Normas sanitarias, inocuidad
alimentaria y producción campesina
18 de abril de 2018
Con el fin de desplazar o controlar la
producción campesina, la industria agroalimenticia diseña estrategias de
carácter tecnológico y desarrolla políticas públicas y leyes favorables. Las
medidas sanitarias, fitosanitarias y de inocuidad de los alimentos forman parte
de esta estrategia.
Elizabeth Bravo
Gran parte de la producción quesera en América
Latina es de origen campesino y es una de las actividades agropecuarias en las
que los pequeños productores están mejor preparados para competir con la gran
industria. En el Ecuador, unas 900 mil familias podrían estar involucradas en
esta actividad.
Pese a su importancia en la generación de
trabajo rural y en mejorar las condiciones nutricionales de la población, las
queserías rurales están en peligro. Desde hace algunos años, se buscan imponer
requisitos de carácter técnico y administrativo que son imposibles de cumplir
para una familia que tiene de 3
a 10 cabezas de ganado y una producción de 3 a 10 libras de queso al
día.
Ésta es una tendencia mundial, que obedece al
proceso de surgimiento y consolidación del sistema agroalimentario industrial.
En su proceso de consolidación ha tenido que desplazar la producción campesina,
ocupando físicamente sus territorios (necesarios para la producción a gran
escala, requisito indispensable para su expansión), o subordinándola a ella.
Con el fin de desplazar o controlar la
producción campesina, la industria agroalimenticia diseña estrategias de
carácter tecnológico (como la hiper-industrialización de los procesos agrícolas
y de transformación de los alimentos), y desarrolla políticas públicas y leyes
favorables.
Las medidas sanitarias, fitosanitarias y de
inocuidad de los alimentos forman parte de esta estrategia.
Las normativas sanitarias, fitosanitarias, de
inocuidad alimentaria y las buenas prácticas de manufactura surgen como necesidad
del creciente comercio internacional de alimentos, cada vez más concentrado en
pocas empresas transnacionales. En su esfuerzo por desplazar la producción
independiente de alimentos, los Estados, representando a sus empresas,
desarrollaron a lo largo del siglo XX, un corpus legal internacional muy
sofisticado. Su aplicación afecta no sólo a los pequeños productores, también a
los grandes productores de los países económicamente débiles y con poca
dotación de poder en el escenario internacional.
El Acuerdo de Medidas Sanitarias y
Fitosanitarias de la
Organización Mundial de Comercio (OMC) es el acuerdo más
importante a nivel internacional en materia sanitaria. Al ser parte de la OMC
tiene “dientes” y medidas económicas para imponerse en los países, en especial
donde son económicamente más débiles.
Así, un país o un bloque de países puede
imponer a otros ciertas restricciones de comercio internacional, con el fin de
precautelar la inocuidad alimentaria, la sanidad animal y vegetal, para
proteger la salud y la vida de las personas y de los animales, o para preservar
los vegetales. Si surgen divergencias, los países pueden acudir a mecanismos de
resolución de controversias de la OMC.
El criterio para dirimir una controversia
relacionada con temas sanitarios es el consenso científico, lo que teóricamente
podría pensarse que es un criterio correcto, para que los países no tomen
injustificadamente decisiones que frenen el comercio internacional de un
producto y se constituya en una traba comercial. Si el criterio es científico,
teóricamente no se dejaría a interpretaciones a los estados miembros.
En el proceso de resolución de disputas,
asisten a la OMC, con criterios científicos/técnicos, tres instancias que
pertenecen al Sistema de las Naciones Unidas:
* Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentario
que trata la inocuidad de los alimentos.
* Oficina Internacional de Epizootias (OIE)
que se refiere al control sanitario de los animales.
* Convención Internacional de Protección
Fitosanitaria (CIPF) que aborda el control sanitario de los vegetales.
Estas tres organizaciones desarrollan
lineamientos bajo los cuales los gobiernos pueden implementar medidas técnicas
para la seguridad animal y vegetal, y la inocuidad alimentaria sin violar las
disciplinas de la OMC.
Estas mismas guías y estándares, son la base desde la cual
los Estados deben desarrollar sus propias normativas en el tema. Ahí radica su
relevancia.
El Codex Alimentario fue creado en 1963 por la
FAO y la OMS como mecanismo de referencia sobre inocuidad alimentaria a nivel
internacional.
El Codex establece normas alimentarias
internacionales, directrices y códigos de prácticas relacionadas con los
alimentos, cuyos objetivos son precautelar la salud de los consumidores, pero
garantizando el comercio internacional. Éstas son elaboradas por especialistas
y expertos, la mayoría son de países industrializados y pertenecen a las
llamadas “ciencias duras”. En algunos casos son muy especializados por lo que
examinan los aspectos de inocuidad de los alimentos desde un punto de vista
puramente técnico, dejando a un lado aspectos sociales y culturales que son
importantes en la alimentación.
Tras de los países que auspician los Comités
Codex, hay grupos económicos relacionados, como se muestra en el siguiente
cuadro, lo que pone en cuestionamiento la “objetividad científica” de las
normas. Veamos el siguiente cuadro. (…) Revista
Biodiversidad, Sustento y Culturas Leer
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