Ecuador: Pronunciamiento por
una Ley
de Semillas
para campesinas y campesinos
3 de mayo de 2017
"Toda
ley de semillas debe contemplar los siguientes puntos irrenunciables: Declarar
las semillas y los recursos fitogenéticos patrimonio de los pueblos y
nacionalidades a servicio de la humanidad. Fomentar el libre uso y
comercialización de las semillas nativas y campesinas. Protección de la
agrobiodiversidad y de las prácticas ancestrales de producción de alimentos a
través de una alimentación sana, segura, nutritiva y soberana."
Quito, 2 de mayo de 2017
Las luchas históricas de las organizaciones
sociales, campesinas e indígenas, de pueblos y de nacionalidades permitieron
plasmar en la Constitución de Montecristi (2008) el reconocimiento de la Soberanía Alimentaria
como eje estratégico para el Estado Plurinacional e Intercultural, y objetivo
del pago de la “deuda agraria” en el Ecuador. De ahí en adelante, se han dado
varias disputas por materializar este mandato constitucional.
Uno de los primeros triunfos fue la aprobación
de la Ley del Régimen de Soberanía Alimentaria en el 2009. Dicha normativa se
rige por los principios de autodeterminación, solidaridad, participación,
interculturalidad y acceso a los factores de producción, para la cual se debía
garantizar el acceso al agua, la tierra, la protección de la agrobiodiversidad,
la investigación, el diálogo de saberes, la comercialización, acceso a crédito,
etc. Esta ley creó la Conferencia Plurinacional e Intercultural de
Soberanía Alimentaria (COPISA), como espacio que garantice el cumplimiento de
este mandato constitucional.
Una gran participación, movilización y
procesos de consulta impulsados por las organizaciones indígenas y campesinas,
pueblos y nacionalidades en articulación con otras instancias permitieron,
desde el 2010, la elaboración de alrededor de nueve propuestas de ley, con el
firme objetivo de implementar el Régimen de Soberanía Alimentaria en el país.
Sin embargo, los escenarios económicos, los poderes de facto y la decisión
política sobre las transformaciones necesarias para el campo, no sólo han
estancado los logros alcanzados sino que la apuesta del gobierno ha sido el
agronegocio.
Tal es así, que en 2014 se aprueba la Ley de
Recursos Hídricos y en 2016 la Ley de Tierras. En ambos casos, lo que se
garantiza es la propiedad privada, se promueven incentivos para el mejoramiento
de la productividad de los predios a través del monocultivo y paquetes tecnológicos
y se implementa un acceso a recursos productivos vía mercado, lo cual dificulta
enormemente que las agriculturas familiares campesinas e indígenas logren una
transferencia efectiva. En mayo de 2017, campesinos y campesinas enfrentarán el
nuevo proyecto de Ley de Semillas que consolida el modelo del agronegocio en el
Ecuador y sepulta la
Soberanía Alimentaria.
El contenido de esta propuesta de Ley de
Semillas tiene varios puntos conflictivos y problemáticos para los campesinos y
las campesinas:
1. Promueve la agricultura sustentable
calculada a través de la viabilidad económica de ingresos y egresos que pueden
generar las economías agrarias, colocando en los mismos parámetros de medición
a la agricultura familiar campesina e indígena frente a los grandes complejos
del agronegocio. De esta forma, dicho proyecto reduce la agrobiodiversidad a
los recursos fitogenéticos, in-visibilizando el sistema complejo de relaciones
entre factores naturales y el ser humano que interviene en la agricultura.
2. Declara que el componente genético es parte
de la agrobiodiversidad y el patrimonio del Estado, el cual estará orientado al
desarrollo de derechos y al interés social, desplazando a los saberes
ancestrales, a los pueblos y nacionalidades como los legítimos herederos de
riqueza natural. La capacidad de administración de los recursos fitogenéticos
será del Estado.
3. Sobre las semillas “nativas y campesinas”
se ejercerá todo tipo de control en la circulación y el uso. Las prácticas
comunes de intercambio y almacenamiento de las semillas campesinas serán
vigiladas por inspectores fitosanitarios y la fuerza pública (Art. 54 del
proyecto de Ley de Semillas). La creación de la Autoridad Agraria
Nacional asigna a ésta, la discrecionalidad para autorizar la
“libre” circulación de semillas nativas y la cualificación de su calidad.
4. La participación de las campesinas y los
campesinos, su articulación y capacidad de incidencia en la determinación de
políticas públicas, proyectos y programas, es reducida al Consejo Consultivo de
Semillas, cuyas resoluciones y sugerencias pueden ser consideradas o no por la Autoridad Agraria
Nacional. Además, elimina a la COPISA bajo el argumento de
que ya se han elaborado las leyes necesarias para la Soberanía Alimentaria ,
desapareciendo así una de las pocas instituciones que promueve la acción activa
de las organizaciones indígenas, campesinas y mujeres rurales.
Las organizaciones y las personas que
adscribimos a este pronunciamiento, hacemos un llamado a la comunidad
ecuatoriana y latinoamericana y sostenemos que:
a) Toda ley de semillas debe contemplar los
siguientes puntos irrenunciables:
• Declarar las semillas y los recursos
fitogenéticos patrimonio de los pueblos y nacionalidades a servicio de la humanidad.
• Fomentar el libre uso y comercialización de las semillas
nativas y campesinas.
• Ejercer control sobre el uso, comercialización e importación de las semillas certificadas.
• Protección de la agrobiodiversidad y de las prácticas ancestrales de producción de alimentos a través de una alimentación sana, segura, nutritiva y soberana.
• Mantener al Ecuador como país libre de semillas transgénicas.
• Fomentar
• Ejercer control sobre el uso, comercialización e importación de las semillas certificadas.
• Protección de la agrobiodiversidad y de las prácticas ancestrales de producción de alimentos a través de una alimentación sana, segura, nutritiva y soberana.
• Mantener al Ecuador como país libre de semillas transgénicas.
b) La Soberanía Alimentaria
es un derecho que se construye de manera permanente en consonancia con una
realidad nacional, regional y global compleja y cambiante. Y si la Soberanía Alimentaria
es un objetivo constitucional verdaderamente estratégico, entonces se requiere
de una legislación que -lejos de eliminar la entidad a cargo de que la Soberanía Alimentaria
tenga prácticas tangibles que trasciendan los discursos políticos-, provea un
espacio de diálogo e intercambio permanente entre el Estado y la sociedad civil
que la encarna, la cuida y la construye día a día.
Firman:(..)
Fuente: http://www.biodiversidadla.org/Principal/Secciones/Documentos/Ecuador_Pronunciamiento_por_una_Ley_de_Semillas_para_campesinas_y_campesinos
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