Pedido de organizaciones al Gobierno argentino de introducción
de plaguicidas extremadamente peligrosos al Convenio de Rotterdam
20
de abril de 2017
"Las decisiones que los países tomen respecto a los productos enlistados deben estar sujetos a un debate público y respecto a los plaguicidas nominados realizar un diálogo con organizaciones campesinas, organismos de investigación y extensión agrícola, incluidos aquellas que han encontrado alternativas agroecológicas u orgánicas para su sustitución, así como de grupos no gubernamentales de defensa del interés público."
14 de abril de Abril de 2017
Sr. Ministro de Salud: Dr. Jorge Lemus
Sr. Jefe de Gabinete:
Dr. Marcos Peña
Sr. Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable: Rabino Sergio
Bergman
Sra. Ministra de Relaciones Exteriores: Canciller Susana Malcorra
Las organizaciones firmantes le pedimos respetuosamente que el
Gobierno de Argentina se pronuncie a favor de los 4 plaguicidas nominados por
el Comité de Examen de Sustancias para su ingreso al Anexo III del Convenio de
Rotterdam, al igual que del asbesto crisotilo y de las parafinas cloradas de
cadena corta; así como de la propuesta de enmienda del convenio en la reunión a
celebrarse el próximo 24 de abril al 5 de mayo en Ginebra, Suiza. Este apoyo
demostraría el compromiso político del país para lograr el objetivo del
convenio, que es “promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos
conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos
productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio
ambiente.” (Art 1, Objetivo).
Los plaguicidas nominados son: a) el insecticida fenthion, en su
formulación de ultrabajo volumen de ó encima de 640 g de ingrediente activo
por litro; b) el insecticida triclorfón; c) la formulación del herbicida dicloruro
de paraquat a ó arriba de 276g/l, en concentrado soluble o emulsionable; c) el
insecticida carbofurán; d) el insecticida carbosulfán.
Todas estas seis nominaciones han cumplido con los requerimientos
que establece el Art, 6 del Convenio relativos a las formulaciones de
plaguicidas extremadamente peligrosas; y el Art. 7 de la preparación de un proyecto
de orientación para la adopción de decisiones sobre cada producto, preparado
por el Comité de Examen de Productos Químicos. Este Comité está compuesto por
expertos de las diversas regiones de las Naciones Unidas incluidos
representantes de América Latina y el Caribe.
Las nominaciones señaladas pasarán a enlistarse en el Anexo III de
los productos químicos sujetos al procedimiento de consentimiento fundamentado
previo (PIC), que no es una prohibición, sino que permite que el gobierno
ejerza su derecho a saber sobre lo que entra a su frontera, y permite que los
países de manera soberana, realicen la mejor decisión que les convenga. El PIC es un procedimiento por el cual
los países exportadores se obligan a notificar a los países importadores los
productos enlistados en el Anexo III. En todo caso pensamos que las decisiones
que los países tomen respecto a los productos enlistados deben estar sujetos a
un debate público y respecto a los plaguicidas nominados realizar un diálogo
con organizaciones campesinas, organismos de investigación y extensión
agrícola, incluidos aquellas que han encontrado alternativas agroecológicas u
orgánicas para su sustitución, así como de grupos no gubernamentales de defensa
del interés público.
Sabemos que la industria química de plaguicidas en la región ha
realizado una labor de cabildeo y de desorientación para meter el miedo y
bloquear el objetivo de este Convenio. Llamamos a no ceder a esta presión y a
sumarse a este esfuerzo internacional de responsabilidad compartida en el
comercio internacional para proteger la salud y el ambiente.
De igual manera, pedimos que el gobierno apoye la enmienda
propuesta por 14 países africanos para modificar el art. 16 sobre asistencia
técnica y el art. 22 sobre aprobación y enmienda de anexos, del Convenio de
Rotterdam como base de la negociación en la próxima conferencia de la Partes en
Ginebra. Esta propuesta tiene la intención que los países en desarrollo puedan
recibir apoyo para el desarrollo de capacidades y que el enlistado en el
mecanismo PIC no requiere el consenso, dado que es solo un mecanismo de
intercambio de información. De este modo se podría romper el bloqueo que unos
cuantos países han tenido para la nominación del asbesto crisotilo, y del
herbicida dicloruro de paraquat.
A su vez volvemos
a recordar la existencia de tecnologías agroecológicas al uso de plaguicidas
basadas en el conocimiento local y científico, no contaminantes y que buscan
recrear agroecosistemas sustentables, viables y resilientes
Atentamente,
Javier Souza Casadinho, Red de acción en
plaguicidas y sus Alternativas de América Latina/IPEN
Graciela Cousinet, Diputada Nacional Bloque
Libres del Sur
Ing. Edgardo A.
Musumeci, Lic. Silvana Buján, Organización BIOS Mar del Plata Buenos Aires
Claudia Martinez, Sebastián Pineta, BEPE
Bienaventurados los Pobres Catamarca
Margot Goycochea, Foro Ambiental de Los
Toldos
Claudia Nigro, Cátedra Libre de fauna
silvestre de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad Nacional
de Rosario
Alejandra Gómez, Red de salud popular
"Dr. Ramón Carrillo"
Graciela Gasperi, INCUPO Instituto de Cultura
Popular Reconquista Chaco
Carlos Vicente, Acción por la Biodiversidad
Silvia Alonso, Red Argentina de Ambiente y
Desarrollo
Sergio Rinaldi, Taller de Comunicación
Ambiental
Asociación Civil Árbol de Pie, Bariloche .
Movimiento Campesino de Liberación
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