viernes, 21 de abril de 2017

V. Valoremos distintas luchas que convergen en rumbos emancipatorios por denunciar e instalar las posibilidades de cambios radicales.

Pedido de organizaciones al Gobierno argentino de introducción de plaguicidas extremadamente peligrosos al Convenio de Rotterdam

20 de abril de 2017

"Las decisiones que los países tomen respecto a los productos enlistados deben estar sujetos a un debate público y respecto a los plaguicidas nominados realizar un diálogo con organizaciones campesinas, organismos de investigación y extensión agrícola, incluidos aquellas que han encontrado alternativas agroecológicas u orgánicas para su sustitución, así como de grupos no gubernamentales de defensa del interés público."
14 de abril de Abril de 2017
Sr. Ministro de Salud: Dr. Jorge Lemus
Sr. Jefe de Gabinete: Dr. Marcos Peña
Sr. Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable: Rabino Sergio Bergman
Sra. Ministra de Relaciones Exteriores: Canciller Susana Malcorra
Las organizaciones firmantes le pedimos respetuosamente que el Gobierno de Argentina se pronuncie a favor de los 4 plaguicidas nominados por el Comité de Examen de Sustancias para su ingreso al Anexo III del Convenio de Rotterdam, al igual que del asbesto crisotilo y de las parafinas cloradas de cadena corta; así como de la propuesta de enmienda del convenio en la reunión a celebrarse el próximo 24 de abril al 5 de mayo en Ginebra, Suiza. Este apoyo demostraría el compromiso político del país para lograr el objetivo del convenio, que es “promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente.” (Art 1, Objetivo).
Los plaguicidas nominados son: a) el insecticida fenthion, en su formulación de ultrabajo volumen de ó encima de 640 g de ingrediente activo por litro; b) el insecticida triclorfón; c) la formulación del herbicida dicloruro de paraquat a ó arriba de 276g/l, en concentrado soluble o emulsionable; c) el insecticida carbofurán; d) el insecticida carbosulfán.
Todas estas seis nominaciones han cumplido con los requerimientos que establece el Art, 6 del Convenio relativos a las formulaciones de plaguicidas extremadamente peligrosas; y el Art. 7 de la preparación de un proyecto de orientación para la adopción de decisiones sobre cada producto, preparado por el Comité de Examen de Productos Químicos. Este Comité está compuesto por expertos de las diversas regiones de las Naciones Unidas incluidos representantes de América Latina y el Caribe.
Las nominaciones señaladas pasarán a enlistarse en el Anexo III de los productos químicos sujetos al procedimiento de consentimiento fundamentado previo (PIC), que no es una prohibición, sino que permite que el gobierno ejerza su derecho a saber sobre lo que entra a su frontera, y permite que los países de manera soberana, realicen la mejor decisión que les convenga. El PIC es un procedimiento por el cual los países exportadores se obligan a notificar a los países importadores los productos enlistados en el Anexo III. En todo caso pensamos que las decisiones que los países tomen respecto a los productos enlistados deben estar sujetos a un debate público y respecto a los plaguicidas nominados realizar un diálogo con organizaciones campesinas, organismos de investigación y extensión agrícola, incluidos aquellas que han encontrado alternativas agroecológicas u orgánicas para su sustitución, así como de grupos no gubernamentales de defensa del interés público.
Sabemos que la industria química de plaguicidas en la región ha realizado una labor de cabildeo y de desorientación para meter el miedo y bloquear el objetivo de este Convenio. Llamamos a no ceder a esta presión y a sumarse a este esfuerzo internacional de responsabilidad compartida en el comercio internacional para proteger la salud y el ambiente.
De igual manera, pedimos que el gobierno apoye la enmienda propuesta por 14 países africanos para modificar el art. 16 sobre asistencia técnica y el art. 22 sobre aprobación y enmienda de anexos, del Convenio de Rotterdam como base de la negociación en la próxima conferencia de la Partes en Ginebra. Esta propuesta tiene la intención que los países en desarrollo puedan recibir apoyo para el desarrollo de capacidades y que el enlistado en el mecanismo PIC no requiere el consenso, dado que es solo un mecanismo de intercambio de información. De este modo se podría romper el bloqueo que unos cuantos países han tenido para la nominación del asbesto crisotilo, y del herbicida dicloruro de paraquat.
A su vez volvemos a recordar la existencia de tecnologías agroecológicas al uso de plaguicidas basadas en el conocimiento local y científico, no contaminantes y que buscan recrear agroecosistemas sustentables, viables y resilientes
Atentamente,
Javier Souza Casadinho, Red de acción en plaguicidas y sus Alternativas de América Latina/IPEN
Graciela Cousinet, Diputada Nacional Bloque Libres del Sur
Ing. Edgardo A. Musumeci, Lic. Silvana Buján, Organización BIOS Mar del Plata Buenos Aires
Claudia Martinez, Sebastián Pineta, BEPE Bienaventurados los Pobres Catamarca
Margot Goycochea, Foro Ambiental de Los Toldos
Claudia Nigro, Cátedra Libre de fauna silvestre de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad Nacional de Rosario
Alejandra Gómez, Red de salud popular "Dr. Ramón Carrillo"
Graciela Gasperi, INCUPO Instituto de Cultura Popular Reconquista Chaco
Carlos Vicente, Acción por la Biodiversidad
Silvia Alonso, Red Argentina de Ambiente y Desarrollo
Sergio Rinaldi, Taller de Comunicación Ambiental
Asociación Civil Árbol de Pie, Bariloche.
Movimiento Campesino de Liberación

Fuente: http://www.biodiversidadla.org/Principal/Secciones/Documentos/Pedido_de_organizaciones_al_Gobierno_argentino_de_introduccion_de_plaguicidas_extremadamente_peligrosos_al_Convenio_de_Rotterdam

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