Acción Ecológica -
Serie "Respuestas a fondo":
DOS.
¿Qué se oculta detrás del ingreso de semillas
y cultivos
transgénicos con fines de investigación?
10 de agosto de 2017
El 1 de junio de 2017 la Asamblea Nacional
aprobó la Ley Orgánica
de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable ,
incluyendo en el artículo 56 la posibilidad de ingreso de semillas y cultivos
transgénicos a nuestro país con fines de investigación científica.
ACCIÓN ECOLÓGICA
OPINA: Serie "Respuestas a fondo"
Esto significa un
grave riesgo ambiental porque nada impedirá que a través del viento, insectos y
otros polinizadores se mancillen variedades no transgénicas, se afecte a
poblaciones de organismos benéficos, o que los residuos vegetales contaminen el
suelo e interfieran en el ciclo de nutrientes.
Con estas razones,
varias organizaciones han presentado acciones legales contra esta norma
contraria a la Constitución de Montecristi, que no sólo declaró al Ecuador
libre de semillas y cultivos transgénicos (art. 401), sino que además establece
varias prohibiciones: - a la introducción de organismos y material orgánico e
inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético
nacional (Art. 73); -al desarrollo, producción, tenencia, comercialización,
importación, transporte, almacenamiento y uso (…) de tecnologías (…) experimentales
nocivos y organismos genéticamente modificados perjudiciales… los ecosistemas
(Art. 15); - a la aplicación de biotecnologías riesgosas o experimentales (Art.
401).
Otra estrategia fue el
monitoreo a la presencia de cultivos transgénicos llevado a cabo por varias
organizaciones de la sociedad civil, como la Federación de Centros Agrícolas y
Organizaciones Campesinas del Litoral (FECAOL) que encontró la presencia de
soya transgénica en varios sitios de la provincia de Los Ríos (1). Esto dio
lugar a que se presente una Acción de Protección que hace referencia a la
omisión evidente del poder público (identificado en el Ministerio del Ambiente,
por responsabilidad constitucional y legal), por la falta de control para
impedir la introducción de organismos genéticamente modificados (transgénicos).
Sin embargo, esta acción fue desestimada por la Jueza de Familia, Mujer, Niñez
y Adolescencia de Guayaquil.
Una de las
preocupaciones de la FECAOL fue que la soya detectada en campos agrícolas de
Los Ríos es resistente al herbicida glifosato (Soya Roundup Ready) por lo que
los campesinos están obligados a la aplicación solo del mencionado herbicida,
mismo que ha sido categorizado por el Instituto de Investigaciones del Cáncer
de la OMS (IARC) como agente carcinogénico probable para seres humanos, luego de una evaluación de con
base en las evidencias científicas más recientes sobre el tema.
VIOLACIÓN DE LOS
DERECHOS DE LA
NATURALEZA Y AMBIENTALES
La Constitución y
acuerdos internacionales de derechos humanos reconocen el derecho a un ambiente
sano y libre de contaminación. La Constitución reconoce además derechos a la naturaleza. La
experimentación con semillas y cultivos transgénicos viola los derechos de la
naturaleza, en la medida en que promueve un modelo que afecta su capacidad de
regeneración.
El 88% de los
transgénicos son resistentes a un herbicida (especialmente al glifosato), lo
que facilita la erradicación de malezas a través de fumigaciones aéreas. Esto
ha permitido una gran expansión de estos cultivos en la naturaleza,
contaminando suelos, aguas y el aire, ocupando espacios boscosos y otros
ecosistemas naturales, impidiendo que estos ecosistemas puedan regenerarse.
Otros cultivos
transgénicos -conocidos como cultivos Bt- producen sus propios insecticidas.
Estos cultivos también afectan negativamente: por ejemplo, impiden la
colonización de hongos micorrizas, fundamentales en el ciclo de nutrientes;
impactan especialmente a las poblaciones de insectos; provocan daños a la salud
de los trabajadores agrícolas y otros involucrados en la cadena productiva como
procesadores de alimentos, trabajadores portuarios, etc.; y pueden
bioacumularse y pasar a las redes tróficas superiores.
La bibliografía que da
cuenta de los efectos negativos de los cultivos transgénicos en el ambiente, la
naturaleza y la sociedad, año a año aumentan exponencialmente en las revistas
científicas de alto impacto. Y cabe decir además que los transgénicos no tienen
mejores rendimientos que los cultivos convencionales ni disminuyen el uso de plaguicidas.
NUESTRAS DEMANDAS AL
MINISTERIO DEL AMBIENTE
1. Tomar todas las
medidas administrativas, técnicas y legales para que se mantenga al Ecuador
libre de cultivos y semillas transgénicas
2. Iniciar una
investigación sobre la introducción de soya transgénica en la provincia de Los
Ríos, con la participación de los actores sociales relevantes, y tomar las
medidas correctivas correspondientes para mantener la condición de país libre
de transgénicos.
3. Implementar un
sistema de monitoreo constante a la introducción de nuevos cultivos
transgénicos en el país, con la participación de los actores sociales
relevantes, y en coordinación con otras instancias del Estado que tengan
competencia con los organismos genéticamente modificados (como son el Ministerio
de Agricultura y Ganadería y el Ministerio de Salud)
4. El marco Nacional
de Bioseguridad desarrollado por el Ministerio del Ambiente debe ajustarse
plenamente a lo dispuesto en la Constitución, de tal manera que se asegure su
condición de país libre de transgénicos.
5. Desarrollar un
sistema de responsabilidad civil y de reparación frente a posibles nuevos
ingresos de cultivos transgénicos en el país.
ACCIÓN ECOLÓGICA
Más información: ebravo@rallt.org
NOTAS:
(1) La metodología y
resultados están publicados en la Revista CienciaAmerica
Vol 5: 75-82, disponibleaquí
(pdf)
(2) ARC Monographs. No.
112- Glyphosate. pp. 92, disponible aquí
(pdf)
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