Un nuevo fallo
judicial protege a las escuelas rurales de Entre Ríos
Prohibido fumigar
escuelas
9 de octubre de 2019
Por Darío
Aranda (Rebelión)
En Entre
Ríos, un fallo judicial volvió a prohibir la aplicación de agrotóxicos a menos
de 1000 metros
de los establecimientos. El juez dejó sin efecto el decreto del gobernador Gustavo Bordet, que beneficiaba a los empresarios
del agro transgénico.
Un nuevo fallo
judicial protege a las escuelas rurales de Entre Ríos y frena las fumigaciones
con agrotóxicos. Se trata de la decisión de la Cámara Civil y
Comercial Sala III de Paraná, que declaró la nulidad parcial del decreto del
gobernador Gustavo Bordet, que
beneficiaba a los empresarios del agro transgénico. Desde hace más de un año en
Entre Ríos se libra una disputa judicial entre quienes exigen proteger la salud
de los alumnos y docentes, y quiénes reclaman poder fumigar con agrotóxicos en
cercanías de las escuelas. En un hecho inédito, el juez cuestionó la forma
incompleta, y que beneficia a las empresas, de evaluar la toxicidad de los
agroquímicos.
"No todos los derechos involucrados tienen el mismo peso a la hora de su tutela. Ello debe llevarnos a reflexionar sobre la importancia de estos principios (ambiente y derechos de niños, niñas y adolescentes) en las generaciones futuras", afirmó el juez Virgilio Galanti para recordar que la salud de la población (y aún más de les niñes) está antes que la producción agropecuaria. Es uno de los argumentos para dejar sin efecto el decreto 2239/19 del gobernador
La "Coordinadora Basta es Basta", espacio que nuclea a medio centenar de organizaciones que reclaman no ser fumigadas, dio la bienvenida a la nueva sentencia, pero en un comunicado explicó que ya no quiere sentencias judiciales y dirigió una carta pública: "Señor Gobernador, ya no nos alcanza con festejar fallos judiciales mientras todas las semanas recibimos nuevos nombres de jóvenes que han muerto en nuestra provincia. Queremos festejar poder proyectar salud, futuro y prosperidad para todos los entrerrianos. Reiteramos la urgente necesidad de avanzar en una transformación productiva que lleve a abandonar el uso masivo de venenos en el agro y que ha sumergido a los productores entrerrianos en la más absoluta dependencia productiva, técnica y económica".
La Coordinara
no tiene dudas: "Existe una discusión saldada. El modelo transgénico
dependiente del cóctel de agrotóxicos es inviable". Recordó que en la
causa judicial aportaron pruebas seis científicos independientes, de
universidades públicas, sin conflictos de interés, que probaron por qué la
deriva (alcance final) de las fumigaciones son incontrolables. Del otro lado,
sólo las cámaras empresarias defendieron el uso de químicos.
El juez Virgilio Galanti cuestionó que el gobierno provincial no haya cumplido el fallo judicial inicial (de 2018), que ordenaba realizar estudios antes de intentar reducir distancias de fumigaciones. "Se puede observar que más allá del extenso expediente acompañado por el Estado provincial (con llamativa cantidad de repeticiones de los mismos documentos) no surge que se haya dado cumplimiento al fallo que exhortaba se realice en forma exhaustiva y sostenida en el tiempo estudios que permitan delinear pautas objetivas en torno al uso de estos productos, poniendo acento en la prevención de los daños (...) Y especialmente realizar una correcta evaluación que permita determinar el estado de situación actual de contaminación como paso imprescindible para identificar las medidas que deben adoptarse", sostiene el juez en el fallo del 26 de septiembre pasado. Y afirma que "no se han realizado evaluaciones epidemiológicas de quienes asisten a todas las escuelas rurales de la provincia de Entre Ríos. Tampoco existen estudios y/o análisis de sangre, orina y genéticos sobre el grupo poblacional mencionado".
El juez Galanti abordó un tema silenciado por el agronegocio. La forma en que el estado argentino (a través del Senasa --Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agropecuaria--) categoriza los agrotóxicos (de mayor o menor peligrosidad). "La clasificación del Senasa es realizada bajo el método de Dosis Letal (DL) 50, cuyo objetivo es discernir exclusivamente la toxicidad aguda de un producto, con la que muere el 50 por ciento de una población de animales de laboratorio. Utilizar ese criterio de clasificación es insuficiente para establecer distancias y garantizar la seguridad de las formulaciones comerciales utilizadas", afirmó el juez.
Javier Souza Casadinho es docente de la Facultad de Agronomía y coordinador de la Red de Acción en Plaguicidas de América Latina (Rapal). "La 'Dosis Letal 50' nada
nos dice sobre las intoxicaciones crónicas, por ejemplo cuando las personas de
una comunidad están expuestos a dosis pequeñas por largos periodos o sometidas
a distintos tipos de plaguicidas que se van sumando en el tiempo",
explicó.
Es un histórico reclamo de los pueblos afectados por las fumigaciones: que se incluyan estudios (independientes) de toxicidad crónica. Souza Casadinho resaltó que el Senasa no tiene en cuenta, por ejemplo, las efectos endocrinos (alteración del equilibrio hormonal) ni enfermedades epigenéticas (expresión incorrecta del ADN). Y recordó que tampoco se tiene en cuenta la afectación y acumulación de los agroquímicos en agua, suelos ni el conocido efecto "saltamonte" (cuando pasa a estado gaseoso y se traslada largas distancias).
De forma insólita, el fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, en declaraciones radiales afirmó que los productores pueden seguir fumigando en cercanías de las escuelas porque el fallo aún no está firme.La Coordinadora Basta
es Basta repudió al funcionario: "Denunciamos a Julio Rodríguez Signes por
el delito de 'instigación a desobedecer la autoridad' dadas sus declaraciones
periodísticas en las que negó la sentencia vigente y alentó a los productores a
incumplir con la ley que garantiza 1000 y 3000 metros de
protección a las escuelas rurales".
El Foro Ecologista de Paraná y el sindicato docente Agmer (Asociación Gremial del Magisterio) presentaron en agosto de 2018 un amparo ambiental para proteger de agrotóxicos a los niños y trabajadores de las escuelas rurales. El juez Oscar Daniel Benedetto, dela
Cámara II de la
Sala II se expidió el 1 de octubre: en un fallo judicial sin
precedentes, prohibió fumigar con agrotóxicos a menos de 1000 metros de las
escuelas de Entre Ríos. Y la distancia de protección se extendió a 3000 metros en el caso
de aplicaciones aéreas. En un hecho inédito, la protección abarcó a todas las
escuelas rurales de la provincia (1023).
"Es imposible de obviar que el modelo de producción agrícola puede generar un creciente problema de salud pública, debido a que los plaguicidas contienen sustancias químicas tóxicas que afectan a los cultivos, pero que muy probablemente también tengan efectos nocivos en la salud de la población rural", se lee entre los fundamentos del fallo, de 21 páginas, que también ordena al Estado entrerriano a realizar estudios para analizar la situación general de las afecciones en el ambiente y salud.
El juez señaló que el avance de la soja transgénica "ha provocado una profusa aplicación de tóxicos que repercuten en el medio ambiente y lo contamina, de modo que resulta imprescindible ejercer un intenso control estatal para prevenir al máximo posible los problemas de salud".
El amparo que protege las escuelas fue apelado por el gobierno provincial deGustavo Bordet, pedido por el secretario de
Producción, Alvaro Gabás. En segunda instancia, la Justicia volvió a proteger
la salud de los alumnos y docentes. La respuesta del gobernador Bordet, a
pedido de los empresarios del agro, fue emitir un decreto (el 2 de enero de
2019) que desoyó los fallos judiciales y redujo a sólo 100 metros la protección
de las escuelas rurales.
En mayo, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, máximo tribunal provincial, declaró la inconstitucionalidad del decreto del gobernadorGustavo Bordet. Mantuvo vigente el amparo que aleja
las fumigaciones terrestres a 1000 metros de las escuelas. El 1 de agosto, el
Gobernador ignoró el fallo del Superior Tribunal y emitió un nuevo decreto
(2239/19).
Habilitó las fumigaciones a100
metros de las escuelas. La Red Federal de
Docentes por la Vida cuestionó al Gobernador: “Porque defendemos el derecho a
la educación, la salud y un ambiente sano, repudiamos el decreto 2239 con el
que el gobernador Bordet da permiso para que se fumigue a la gurisada. No podemos
permitir que los agrotóxicos invadan las escuelas y los contenidos
curriculares”.
El 5 de octubre,la
Coordinadora Basta es Basta denunció que un dirigente
agropecuario amenazó de muerte a un integrante de la Coordinadora, en un lugar
público y frente a testigos. "Denunciamos la escalada de violencia, las amenazas y el
peligro que corremos quienes denunciamos las pulverizaciones con venenos. La
amenaza de atentar con armas de fuego contra nuestras vidas demuestra la total
impunidad con la que gozan", alertó la Coordinadora y responsabilizó al fiscal de Estado de
Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, que en declaraciones radiales afirmó que
los productores pueden seguir fumigando en cercanías de las escuelas.
Versión extensa del artículo publicado el 7 de octubre de 2019 en el diario Página12.
El juez Virgilio Galanti cuestionó que el gobierno provincial no haya cumplido el fallo judicial inicial (de 2018), que ordenaba realizar estudios antes de intentar reducir distancias de fumigaciones. "Se puede observar que más allá del extenso expediente acompañado por el Estado provincial (con llamativa cantidad de repeticiones de los mismos documentos) no surge que se haya dado cumplimiento al fallo que exhortaba se realice en forma exhaustiva y sostenida en el tiempo estudios que permitan delinear pautas objetivas en torno al uso de estos productos, poniendo acento en la prevención de los daños (...) Y especialmente realizar una correcta evaluación que permita determinar el estado de situación actual de contaminación como paso imprescindible para identificar las medidas que deben adoptarse", sostiene el juez en el fallo del 26 de septiembre pasado. Y afirma que "no se han realizado evaluaciones epidemiológicas de quienes asisten a todas las escuelas rurales de la provincia de Entre Ríos. Tampoco existen estudios y/o análisis de sangre, orina y genéticos sobre el grupo poblacional mencionado".
El juez Galanti abordó un tema silenciado por el agronegocio. La forma en que el estado argentino (a través del Senasa --Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agropecuaria--) categoriza los agrotóxicos (de mayor o menor peligrosidad). "La clasificación del Senasa es realizada bajo el método de Dosis Letal (DL) 50, cuyo objetivo es discernir exclusivamente la toxicidad aguda de un producto, con la que muere el 50 por ciento de una población de animales de laboratorio. Utilizar ese criterio de clasificación es insuficiente para establecer distancias y garantizar la seguridad de las formulaciones comerciales utilizadas", afirmó el juez.
Javier Souza Casadinho es docente de la Facultad de Agronomía y coordinador de la Red de Acción en Plaguicidas de América Latina (Rapal). "
Es un histórico reclamo de los pueblos afectados por las fumigaciones: que se incluyan estudios (independientes) de toxicidad crónica. Souza Casadinho resaltó que el Senasa no tiene en cuenta, por ejemplo, las efectos endocrinos (alteración del equilibrio hormonal) ni enfermedades epigenéticas (expresión incorrecta del ADN). Y recordó que tampoco se tiene en cuenta la afectación y acumulación de los agroquímicos en agua, suelos ni el conocido efecto "saltamonte" (cuando pasa a estado gaseoso y se traslada largas distancias).
De forma insólita, el fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, en declaraciones radiales afirmó que los productores pueden seguir fumigando en cercanías de las escuelas porque el fallo aún no está firme.
El Foro Ecologista de Paraná y el sindicato docente Agmer (Asociación Gremial del Magisterio) presentaron en agosto de 2018 un amparo ambiental para proteger de agrotóxicos a los niños y trabajadores de las escuelas rurales. El juez Oscar Daniel Benedetto, de
"Es imposible de obviar que el modelo de producción agrícola puede generar un creciente problema de salud pública, debido a que los plaguicidas contienen sustancias químicas tóxicas que afectan a los cultivos, pero que muy probablemente también tengan efectos nocivos en la salud de la población rural", se lee entre los fundamentos del fallo, de 21 páginas, que también ordena al Estado entrerriano a realizar estudios para analizar la situación general de las afecciones en el ambiente y salud.
El juez señaló que el avance de la soja transgénica "ha provocado una profusa aplicación de tóxicos que repercuten en el medio ambiente y lo contamina, de modo que resulta imprescindible ejercer un intenso control estatal para prevenir al máximo posible los problemas de salud".
El amparo que protege las escuelas fue apelado por el gobierno provincial de
En mayo, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, máximo tribunal provincial, declaró la inconstitucionalidad del decreto del gobernador
Habilitó las fumigaciones a
El 5 de octubre,
Versión extensa del artículo publicado el 7 de octubre de 2019 en el diario Página12.
Fuente: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=261254
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