Monsanto
declarado culpable por daños a la salud, el ambiente y la libertad científica
19 de abril de 2017
19 de abril de 2017
Un Tribunal Internacional, conformado
por cinco reconocidos jueces, avaló ayer en La Haya mediante una resolución no
vinculante las denuncias que desde hace años sostienen especialistas y
movimientos sociales contra la compañía y pidió que se reconozca el crimen de
ecocidio.
Por Lucía Maina
Waisman para La tinta
El Tribunal Internacional a Monsanto dio a conocer este martes en La Haya
sus conclusiones en base a un proceso inédito que incluyó la participación de
un millar de organizaciones y treinta testigos de distintos países. La
sentencia, que en este caso consiste en una opinión consultiva ya que no es
vinculante jurídicamente, determinó que la compañía ha cometido delitos que
vulneran el derecho a un ambiente sano, a la salud, la alimentación y a la
libre información e investigación científica. En ese marco, se declaró que la
empresa, actual propiedad de Bayer, ha cometido el crimen de ecocidio, figura
que el tribunal solicita incorporar a los delitos contemplados por la Corte Penal Internacional
de La Haya.
Este Tribunal de Opinión fue convocado por la
sociedad civil y se encuentra presidido por la belga Françoise Tulkens
(ex jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos) junto a jueces y juezas de
Canadá, Senegal, Bélgica, México y Argentina, países que a su vez mantienen
conflictos con la
multinacional. Los mismos debatieron un análisis legal de
actividades realizadas por la empresa y las consecuencias de sus productos en
base tanto “a la ley ambiental existente como a una ley prospectiva para
mejorar la legislación internacional de derechos humanos y ambiental”, tal como
señala el documento que dieron a conocer ayer.
El estudio de las consecuencias e implicancias legales del
accionar de Monsanto se centró en los numerosas pruebas y testimonios de
médicos, investigadores y víctimas que se presentaron en audiencias realizadas
en octubre pasado en la ciudad holandesa.
El médico Damián
Verzeñassi, docente de la Facultad de Ciencias Médicas de Rosario y organizador
de los campamentos sanitarios que relevan poblaciones afectadas por
fumigaciones, fue el único testigo argentino que participó en las audiencias
del tribunal. “Ahora tenemos un documento jurídico de sustento internacional
que dice que los pueblos y movimientos sociales no estaban equivocados cuando
reclamaban estas cosas y que lo que planteábamos los trabajadores de salud y
educación sobre lo que está pasando no eran mensajes alarmistas como decían”,
dijo después de conocer la opinión del tribunal, que se trasmitió en vivo en el
Senado de la Nación.
A su vez, destacó que
esta instancia reafirma la necesidad de que estas corporaciones puedan ser
condenadas por el delito de ecocidio y también “para que los responsables de la
política sepan que no falta mucho para que tengan que ir a rendir cuentas no
solo ante las urnas cada cuatro años sino ante la Justicia”.
Derechos vulnerados
Teniendo en cuenta los
impactos que distintas prácticas de Monsanto han generado en la salud humana,
suelos, plantas, animales y biodiversidad, así como sus consecuencias en
comunidades indígenas y pueblos de diversos países, el Tribunal concluyó que la
empresa “han impactado de forma negativa en el derecho a un medio ambiente sano “,
que tal como destaca el mismo jurado es un derecho reconocido por la
legislación internacional y condición previa para disfrutar de los derechos
humanos.
Asimismo, el Tribunal
evaluó que la compañía estadounidense también ha infringido el derecho a la alimentación ,
que las entidades de negocios también son responsables de respetar según
principios establecidos por Naciones Unidas.
“Las actividades de Monsanto afectan la disponibilidad de
alimentos para individuos y comunidades, e interfieren con la habilidad de los
individuos y comunidades de alimentarse a sí mismos directamente o a elegir
semillas no modificadas genéticamente”, señala el documento.
“El Tribunal concluye
que la soberanía alimentaria también es afectada y resalta los casos en los
cuales la contaminación genética de los campos forzó a agricultores a pagar
regalías a Monsanto o hasta abandonar sus cultivos no-OGM debido a esta
contaminación”, advierten lxs jueces y destacan el mercadeo agresivo de los
transgénicos que terminan forzando a lxs agricultores a comprar nuevas semillas
cada año.
Otro de los aspectos
analizados en La Haya fue el daño a la salud, uno de los puntos que cosecha más
denuncias contra Monsanto en los últimos años en diversos países, especialmente
en Argentina. Al respecto, la corte concluyó que las prácticas de la compañía
han impactado de forma negativa el derecho a la salud de
la población . Durante las audiencias, distintos testigos
brindaron informes sobre enfermedades congénitas y crónicas, linfomas e incluso
muerte en las poblaciones afectadas por la exposición directa o indirecta a
productos de la empresa.
Al respecto, el Tribunal recordó que la misma ha producido y
distribuido muchas sustancias peligrosas, entre ellas los PCBs, un producto
cancerígeno actualmente prohibido que “también causa problemas con la
fertilidad y desarrollo infantil, además de que altera al sistema inmune”.
El glifosato fue otro
de los productos mencionados por el jurado, quienes recordaron que el mismo
está clasificado como un “carcinógeno probable para humanos” por la Agencia Internacional
de Investigación sobre el Cáncer de la Organización Mundial
de la Salud (OMS). En cuanto a la supuesta controversia científica que existe
tanto en relación al impacto en la salud humana del glifosato como de los OGMs,
lxs jueces advirtieron que la misma pierde sentido al tener en cuenta los
documentos internos de Monsanto liberados en marzo pasado en San Francisco, ya
que los mismos “ilustran las prácticas de manipulación sistemática de estudios
científicos y la influencia ejercida por Monsanto sobre los expertos”.
En este sentido, el
jurado también concluyó que la conducta de Monsanto afecta de forma negativa el derecho a la libertad indispensable para la
investigación científica . Así, mencionó que conductas de la
empresa “como intimidación, desacreditación de investigación científica cuando
se formulan preguntas serias sobre la protección del ambiente y salud pública,
soborno de reportes de investigación falsos y presión sobre gobiernos están
transgrediendo la libertad indispensable para la investigación científica”.
Además, destacó que este abuso es exacerbado por la exposición a riesgos de
salud y ambientales, lo cual impide salvaguardar otros derechos fundamentales.
Este aspecto fue
especialmente denunciado en nuestro país a raíz de la persecución y difamación
que sufrió el científico Andrés Carrasco por sus investigaciones sobre los
efectos del glifosato. Por su parte, Verzeñassi quien también se vio afectado
el año pasado por las implicancias de sus investigaciones, valoró que lxs
jueces sostuvieran “la veracidad de todos los testimonios y las pruebas
aportadas: fue un reconocimiento internacional al trabajo que venimos desarrollando
con los campamentos”. “Que un tribunal diga que un equipo de investigación no
puede ejercer libremente por estos motivos es un mensaje para que algunas
autoridades locales puedan prestar atención”, dijo.
El ecocidio y los crímenes de guerra
A pesar de los avances
en la ley ambiental internacional y la creciente consciencia sobre las
consecuencias de los daños ambientales para las generaciones presentes y
futuras, aún existe una gran distancia entre los compromisos legales y la
realidad de la protección ambiental, tal como lo demostró este inédito proceso
organizado y garantizado por la sociedad civil. Es por ello que en
el último tiempo se ha impulsado la figura del ecocidio, crimen que consiste en
causar daño severo o destruir el medio ambiente, para alterar de forma
significativa y duradera los bienes comunes o servicios del ecosistema de los
cuales ciertos grupos humanos dependen.
“La legislación
internacional debería determinar ahora de forma precisa y clara la protección
del medioambiente y el crimen de ecocidio”, advierte la corte en sus
conclusiones y destaca que de ocurrir esto, las actividades de Monsanto podrían
constituir un crimen de ecocidio. Para demostrarlo, mencionan algunas
actividades de la compañía como la producción y suministro de herbicidas con
base de glifosato a Colombia en el contexto de su plan para aplicación aérea en
cultivos de coca; el uso a gran escala de agroquímicos peligrosos en la
agricultura industrial; el diseño, producción y liberación de cultivos
genéticamente modificados así como la contaminación severa de la diversidad de
plantas, suelos y aguas.
A su vez, a partir del
daño causado a miles de personas por el Agente Naranja, producto fabricado por
Monsanto que fue rociado durante la guerra de Vietnam, la corte evaluó la supuesta complicidad de la
multinacional en crímenes de guerra . Aunque aclararon que
debido al estado actual de la legislación internacional y la ausencia de
evidencia específica, el Tribunal no puede dar una respuesta definitiva a este
asunto, advirtieron que al parecer Monsanto sabía cómo iban a ser usados sus
productos y las consecuencias que tenían para la salud humana y el ambiente,
por lo que estos hechos podrían ser juzgados por la Corte Penal Internacional
si el crimen de ecocidio fuera reconocido.
La responsabilidad corporativa
La importancia del
proceso desarrollado en La Haya también radica en la necesidad de poder juzgar
los delitos cometidos por las corporaciones en el actual contexto. En ese
sentido, de acuerdo al Tribunal, hay un riesgo importante de una brecha
creciente entre legislación internacional de derechos humanos y ambientales y
legislación internacional de comercio e inversión. “Los organismos de la ONU
necesitan tomar acción de manera urgente; de otra manera cuestiones clave serán
resueltas en tribunales privados operando completamente fuera del marco de la
ONU”, advirtieron.
Asimismo, llamaron a
la necesidad de hacer responsables a actores no estatales dentro de la
legislación internacional de derechos humanos y afirmaron que ya
es tiempo de considerar a las empresas multinacionales como sujetos de ley que
pueden ser demandados en caso de infracción de derechos fundamentales.
“La opinión consultiva llama a los organismos de autoridad a proteger la
efectividad de la legislación internacional de derechos humanos y ambientales
contra la conducta de las corporaciones multinacionales”, señalaron.
Acerca del impacto que
la resolución del Tribunal a Monsanto pueda tener a partir de ahora, Verzeñassi
expresó que todo esto permite consolidar las investigaciones que se vienen
desarrollando y que las organizaciones y abogadxs de pueblos fumigados ya están
trabajando en la recuperación de los principios que se plantearon en La Haya
para iniciar acciones legales, e incluso para recuperarlos en aquellas causas
que ya están en marcha.
* Por Lucía Maina para
La tinta / Fotografías: es.monsantotribunal.org
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