El campesino como
sujeto de derechos
12 de agosto de 2016
12 de agosto de 2016
Por Prensa Alternativa
Cauca
Luego de que la constitución política de 1991 acorralara
jurídicamente al campesinado de nuestro país, como una simple figura de
trabajador agrícola, las organizaciones campesinas han visto dando luchas por
su reconocimiento político y jurídico en la legislación colombiana.
Tal es el
caso de la ley 160 de 1994, que dio por vez primera la posibilidad de que este
sector de la sociedad, tuviera una manera propia de organización social y
política en sus territorios; las zonas de reserva campesina.Esta ley que deja entre ver algunas aspiraciones del campesinado, también muestra el avance del Estado por continuar en su propósito de acabar con estos, con mecanismos como las zonas de desarrollo rural, en la que tienden a proletizar a quienes a lo largo de la historia se mantienen dueños del medio de producción: la tierra.
Han sido largos años de lucha, de disputa política por el reconocimiento de los derechos campesinos, por la inclusión de estos como parte esencial de la vida política, económica y social del país: la inclusión de estos como sujetos de derechos en las leyes, el reconocimiento de la ecónoma campesina como eje diferente a la economía capitalista y el territorio y la territorialidad como proceso social democrático en sus regiones, son algunos aspectos que dejan ver sus aspiraciones
Aunque la problemática del campesinado en nuestro País es una muestra del avance del capital a nivel internacional por acabar con este importante sector. Ante ello, la vía campesina, organización internacional que ha logrado articular las luchas en cada país, hasta el punto de lograr que en la ONU se reconozcan los derechos de los campesinos tal como lo expresan en el 2013, en un articulado de más de diez puntos que contienen los siguientes ejes; "a. que es un campesino, b. sus derechos, c. derecho a la vida y nivel adecuado, d. derechos a la tierra y el territorio, e. derechos a las semillas y al saber y la práctica profesional, f. derecho a medio de producción agrícola, g. derechos la información, h. Libertad para determinar el precio y el mercado para la producción agrícola, i. Derecho a la protección de los valores en la agricultura, j. Derecho a la diversidad biológica, k. Libertad de asociación, de opinión y de expresión e l. Derecho al acceso a la justicia." [1]
Aún faltan muchos aspectos para lograr un verdadero reconocimiento del campesinado como sujeto de derechos, que inclusive así, haya algunos elementos estipulados por ley, los gobiernos de turno y sus asesores han torpedeado los procesos campesinos, como sucedió el año anterior con el documento del gerente nacional del INCODER donde expreso que las zonas de reserva campaña entran en un procesos de pausa, buscando retroceder las ganancias estas comunidades rurales.
Un necesario eje para que las comunidades comiencen a verse reconocidas son los puntos del territorio y territorialidad campesina. Luego de que
El territorio y la territorialidad campesina es un paso
fundamental en la consecución de sus derechos, en la medida que se reconoce su
cultura, su manera de producir y subsistir, se reconoce que esa producción del
espacio está íntimamente ligada a los sujetos que habitan en la tierra, como la
manejan, como la preservan y que se diferencian sustancialmente de los
territorios del capital, que estos no ven más allá de un cumulo de mercancías
al que hay que sacarles ganancias así se destruya el medio ambiente, los
ecosistemas y quienes pervivan allí.
Durante décadas ha asumido en cada
movilización social, por reivindicaciones de los trabajadores rurales, en cada
escuela, en cada lucha, la necesidad de brindarle garantías esenciales a los
campesinos, aunque estas acciones le haya costado por décadas la persecución,
al punto de llegar a asesinar y encarcelar a sus líderes, sólo por pensarse un
modelo agrario diferente al establecido por las oligarquías colombianas.
Nota[1] http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/WGPleasants/A-HRC-WG-15-1-2_sp.pdf
Fuente original: http://prensalternativa.webnode.com.co/especiales-21/
Fuente: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=215490
Fuente original: http://prensalternativa.webnode.com.co/especiales-21/
Fuente: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=215490
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