Juicio Paulina Lebbos:
el veredicto, 13 años después
25 de febrero de 2019
Franco Carletto
El juicio que comenzó el 6 de
febrero del año pasado culminará mañana, cuando el tribunal dé a conocer la
sentencia para los imputados por el homicidio de Paulina y su posterior
encubrimiento. Un caso que se convirtió en emblema de la lucha contra la impunidad
en Tucumán. Un juicio histórico que reveló la corrupción enquistada en el poder
policial.
El momento que Alberto Lebbos espera desde hace 13 años
tiene fecha y hora: mañana, lunes 25,
a partir de las 8:30. El tribunal de la sala III del Palacio de
Justicia, integrado por los doctores Dante Ibañez, Carlos
Caramutti y Rafael Macoritto dictarán sentencia para los
seis imputados en el juicio por el homicidio de Paulina Lebbos y
su posterior encubrimiento.
Antes del veredicto final, los
miembros del tribunal escucharán las últimas palabras de los imputados Hugo Sánchez, Eduardo Di Lella y Roberto Gómez.
Los otros tres – Nicolás Barrera, Waldino Rodríguez y Héctor Rubén Brito –
hicieron lo propio el paso 14 de febrero, al igual que Alberto Lebbos, a quien
el tribunal le concedió el derecho a sus últimas palabras en calidad de
víctima.
Se trata del juicio más extenso en la
historia de la provincia en cuanto a la cantidad de audiencias de debate oral y
público (135 en total) y que cuenta además con un ingrediente particular: son
juzgados los miembros de la cúpula policial de la provincia y de la Secretaría de Seguridad Ciudadana que actuaron bajo las
órdenes del ex Gobernador José Alperovich.
Paulina
La noche del sábado 26 de febrero de 2006 Paulina Alejandra
Lebbos, una joven de 23 años, se reunió con un grupo de amigos para salir a
bailar. Ese día había aprobado un examen en la Facultad de Filosofía y Letras,
donde estudiaba la carrera de Ciencias de la Comunicación.
Cerca de la
medianoche, Paulina, Virginia y Jimena
Mercado, Alejandro Aramayo (primo
de las Mercado), Gisela Rennis, Diego
Martín y Claudia Cequeira salieron
del departamento de Virginia, en calle La Rioja 415 y se dirigieron al boliche
Gitana, en la zona del ex Mercado de Abasto.
Entra las 6 y las
6:30, Paulina y Virginia Mercado salieron del boliche, caminaron un par de
cuadras y abordaron un remise Fiat Duna color bordó en Avenida Alem y San
Lorenzo, en la
Plazoleta Miguel Lillo. De acuerdo al testimonio de Virginia,
ella bajó del vehículo en la entrada del edificio donde vivía y Paulina
continuó viaje hasta la casa de su pareja y padre de su hija, César Soto, en la calle Estado Unidos
1.200.
El domingo 27, tras
haber buscado sin éxito algún dato sobre el paradero de Paulina, Alberto
Lebbos, por entonces Subsecretario de la Juventud de
la Provincia, radicó la denuncia por la desaparición de su
hija.
Los hechos
El sábado 11 de
marzo Marcelo y Sergio Goitea, dos lugareños de la zona
de Tapia, salieron de su casa a las 8 de la mañana y recorrieron en sus
caballos un tramo de la ruta 341. Al llegar al kilómetro 2,8, el caballo de
Sergio relinchó tan bruscamente que le partió un diente. Con la boca
ensangrentada bajó a buscar qué era lo que había asustado al equino. Allí se
encontró con un cuerpo humano, a casi dos metros y medio de la banquina.
Asustados, los
hermanos Goitea volvieron a sus caballos y fueron en busca del patrón de
Marcelo, el ingeniero en zootecnia Federico Pasquini.
Al comunicarle del hallazgo, Pasquini llevó a los Goitea en su auto particular
hasta la casa de Waldino Rodríguez, un policía retirado conocido en la localidad. Rodríguez
llamó de inmediato a la comisaría de Raco para informar la presencia de un
cuerpo a la vera de la ruta. Cuando Alberto Lebbos llegó al lugar
acompañado de su abogado, Emilio Mrad,
identificó el cuerpo y confirmó que se trataba de su hija Paulina.
Ese
día comenzaron los actos de encubrimiento.
En la comisaría de
Raco, frente a Waldino Rodríguez, el Comisario Enrique García y
el Jefe de la
Unidad Regional Norte Héctor Rubén Brito,
los hermanos Goitea no tuvieron oportunidad de contar cómo habían encontrado el
cadáver. Los policías ya les habían advertido que no dijeran nada porque iban a
tener problemas, y que ellos se harían cargo del cuerpo. Analfabetos los
dos, Macelo y Sergio Goitea no pudieron consentir el contenido de la
declaración, redactada íntegramente por el comisario García.
Esa acta adulterada, donde se
dejó asentado que el cuerpo de Paulina Lebbos había sido encontrado por
efectivos policiales durante un rastrillaje, es la columna vertebral de este
juicio.
Antecedentes
La antesala de este
juicio fue el proceso que se llevó adelante entre el 4 y el 18 de diciembre de
2013. El ex comisario Enrique García y los ex policías Manuel Exequiel Yapura y Roberto Oscar Lencina llegaron
al juicio acusados de haber sido partícipes del encubrimiento del crimen de
Paulina.
García había
confeccionado el 11 de marzo de 2006 el acta de la declaración de los hermanos
Goitea, dejando asentado que el cuerpo de la estudiante de Comunicación
había sido encontrado por efectivos policiales durante un rastrillaje.
Sin embargo, cuando Marcelo y Sergio Goitea declararon en sede judicial el 6 de
abril de ese año afirmaron que fueron ellos quienes encontraron el cuerpo.
De acuerdo a la
acusación del tercer fiscal de la causa, Diego López Ávila,
el 7 de marzo de 2006, previo al hallazgo del cuerpo de Paulina, García y
Yapura habían adulterado otra acta de declaración: la de Diego Nieva, un remisero que había sido citado a
prestar declaración por tener un auto con las mismas características que aquel
remise en el que viajó Paulina la noche que desapareció. Este hecho también
formó parte del juicio de diciembre de 2013.
Aquella noche del 18
de diciembre el tribunal, con una composición similar a la de este juicio
(Carlos Caramutti, Dante Ibáñez y Emilio Páez de la Torre), resolvió por unanimidad condenar a Enrique García y Manuel Yapura
por el delito de encubrimiento agravado y a Roberto Lencina por el delito de
falsedad ideológica de instrumento público. García recibió una
pena de cinco años y Yapura un de cuatro, mientras que Lencina fue condenado a
dos años de prisión condicional.
En aquel fallo, el tribunal también dispuso medidas de investigación por
encubrimiento para Hugo Sánchez, Eduardo Di Lella, Nicolás Barrera y Héctor
Rubén Brito, quienes escucharán mañana una nueva sentencia
en el marco de esta causa.
La cúpula del poder policial, al banquillo
Este
caso es demasiado complejo por diferentes factores: pasaron 13 años desde que
se cometieron los delitos (homicidio y encubrimiento); investigaron fuerzas
policiales locales y nacionales (Policía Federal, Gendarmería Nacional y
Policía de Seguridad Aeroportuaria); intervinieron tres fiscalías de
instrucción (Fiscalía V, Fiscalía II y finalmente la Fiscalía IV ); la causa
se mantuvo bajo secreto de sumario durante siete años, por nombrar sólo algunos
de ellos.
A partir de la
investigación llevada adelante por las tres fiscalías que intervinieron en el
caso se logró arribar a cuatro pistas fuertes. De
ellas, se desestimaron la pista de los “hijos del poder” y la de Juan Pedro
Cruzado, un remisero que prestó declaración en este juicio en
calidad de testigo.
Así, sobrevivieron dos
pistas que condujeron a este proceso: la pista de Roberto Gómez (el
único imputado por el secuestro y homicidio de Paulina) y la del encubrimiento
policial. De esta manera llegaron al banquillo de los acusados
los altos funcionarios de la fuerza policial:
Eduardo Di
Lella –
Ex Secretario de Seguridad Ciudadana. Su abogado defensor es Gustavo Morales.
De acuerdo a la acusación de la fiscalía, Di Lella habría participado de una
reunión con Hugo Sánchez, Rubén Brito y Enrique García en el Club de
Veraneantes de Raco, el mismo día de la desaparición de Paulina.
Alberto Lebbos
siempre sostuvo que en esa reunión ya se conocía el nombre del asesino de
Paulina, y que
fue allí donde se comenzó a diagramar un plan de encubrimiento. Además, se lo
acusa de haber intentado mover el cuerpo antes de que se realicen los trabajos
de recolección de pruebas. Alberto Lebbos afirma que Di Lella también participó
de una reunión en la casa de José Alperovich, en la que estaba presente Alejandro Noguera, el primer fiscal de la causa. Cargos que se le imputan: encubrimiento agravado, Falsificación de instrumento
público, coacción (querella), abuso de autoridad (querella).
Hugo Sánchez – Ex Jefe de Policía. Sus abogados
defensores son Alejandro Biagosh y Marcelo
Jiménez Santillán. Se lo
acusa de haber participado de la reunión en el Club de Veraneantes el día de la
desaparición de Paulina y de haber impartido las órdenes para la contaminación
de la escena del crimen y la incorrecta preservación de las pruebas obtenidas
en el lugar del hallazgo del cuerpo. Además, está involucrado en la
reicorporación de Enrique García a la fuerza y su posterior ascenso. Cargos que se le imputan: encubrimiento agravado, falsificación de instrumento
público, coacción (querella), abuso de autoridad (querella).
Héctor
Rubén Brito– Ex Jefe de la Unidad Regional Norte. Su abogado defensor es Cergio Morfil. Está acusado de ser quien
confeccionó el acta falsa donde se le adjudica el hallazgo del cuerpo a las
fuerzas policiales. Cargos que se le imputan: encubrimiento agravado,
falsificación de instrumento público, coacción (querella), abuso de autoridad
(querella).
Para Di Lella, Sánchez
y Barrera el Fiscal de Cámara, Carlos Sale,
pidió penas de seis años. El abogado querellante, en cambio, solicitó para cada
uno 14 años y seis meses de prisión. Para Brito solicitaron penas de seis años
y 12 años y seis meses, respectivamente.
Los
otros dos imputados son:
Waldino Rodríguez– Policía retirado. Su
abogado defensor es Carlos Posse.
Se lo acusa de haber participado en la adulteración del acta del hallazgo del
cuerpo de Paulina y de haber coaccionado a los hermanos Goitea para que cambien
su declaración en la comisaría de Raco. Cargos que se le imputan:encubrimiento
agravado, falsificación de instrumento público, coacción y abuso de autoridad.
El
Ministerio Público Fiscal solicitó al tribunal una pena de seis años de
prisión, mientras que la querella pidió 7 años de pena.
Roberto Gómez – Electricista.
Sus abogados defensores son Macario Santamarina y Guillermo
Villalba. La acusación de la fiscalía sostiene que el imputado
colocó un chip con una línea a su nombre en el celular de Paulina Lebbos horas
posteriores a su desaparición. Gómez se defendió afirmando que aquella noche
del 26 de febrero de 2006 había estado en una fiesta familiar. Sin embargo,
durante el debate oral y público no supo explicar cómo llegó el celular a sus
manos. Sus abogados aseguraron que en los informes técnicos se observan
numerosas deficiencias y solicitaron la nulidad de los informes de las sábanas
de llamadas. Cargos que se le imputan: participación
secundaria en el secuestro y homicidio de Paulina Lebbos (acusación de la
Fiscalía); Privación ilegítima de la libertad seguida de homicidio (acusación
de la querella).
El Fiscal
Carlos Sale pidió 10 años de prisión. Emilio Mrad, por su parte, solicitó la
prisión perpetua.
La demanda civil: ¿cuánto vale la vida de Paulina para el Estado?
Otro de los aspectos destacables de
este juicio es la demanda civil efectuada por Alberto Lebbos, en representación
de su nieta Victoria , hija de
Paulina, contra los imputados y la Provincia de Tucumán. En este punto, la familia Lebbos exige un resarcimiento económico de 10,6 millones de pesos.
Roberto Tejerizo, actor civil, estructuró la demanda sobre cuatro conceptos:
Daño emergente: es un concepto que se refiere a la pérdida del
patrimonio que poseía la victima al momento del perjuicio. Sobre este concepto,
el actor civil aseguró que se debe contemplar el Salario Mínimo, Vital y Móvil
que hubiera percibido Paulina hasta llegar a su edad jubilatoria. El abogado de la Provincia, Carlos Parajón Ferullo,
respondió que, al momento de su desaparición, Paulina no trabajaba y no contaba
con ingresos mensuales, sino que era Alberto Lebbos quien sostenía
económicamente a ella y su hija. Por lo tanto, aseguró Parajón Ferullo, no se
puede deducir cuánto dinero habría ganado Paulina hasta jubilarse.
Lucro Cesante: Se trata de la pérdida de ingresos por parte de la víctima como
consecuencia del hecho dañoso. En este punto, Tejerizo sostuvo durante su
alegato que, siendo Paulina el sostén económico de su hija Victoria , con su asesinato se cortó el medio de
manutención de la menor.
Sin embargo, el representante de la Provincia, aseguró que
Paulina Lebbos no era el sostén económico de su hija, sino que era Alberto
Lebbos el encargado de la manutención de la niña, que al momento de los hechos
tenía 5 años.
Pérdida de chances: se trata de un concepto que alude a una potencialidad
derivada del valor vida. La pérdida de chances se aplica
cuando existe una expectativa de hechos futuros, es decir, cuando el demandante
(en este caso, la hija de Paulina) proyecta cómo hubiera sido su vida económica
en caso de que su madre no hubiese sido asesinada.
Daño moral: se aplica para reparar la aflicción que le produjo al demandante
el hecho dañoso. En algunos casos, cuando la vida de una víctima vale poco de acuerdo a los ítems anteriormente
mencionados, la indemnización puede compensarse con el monto percibido por el
concepto de daño moral, cuando se trata de una pérdida traumática para la
familia de la víctima.
Entonces, ¿no todas las vidas humanas valen lo mismo? Para el derecho civil,
la respuesta es depende. En
el caso particular de la
causa Lebbos , Paulina era joven, no trabajaba, no tenía
ingresos fijos y, en palabras del abogado de la provincia, “ni siquiera había
terminado el primer año de su carrera”. Entonces, la vida de Paulina, teniendo
en cuenta los aportes a su hogar y su familia, “valía poco”. Sin embargo, no
podemos eludir el hecho de que la demandante es una adolescente que tenía 5
años cuando asesinaron a su madre. Es por esto que se espera que el tribunal
haga lugar a la importante indemnización solicitada por el actor civil en
concepto de Daño Moral.
En cuanto al
delito de encubrimiento, el actor civil echó mano al artículo 4 de la
Constitución local, que establece que los funcionarios públicos son
responsables de todos los actos cometidos durante sus actividades en el
ejercicio de sus funciones. Además, sostuvo que los imputados son responsables
porque actuaron como órgano estatal.
Más tarde,
los abogados de la provincia le respondieron asegurando que los implicados en
el encubrimiento actuaron bajo órdenes expresas de Alejandro Noguera, el primer
fiscal de la causa.
La demanda de
la acción civil contempla los siguientes montos de indemnización:
$972.240 en concepto de Daño Emergente; $3,34 millones por Lucro Cesante;
$975.240 por Pérdida de Chance y $5,29 millones por Daño Moral.
“El abogado de la provincia se dedicó
a agredir a Paulina. Usó las mismas armas que algunos abogados defensores, que
sistemáticamente se dedicaron a atacar a la víctima. Esto es
indignante. Si la víctima hubiese sido un varón no escuchábamos este alegato.
Estos alegatos tienen una impronta machista, brutal y violenta. Esto fue un
ataque cobarde y misógino de quienes no pueden defender lo indefendible”,
fustigó Alberto Lebbos frente a la cámara de un canal de televisión al
finalizar los alegatos de los abogados de la Provincia, Cecilia Vaccaro y Carlos Parajón Ferullo.
El `no recuerdo´, la constante de este juicio
Si algo faltaba para hacer de este
juicio uno de los procesos penales más importantes de la última década fue la
cantidad de detenidos. Fueron en total 9 los testigos
que ingresaron a testificar a la
Sala III y salieron esposados rumbo a la alcaldía de
tribunales. Para todos ellos se solicitó la investigación por
la presunta comisión del delito de falso testimonio.
El “no recuerdo” fue la respuesta más escuchada a lo largo del debate. Del
total de testigos detenidos, tres son civiles y seis ex policías.
Pero sin lugar a dudas la detención
más escandalosa fue la del imputado Hugo Sánchez, quien actualmente continúa
bajo prisión preventiva. Fue el 25 de abril de 2018, cuando el testigo Fernando Vázquez Carranza, quien durante 2006 se
desempeñó como Director General de Policía Científica, reveló ante el tribunal
que el abogado defensor de Sánchez, Enrique Andrada Barone, le había mandado
cuatro mensajes de WhatsApp días antes de presentarse a declarar. En esos mensajes,
Andrada Barone intentaba persuadir a Vázquez Carranza para contradecir la
declaración de un testigo anterior.
Ante esta
denuncia, el tribunal decidió apartar de la causa al abogado Andrada Barone y
hacer lugar al pedido de prisión preventiva para el imputado Sánchez,
solicitado por la querella.
Despejando dudas
§
En
los procesos penales no se juzgan delitos,
se juzgan hechos. Luego el tribunal, en base a la valoración que se haga de las
pruebas surgidas durante el debate, determinará si esos hechos encuadran o no
en algún delito tipificado en el código penal.
§
La acusación principal de este juicio es
que Eduardo Di Lella, Hugo Sánchez, Nicolás Barrera, Rubén Brito y Waldino
Rodríguez, sabiendo que los hermanos Goitea fueron los
que encontraron el cuerpo de Paulina, decidieron previo
acuerdo atribuir el hallazgo a las fuerzas policiales.
§
¿Se
podrá llegar al nombre del asesino de Paulina? Hay que tener en cuenta que la pena máxima prescribe en dos años. Estamos
hablando de un período de tiempo demasiado corto, teniendo en cuenta que, en
caso de surgir una hipótesis sobre el presunto homicida, se debe abrir una
instrucción, recolectar pruebas, solicitar elevación a juicio y culminar el
debate oral y público. Todo esto en dos años.
§
¿Por
qué el Fiscal y el abogado querellante solicitaron penas diferentes? Porque el
Ministerio Público Fiscal entiende que existe una concurrencia ideal en los delitos. Entonces,
el fiscal pidió la pena máxima del delito mayor. El querellante, en cambio,
entiende que los delitos se cometieron en concurso real,
es decir, se suman las penas máximas de cada uno de los delitos.
El juicio en números
§
13 años pasaron desde el asesinato de Paulina.
§
3 fiscalías intervinieron en la causa.
§
7 años estuvo el caso bajo secreto de sumario.
§
1 año duró el juicio.
§
135 audiencias.
§
6 imputados.
§
192 testigos pasaron por la sala de audiencias (3 declararon
por escrito).
por escrito).
§
10 personas citadas como testigos fallecieron antes de tener
la oportunidad de testificar (entre ellas, la madre de Paulina).
la oportunidad de testificar (entre ellas, la madre de Paulina).
§
3 abogados tuvo Hugo Sánchez a lo largo el proceso (Enrique
Andrada Barone, apartado de la causa por enviar mensajes intimidatorios a un
testigo; José Luis Chaván, quien abandonó la defensa alegando “incompatibilidad
moral” y Alejandro Biagosh, actual representante legal de Sánchez)
Andrada Barone, apartado de la causa por enviar mensajes intimidatorios a un
testigo; José Luis Chaván, quien abandonó la defensa alegando “incompatibilidad
moral” y Alejandro Biagosh, actual representante legal de Sánchez)
§
32 careos se realizaron a lo largo del debate.
§
10 personas fueron detenidas durante el proceso: 1 imputado
(Hugo Sánchez) y 9 testigos por falso testimonio (4 comisarios, 1 suboficial y
1 policía y 3 civiles).
(Hugo Sánchez) y 9 testigos por falso testimonio (4 comisarios, 1 suboficial y
1 policía y 3 civiles).
Fuente: http://contrahegemoniaweb.com.ar/juicio-paulina-lebbos-el-veredicto-13-anos-despues/
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