Los peligros de la
“flexiseguridad”:
crónica de un desastre anunciado
17 de
junio de 2017
Hace ya varias décadas que las normas que regulan
las relaciones de trabajo remunerado, el Derecho del Trabajo, están sufriendo
una profunda mutación genética y no precisamente hacia una mejora de las
condiciones de vida de las mayorías sociales. El discurso bajo el cual se ha
camuflado la destrucción de los derechos
laborales tiene un nombre: flexiseguridad.
Por Adoración Guamán
Esta mutación hacia la
precariedad ha sido especialmente acusada en los últimos años y se ha producido
en particular en los países europeos caracterizados por tener normas laborales
orientadas a proteger a la clase trabajadora y a garantizar los derechos
colectivos de las organizaciones de los trabajadores y trabajadoras. Con el
objetivo de destruir esta voluntad protectora, y en un caldo de cultivo
perfecto (el desempleo masivo y las recurrentes crisis económicas) en los
países de la Europa del antiguo estado del bienestar, se ha promovido el
discurso suicida de que la reducción de los derechos de las y los asalariados
es el único medio para alcanzar un mayor nivel de bienestar económico. El
derecho del trabajo sería, según el discurso proveniente de los sectores
empresariales y de las instituciones financieras, el culpable de la elevada
tasa de destrucción del empleo. Las normas laborales son, en opinión de estos
sectores económicos, anticuadas y rígidas, un obstáculo para las “exigencias de
flexibilidad de las empresas”.
Flexibilidad, he ahí la gran palabra de moda
entre las organizaciones empresariales que exigen que el trabajador se
convierta en una mercancía flexible, adaptable a las exigencias del infalible
mercado, que todo lo puede. Se exige que sean las y los trabajadores quienes
carguen con los riesgos económicos que asume el empresario en el mercado y para
ello pretenden que la empresa pueda desprenderse de la fuerza del trabajo como
quien se deshace del mobiliario que ya no le sirve.
Este discurso se
instaló con rapidez en las agendas políticas estatales con el auspicio
fundamental de las instituciones de la Unión Europea. Evidentemente , fue necesario
maquillar el término flexibilidad y para ello se inventaron un nuevo círculo
virtuoso: la flexiseguridad.
En apariencia, este concepto contenía la voluntad de crear un
equilibrio en el mercado de trabajo para conseguir una combinación entre las
medidas flexibilizadoras y aquellas orientadas a dar seguridad a los
trabajadores, no en el puesto de trabajo sino en el empleo. Los documentos
relativos a la política de empleo europea pronto integrarían este discurso, que
justifica la flexibilización del mercado de trabajo a cambio de estrategias que
protejan al trabajador en las transiciones entre distintos empleos y no en el
puesto de trabajo. Sin embargo, más allá de las declaraciones de intenciones,
lo cierto, y así lo demuestran las reformas laborales realizadas en Europa bajo
el signo de la flexiseguridad, es que este término es fundamentalmente una cara
“amable” de la flexibilidad, y que su utilización por la Comisión Europea
y por los gobiernos de numerosos Estados miembros (en especial el español) se
vincula fundamentalmente con la precarización, es decir, con la reducción de
los derechos de las personas que trabajan y de las organizaciones que las
representan, con la conversión de la fuerza de trabajo convirtiéndola en una
mercancía.
Esta percepción se consolida al analizar la
recepción del concepto en la normativa española, mediante las grandes reformas
laborales realizadas entre el 2010 y el 2014, muchas de las cuales ya
utilizaron expresamente como eje central el término flexiseguridad. Esta
palabra se constituía como concepto guía de las modificaciones normativas
orientadas a aumentar la triple vía de la flexibilidad: precarización en la
entrada (contratos laborales temporales, de muy corta duración y con figuras
atípicas como un periodo de prueba de un año); precarización en las condiciones
de trabajo (posibilidad del empresario de reducir salarios y modificar las
condiciones de trabajo con facilidad) y precarización en la salida, es decir,
despido libre con indemnización reducida y sin visto bueno. De manera paralela,
se quebró la columna vertebral de los sindicatos, al destrozar la estructura de
la negociación colectiva y priorizar el ámbito de la empresa frente al ámbito
del sector para la negociación de los convenios y de los salarios. Esto ha
provocado una devaluación generalizada de los salarios en España.
Ahora sí se ha conseguido lo que querían, no
sólo han flexibilizado el trabajo, han flexibilizado la vida. La cuestión de la
seguridad se quedó por el camino. La flexiseguridad a la española se ha
convertido así en un claro ejemplo de “flexi-inseguridad”.
¿Cuáles han sido los
resultados de este experimento de la flexi-inseguridad instaurado en España con
las reformas realizadas entre el 2010 y el 2014? Para comenzar es necesario
recordar que desde inicios de 2008 hasta el final del año 2013 hubo en España
una destrucción neta de casi 3 millones setecientos mil empleos, lo que
representa un 17,8% del empleo total del país. El desempleo aumentó hasta casi
el 27% de la fuerza de trabajo y entre las y los jóvenes hasta el 57%. Quedó
así demostrado que la economía española es, dentro de la UE, la que más empleo
crea en las expansiones económicas y la que más empleo destruye en las
recesiones, por eso sorprende que alguien pueda decir que el mercado español es
rígido, cuando en realidad es todo lo contrario.
Pero las políticas de
precarización (flexibilización) fueron “efectivas” al menos para los objetivos
de un gobierno preocupado únicamente por maquillar las cifras del desempleo.
Desde 2014 se viene incrementando el volumen de ocupados en España, el
desempleo ha pasado del ya mencionado 27% a un 18,75%. Las razones de este
crecimiento tienen que ver mayoritariamente con factores externos como la
recuperación económica europea que tira de la demanda española, y la bajada del
precio del petróleo, pero también, desde luego, la devaluación salarial y la
precarización provocada por las reformas normativas “flexibilizadoras”, que han
reducido drásticamente la calidad del empleo y han dado forma a este
crecimiento de la ocupación en España.
¿Merece la pena sacrificar los derechos a un
trabajo digno y estable, a un salario adecuado, a cambio de la creación de
puestos de trabajo precarios? La respuesta es NO, la precarización es un fenómeno que se enraíza
en la fuerza de trabajo, que la corroe, que impide la evolución profesional de
las y los jóvenes, su emancipación, la dignidad de la vida de las familias y
que provoca pobreza, desmotivación, desilusión, y que acaba con generaciones
enteras que emigran o desafectan de un sistema que les recorta los derechos por
los que lucharon generaciones enteras.
Lo ocurrido en España demuestra que tras los
discursos y los términos en apariencia amables se esconden dinámicas de
destrucción de derechos que son diametralmente opuestas al buen vivir y a los
derechos reconocidos en la Constitución ecuatoriana de 2008, donde se reconoce
con claridad el derecho a un trabajo digno y estable y la prohibición de
aplicar políticas recesivas de los derechos laborales. La experiencia
comparada, no solo española, también la italiana, portuguesa, griega o francesa
nos demuestra que el camino no pasa por una receta mágica fallida, la
“flexiseguridad”, sino por políticas que apuntalen el buen vivir y el trabajo
digno.
Adoración Guamán,
profesora de derecho del trabajo. Universidad de Valencia.
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