[RNMA.difusión]
Una reforma que violenta
los derechos ambientales
(Entrevista de Enredando las mañanas)
20
de julio de 2019
Ante la posibilidad de avanzar en una
reforma del Código Penal desde Enredando
las Mañanas entrevistamos al fiscal federal Gustavo
Gómez. Uno de los temas que está generando polémicas tiene que ver con la
incorporación de la figura de “delitos ambientales.”
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El fiscal federal Antonio Gómez, quien
actualmente se desempeña en la provincia de Tucumán pero que ejerció en ámbitos
judiciales de Chubut, es uno de los actores que ha levantado su voz para evitar
que este punto en especial de la reforma sea llevado adelante.
¿Por qué desde la defensa del
ambiente nos oponemos a la reforma del Código Penal?
En primer lugar, señala el Fiscal
Gómez, “el anteproyecto de
reforma del Código Penal crea un capítulo de delitos ambientales … pero lo
primero que pone en función dicho capítulo es derogar la ley actual de residuos
peligrosos (Nro. 24051). Si se deroga esa ley lo primero que ocurre es que
todas las causas penales que se iniciaron por delitos ambientales, se archivan … van a parar al tacho de basura”.
Un centenar de causas judiciales por
delitos ambientales podrían quedar sin efecto en caso de que avance, tal como
está redactado y presentado el anteproyecto en la cámara alta. Además, denuncia
el entrevistado, “que esta derogación
afecta, incluso, los expedientes que ya fueron juzgados. Todas estas normas que
se derogan tienen un efecto retroactivo, no solamente es para lo que está en
tránsito en este momento sino todo aquello que ya tiene sentencia.”
Hay un espectro de causas ambientales
distribuidas por todo el país que silenciosamente están avanzando gracias al
impulso de organizaciones sociales, activistas y comunicadorxs populares, a
pesar del silencio de los grandes medios de comunicación. De llevarse a cabo la
reforma todas las causas quedarán archivadas, dando un marco de impunidad a las
empresas contaminantes.
La necesidad de probar que me
están matando.
Otro punto grave que violenta los
derechos a la salud y al ambiente es que el proyecto presentado por el Poder
Ejecutivo exige, expresamente, que para que haya un delito ambiental tiene que haber
un daño grave. O sea, reemplaza el delito ambiental de peligro por el delito
ambiental de resultado.
Es decir, “en la actual ley se configura el delito
ambiental de peligro. Significa que yo no tengo que salir a buscar alguien
contaminado o si una planta se murió porque se contaminó o un animal se enfermó
por el agua que tomó o algo por el estilo. En la actual ley dice que los
delitos de contaminación son los delitos que pongan en peligro el ambiente. Un
delito de peligro sería una acción que ponga en peligro el ambiente. El
proyecto de modificación del Código Penal impone los delitos ambientales como
delitos de resultados. Exige que para que haya un delito ambiental tiene que
haber un daño grave. Y además exige que se viole alguna ley o algún reglamento.
Pone dos requisitos que actualmente no tenemos. Uno es daño grave, lo cual es
perverso, porque yo tengo que pensar que alguien se muera para saber que un
agrotóxico es el que causó la muerte de la persona. Y el otro
requisito es que se tiene que violar alguna norma”, señalo el fiscal Gómez.
Podemos señalar que este proyecto de
reforma del Código Penal trae una complejidad de situaciones; nos hace es
retroceder varias decenas de años en legislaciones y derechos adquiridos. De
todas formas, ante el año electoral las posibilidades que se apruebe son casi
nulas. En el marco de las elecciones presidenciales nadie se quiere echar
encima las modificaciones. Según el entrevistado, esta situación “nos va a dar tiempo para informar a la
población, comunicarnos con redes, dar información a los medios, etc.”
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