Naciones
Unidas
Asamblea General
Consejo de
Derechos Humanos
41° periodo de
sesiones
24 de junio
–
12 de
julio de 2019 Tema 3 de la agenda Promoción y protección
de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y
culturales, incluido el derecho al desarrollo
Exposición
escrita * presentada por la Auspice Stella ,
organización no gubernamental reconocida como entidad consultiva
especial
El
Secretario General ha recibido la siguiente exposición por escrito que se
distribuye con arreglo a la resolución 1996/31 del Consejo Económico y
Social. [ 10 de junio de 2019 ]
El Estado argentino incumple con el
derecho a la consulta y participación con los pueblos indígenas 1
El
estado argentino y chileno coordinan tareas conjuntas para la persecución y
criminalización de los derechos culturales/ territoriales del pueblo
mapuche, y para ello avala el uso de prácticas ilegales de espionaje o
vigilancia ilegal. Existen indicios de que el pueblo Mapuche habita la
Patagonia 2 desde hace 12.000 años, territorio poblado por lof
(com unidades) que ocupan, y que reivindican. Por los avatares de
los gobiernos coloniales, posteriormente con la conformación de los
Estados modernos del S. XIX, se realizó la división política, despojando
de esos territorios al pueblo mapuche tehuelche, para ser
proveídos a la población no indígena, principalmente de origen europeo.
Estas tierras del dominio de las naciones indígenas pasaron al dominio
del Estado, bajo prácticas de encierro (cárceles y museos), genocidas, de
confinamiento, de exterminio y colo nización. Se perpetuo un despojo
territorial, que por el momento no ha tenido una política apropiada de
“memoria, verdad y
justicia ” que repare el “ genocidio estatal”
perpetuado por el estado argentino. El avance actual de las
políticas de los gobiernos neoliberales, promocionan y proyectan la
entrega de grandes concesiones de territorios indígenas, con el manejo de
los recursos naturales, dentro de la posesión y propiedad comunitaria
indígena, sin llevar adelante procesos de consulta y participación.
El lo genera presentaciones judiciales, sin respuesta adecuada, como
es el caso de las 14 comunidades mapuche tehuelche de la Provincia de
Santa Cruz, que debieron llevar adelante un amparo judicial, por la
concesión del estado argentino, a una empresa de ori gen chino que
construya una Represa sobre el Río Santa Cruz, que inunda 150 km de territorio ancestral.
Este proceso se lleva adelante sin consulta previa, libre e informada, ni
participación indígena, según lo establece el Convenio 169 de la OIT
sobre pue blos indígenas. A pesar de que el juez de la causa, ordenó
procesos de consulta y participación, las obras de la represa continúan,
y las comunidades indígenas no han tenido respuesta favorable a sus
peticiones. Persecución política de autoridades y dir igentes Mapuche
El Lonko (autoridad política ) FRANCISCO FACUNDO JONES
HUALA del lof (comunidad) de Cushamen, Puelmapu (Argentina) hoy se
encuentra en la Cárcel de Temuco, Chile, cumpliendo condena de 9 años,
que por medio de pruebas obtenidas por tarea s de espionaje ilegal,
y aplicación de métodos de la Ley Antiterrorista , fue encontrado culpable
de un incendio en un fundo de Pisu Pisue, situado en Gulumapu (Chile). Estos
hechos datan de enero de 2013, en donde desde la Argentina se había
trasladado a l a casa de la Machi (autoridad espiritual) Millaray
Huichalaf, que tambien fue condenada en calidad de encubridora. Ambos
fueron víctimas de espionaje ilegal y de vigilancia, y esas observaciones
obtenidas ilegalmente sirvieron de fundamento para su condena . El
Lonko Jones Huala fue sometido dos veces a un mismo juicio de extradición. Las
autoridades argentinas y chilenas, realizaron acuerdos diplomáticos para
su extradición. Se desconoció el levantamiento del pedido dde captura
ordenado por un juez argenti no, habiendo declarado nulo el primer
juicio de extradición, por haber utilizado la tortura contra un comunero
mapuche, para dar con su paradero. Jones Huala fue detenido el 27 de
junio de 2017, en un control rutero en el Puesto Villegas, por
Gendarmería N acional, fuerza federal, que se vincula y trabaja en
forma conjunta, en el tema de la persecución política del
pueblo mapuche, y que dichos contactos, surgen de las actuales
investigaciones penales de la causa “Operación Huracán”.
A/HRC/41/NGO/ 182 3 En la Argent ina, el
Lonk o Jones Huala se encuentra procesado desde el año 2016, en la
jurisdicción provincial de Esquel, donde se le imputa en carácter de
autor el delito de “usurpación y abigeato agravado”. Para la detención
del Lonko, desde el 2015, fue víctima de espionaje ile gal, donde un
agente de la AFI 3 siguió durante varios meses en Esquel,
provincia de Chubut, a miembros de la comunidad mapuche y de un
movimiento contra la minería, trabajó con dos agentes de policía y luego
compartió la información que había recopilado co n los fiscales
de la provincia de Chubut. El hecho de que se haya realizado vulnerando a
la comunidad, con motivos prohibidos por la ley (raza, ideología, pertenencia
a una organización social), y la voluntad de los agentes de policía y los
funcionarios d el sistema de justicia de aceptar el producto de la
vigilancia, son elementos de gran preocupación 4 . La
Comité de Derechos Humanos, el 5 de setiembre de 2018, dictó una medida
provisional de no extraditar a Chile, y no se cumplió, porque el 11 de
setiembre de 2018, fue extraditado por el gobierno argentino hacia
Chile, violando los derechos del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos. Desde que el Lonko Jones Huala, fue extraditado a
Chile, no tiene comunicación con su abogada defensora en la
Argentina, a pesar de que tiene causas pendientes, la incidencia del
poder ejecutivo sobre el poder judicial, en perjuicio de las autoridades
y miembros del pueblo mapuche, criminalizando los derechos
culturales/territoriales. El Lonko no ha te nido las mínimas
garantías ni reconocimiento de los derechos constitucionales: principio de
inocencia y principio de igualdad , el no reconocimiento de
pertenencia al pueblo Mapuche, no se respetaron sus pautas culturales en
tanto el sistema judicial y el régimen penitenciario argentino carecen de protocolos para presos indígenas.
El Lonko Jones Huala, viene siendo sometido a un
hostigamiento estatal, siendo el Poder Judicial, el motor para
criminalizar y judicializar derechos culturales, se ha suprimido su
libertad ambulatoria, a pesar de que la defensa técnica, ha
solicitado en varias oportunidades su revisión. El 27 mayo de
2016 se produjo un allanamiento, que pretendió ocultar un desalojo forzoso
signado por represión, persecución y hostigamiento, donde fueron detenidos
8 miembros de la
comunidad Mapuche Lof Cushamen, ubicada a 100 kilómetros de
Esquel, Vuelta del Rio, provincia de Chubut. En ese operativo
intervinieron la Policía de la Provincia de Chubut,
– Infantería; el Grupo Especial de Operaciones Policiales de Chubut
(GEOP), la Brigada
de Investigaciones; y como fuerza interjurisdiccional la Gendarmería Nacional.
Fue el esc enario previo a la que empezara intervenir las fuerzas
federales dependientes del Ministerio de Seguridad, a cargo de Patricia
Bullrich, con quien se vinculó fuertemente con el Ministro Aleuy de
Chile, para que ambos paises, realizaran tareas de espionaje ilegal
contra dirigentes mapuches ubicados en ambos estados.
La
detención fue a las 6:55 AM, ningún integrante del Lof (comunidad) presentó
resistencia y fueron llevados en vehículos no identificados como
oficiales hasta la ciudad de Esquel, una mujer que no fue
aprehendida por personal femenino, un menor de edad, y otros Mapuche,
entre ellos Francisco Facundo Jones
Huala. Los demás miembros de la comunidad fueron obligados a permanecer
fuera de las casas, a la intemperie durante 30 horas, con
temperaturas bajo cero, entre ellos dos mujeres y 4 niños de muy corta
edad, y un bebé de 30 días, al que su madre debió cambiar pañales al aire
libre. Quedaron bajo custodia de Gendarmería Nacional; los gendarmes
consumieron la leña de la comunidad y no permitieron ingresar a las casas
a las mujeres y los niños, que permanecieron a la interperie una noche
con 10 grados bajo cero.
Los
gendarmes decían que cumplían órdenes, recibían alimentos de su Fuerza y
sacaron las puertas de madera de las casas para hacer fuego. Esta
comunidad desarrolla un proceso de recuperación de tierras ancestrales cerca de
la localidad de El Maiten, zona de Leleque, con un conflicto con la empresa Compañía
de Tierras del Sud Argentino, propiedad de la familia Benneton.
Claramente, la justificación del operativo era la detención
del Lonko Francisco Facundo Jones
Huala y la intimidación de las comunidades. El 3 de junio de 2019, la Fiscalía de la
Provincia de Chubut a cargo, paso a Archivo la causa por vejaciones y
apremios ilegales. El Lonk o Jones Huala estuvo en prisión preventiva
por 8 meses, en una cárcel de alta seguridad en Valdivia, Chile, donde
realizó una huelga de hambre solicitando ser trasladado a otro penal con
mejores condiciones y que se revisara la prisión preventiva impuesta .
Hoy se encuentra en la mencionada cárcel de Temuco de dicho país.
La violación sistemática de sus derechos, sólo
por pertenecer a un pueblo originario y por ser portavoz de un
movimiento social , ha sido permanente.
Recomendaciones
Poner
fin a la persecución política de dirigentes y autoridades mapuches; Fin a
la tortura y sanción a las autoridades y policías que abusan de su poder;
Respeto al derecho a la consulta establecidos en el Convenio 169 de
la OIT; Respeto a las convencion es y pactos internacionales;
Respeto al debido proceso de los imputados.
1
Documento escrito por señora Sonia Liliana Ivanoff (Asesoría legal)
2
La región patagónica ubicada en el extremo sur de América del Sur, es la
zo
na geográfica que se ubica como territorio en la actualidad en dos
Estados: chileno y arg
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