorial, que por el momento no ha tenido una  política apropiada de “memoria, verdad y justicia” que repare el “ genocidio estatal”  perpetuado por el estado argentino. El avance actual de las políticas de los gobiernos  neoliberales, promocionan y proyectan la  entrega de grandes concesiones de territorios indígenas, con el manejo de los recursos  naturales, dentro de la posesión y propiedad comunitaria indígena, sin llevar adelante  procesos de consulta y participación. El lo genera presentaciones judiciales, sin respuesta  adecuada, como es el caso de las 14 comunidades mapuche tehuelche de la Provincia de  Santa Cruz, que debieron llevar adelante un amparo judicial, por la concesión del estado  argentino, a una empresa de ori gen chino que construya una Represa sobre el Río Santa  Cruz, que inunda 150 km de territorio ancestral. Este proceso se lleva adelante sin consulta  previa, libre e informada, ni participación indígena, según lo establece el Convenio 169 de  la OIT sobre pue blos indígenas. A pesar de que el juez de la causa, ordenó procesos de  consulta y participación, las obras de la represa continúan, y las comunidades indígenas no  han tenido respuesta favorable a sus peticiones. Persecución política de autoridades y dir igentes Mapuche  El Lonko (autoridad  política )  FRANCISCO FACUNDO JONES HUALA del lof  (comunidad) de Cushamen, Puelmapu (Argentina) hoy se encuentra en la Cárcel de  Temuco, Chile, cumpliendo condena de 9 años, que por medio de pruebas obtenidas por  tarea s de espionaje ilegal, y aplicación de métodos de la Ley Antiterrorista, fue encontrado  culpable de un incendio en un fundo de Pisu Pisue, situado en Gulumapu (Chile). Estos  hechos datan de enero de 2013, en donde desde la Argentina se había trasladado a l a casa  de la Machi (autoridad espiritual) Millaray Huichalaf, que tambien fue condenada en  calidad de encubridora. Ambos fueron víctimas de espionaje ilegal y de vigilancia, y esas  observaciones obtenidas ilegalmente sirvieron de fundamento para su condena .  El Lonko Jones Huala fue sometido dos veces a un mismo juicio de extradición. Las  autoridades argentinas y chilenas, realizaron acuerdos diplomáticos para su extradición. Se  desconoció el levantamiento del pedido dde captura ordenado por un juez argenti no,  habiendo declarado nulo el primer juicio de extradición, por haber utilizado la tortura  contra un comunero mapuche, para dar con  su paradero. Jones Huala fue detenido el 27 de  junio de 2017, en un control rutero en el Puesto Villegas, por Gendarmería N acional, fuerza  federal, que se vincula y trabaja en forma conjunta, en el tema de la  persecución política del  pueblo mapuche, y que dichos contactos, surgen de las actuales investigaciones penales de  la causa “Operación Huracán”.    A/HRC/41/NGO/ 182 3 En la Argent ina, el Lonk o Jones Huala se encuentra procesado desde el año 2016, en la  jurisdicción provincial de Esquel, donde se le imputa en carácter de autor el delito de  “usurpación y abigeato agravado”. Para la detención del Lonko, desde el 2015, fue víctima  de espionaje ile gal, donde un agente de la AFI 3 siguió durante varios meses en Esquel,  provincia de Chubut, a miembros de la comunidad mapuche y de un movimiento contra la  minería, trabajó con dos agentes de policía y luego compartió  la información que había  recopilado co n los fiscales de la provincia de Chubut. El hecho de que se haya realizado  vulnerando a la comunidad, con motivos prohibidos por la ley (raza, ideología, pertenencia  a una organización social), y la voluntad de los agentes de policía y los funcionarios d el  sistema de justicia de aceptar el producto de la vigilancia, son elementos de gran  preocupación 4 . La Comité de Derechos Humanos, el 5 de setiembre de 2018, dictó una medida provisional  de no extraditar a Chile, y no se cumplió, porque el 11 de setiembre de 2018, fue  extraditado por el gobierno argentino hacia Chile, violando los derechos del Pacto  Internacional de Derechos Civiles y Políticos.  Desde que el Lonko  Jones Huala, fue extraditado a Chile, no tiene comunicación con su  abogada  defensora en la Argentina, a pesar de que tiene causas pendientes, la incidencia del  poder ejecutivo sobre el poder judicial, en perjuicio de las autoridades  y miembros del  pueblo mapuche,  criminalizando los derechos culturales/territoriales. El Lonko no ha te nido  las mínimas garantías ni reconocimiento de los derechos constitucionales: principio de  inocencia y principio de igualdad , el no reconocimiento de pertenencia al pueblo Mapuche,  no se respetaron sus pautas culturales en tanto el sistema judicial  y el régimen penitenciario argentino carecen de protocolos para presos indígenas. 

El Lonko Jones Huala, viene siendo sometido a un hostigamiento estatal, siendo el Poder  Judicial, el motor para criminalizar y judicializar derechos culturales, se ha suprimido su  libertad ambulatoria, a pesar de que la defensa técnica, ha solicitado en varias  oportunidades su revisión.  El  27 mayo de 2016 se produjo un allanamiento, que pretendió ocultar un desalojo forzoso  signado por represión, persecución y hostigamiento, donde fueron detenidos 8 miembros de  la comunidad Mapuche Lof Cushamen, ubicada a 100 kilómetros de Esquel, Vuelta del  Rio, provincia de Chubut. En ese operativo intervinieron la Policía de la Provincia de  Chubut,  – Infantería; el Grupo Especial de Operaciones Policiales de Chubut (GEOP), la  Brigada de Investigaciones; y como fuerza interjurisdiccional la Gendarmería Nacional.  Fue el esc enario previo a la que empezara intervenir las fuerzas federales dependientes del  Ministerio de Seguridad, a cargo de Patricia Bullrich, con quien se vinculó fuertemente con  el Ministro Aleuy de Chile, para que ambos paises, realizaran tareas de espionaje  ilegal  contra dirigentes mapuches ubicados en ambos estados.  

La detención fue a las 6:55 AM, ningún integrante del Lof (comunidad) presentó resistencia  y fueron llevados en vehículos no identificados como oficiales hasta la ciudad de Esquel,  una mujer que no fue aprehendida por personal femenino, un menor de edad, y otros  Mapuche, entre ellos Francisco Facundo Jones Huala. Los demás miembros de la  comunidad fueron obligados a permanecer fuera de las casas, a la intemperie durante 30  horas, con temperaturas bajo cero, entre ellos dos mujeres y 4 niños de muy corta edad, y  un bebé de 30 días, al que su madre debió cambiar pañales al aire libre. Quedaron bajo  custodia de Gendarmería Nacional; los gendarmes consumieron la leña de la comunidad y  no permitieron ingresar a las casas a las mujeres y los niños, que permanecieron a la  interperie una noche con 10 grados bajo cero.

Los gendarmes decían que cumplían órdenes,  recibían alimentos de su Fuerza y sacaron las puertas de madera de las casas para hacer  fuego. Esta comunidad desarrolla un proceso de recuperación de tierras ancestrales cerca de  la localidad de El Maiten, zona de Leleque, con un conflicto con la empresa Compañía de  Tierras del Sud Argentino, propiedad de la familia Benneton.

Claramente, la justificación  del operativo era la detención del Lonko Francisco Facundo Jones Huala y la  intimidación de las comunidades. El 3 de junio de 2019, la Fiscalía de la Provincia de  Chubut a cargo, paso a Archivo la causa por vejaciones y apremios ilegales. El Lonk o Jones Huala estuvo en prisión preventiva por 8 meses, en una cárcel de alta  seguridad en Valdivia, Chile, donde realizó una huelga de hambre solicitando ser  trasladado a otro penal con mejores condiciones y que se revisara la prisión preventiva  impuesta . Hoy se encuentra en la mencionada cárcel de Temuco de dicho país.

La  violación sistemática de sus derechos, sólo por pertenecer a un pueblo originario y por ser  portavoz de un movimiento social , ha sido permanente. 

Recomendaciones 

Poner fin a la persecución política de dirigentes y autoridades mapuches;  Fin a la tortura y sanción a las autoridades y policías que abusan de su poder;  Respeto al derecho a la consulta establecidos  en el Convenio 169 de la OIT; Respeto a las convencion es y pactos internacionales;  Respeto al debido proceso de los imputados.    





1
Documento escrito por señora Sonia Liliana Ivanoff (Asesoría legal)
2
La región patagónica ubicada en el extremo sur de América del Sur, es la zo
na geográfica que se ubica como territorio en la actualidad en dos Estados: chileno y arg


Fuente: https://www.mapuche-nation.org/esp/wp-content/uploads/sites/5/2019/07/41S-UNHRC-20190625.pdf

No hay comentarios:

Publicar un comentario