Plan CONINTES
El terrorismo de
Estado
legalizado en democracia,
el rol de las FF.AA y
la repetición de la historia.
2 de agosto de 2018
Por Flor Niti (Virginia Bolten)
El gobierno de la Alianza CAMBIEMOS modificó por decreto la
reglamentación del gobierno kirchnerista sobre el rol de las FF.AA. Diversos
sectores políticos partidarios y organizaciones de DD.HH. cuestionaron la nueva
reglamentación, solicitando que la misma sea debatida en el Congreso.
El decreto 683 que modifica el 727 del año
2006, establece que las FF.AA. podrán actuar en función de una nueva
reinterpretación sobre cuáles son los posibles conflictos de seguridad e
integridad nacional. La nueva normativa establece: “En el caso de las misiones
establecidas en la Ley N °
24.059, el MINISTERIO DE DEFENSA considerará como criterio para las previsiones
estratégicas, la organización, el equipamiento, la doctrina y el adiestramiento
de las FUERZAS ARMADAS, a la
integración operativa de sus funciones de apoyo logístico con las FUERZAS DE
SEGURIDAD.”
Sobre la reglamentación y la nueva
reinterpretación, Oscar Raúl Aguad Beily, Ministro de Defensa en declaraciones
a la prensa expresó, “El decreto que se conoció deroga dos o tres artículos de
algo que reglamentó el ex presidente Néstor
Kirchner, que limitaba el accionar de las FFAA porque solo podían reprimir un ataque
externo, siempre que fuera de
otro Estado. Como ha
desaparecido esa posibilidad de que nos ataque otro país, hoy las Fuerzas
Armadas no tenían sentido de ser. Entonces nosotros ampliamos (la facultad de
intervenir) contra grupos terroristas y narcos.”
La oposición no está planteando una nueva ley
que modifique la sancionada en abril de 1988 (Ley N°23.554) que dio lugar a la
interpretaciones del kirchnerismo y el macrismo para su reglamentación. El
artículo N°2, es plausible de interpretaciones según la ideología de la fuerza
política que gobierne, el mismo expresa: “La Defensa Nacional
es la integración y la acción coordinada de todas las fuerzas de la Nación para
la solución de aquellos conflictos que requieran el empleo de las Fuerzas
Armadas, en forma disuasiva o efectiva, para enfrentar las agresiones de origen
externo. Y continua: “Tiene
por finalidad garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina ,
su integridad territorial y capacidad de autodeterminación; proteger la vida y
la libertad de sus habitantes.”
El debate sobre cuál es el rol de las FF.AA.
en la actualidad se basa en una ley de más de 30 años, en democracia y tras un
importante debate del cual participaron organismos de DD.HH. pero en una época
pronta al retorno de la democracia y con las FF.AA., que participaron de la
dictadura cívico-militar-eclesiástica aún con un importante poder e influencia.
La ya probada Ley Antiterrorista durante el
gobierno kirchnerista y la modificación del rol de las FF.AA. junto con la
doctrina Chocobar durante el macrismo, brindan un manto
de legalidad al accionar a las fuerzas represivas del estado contra los
movimientos sociales. Con estas leyes se decide la represión de la protesta
social frente a la posibilidad de soluciones políticas. El actual gobierno
decreto la custodia de “Objetivos Estratégicos” que serán definidos por el
poder ejecutivo, es decir en forma absolutamente arbitraria. Las bases legales
en democracias para la persecución de los movimientos sociales y políticos no
son nuevas en este territorio denominado Argentina.
El terrorismo de estado tuvo un basamento
legal en democracia durante el gobierno desarrollista de Arturo Frondizi y con
un fallo de la Suprema
Corte en el año 1962. El plan CONINTES (Conmoción Interna del
Estado) ha sido un plan de eliminación de garantías Constitucionales, de
confinamiento y tortura de personas, creado por Decreto Secreto 9880/58 y
puesto en ejecución el 13 de marzo de 1960 durante el gobierno de Frondizi
(1958-1962) mediante los decretos 2628/60 y 2639/60. A partir de estos
decretos, el gobierno constitucional de Frondizi aplica la ley 13.234 “Ley de
organización de La Nación en tiempos de guerra”.
El plan CONINTES consistía en la represión de
la protesta social, el encarcelamiento de dirigentes sindicales y el
enjuiciamiento de los mismos por tribunales militares sin garantías
constitucionales.
Fuente: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=244841
No hay comentarios:
Publicar un comentario