Sin derechos de la
naturaleza no hay plenos derechos humanos
28 de junio de 2019
Por Alberto Acosta
Amnesty
Internacional
Romper las tradiciones puede
ser más complejo que saltar sobre la sombra de uno. Aceptar a la naturaleza
como sujeto de derechos recae en tales complejidades. Se tolera reconocer
derechos casi humanos a personas jurídicas, pero no a la vida no humana.A lo largo de la historia, cada ampliación de derechos fue antes impensable. La emancipación de los esclavos o la extensión de los derechos a los afroamericanos, a las mujeres y a los niños y niñas fueron rechazadas por considerarse absurdas. Incluso la aceptación de los derechos humanos ha demandado y demanda aún una permanente lucha. En suma, el reconocimiento del “derecho a tener derechos” se ha conseguido siempre con luchas políticas para cambiar aquellas visiones, costumbres y leyes que negaban esos derechos; luchas que devienen en fuente pedagógica potente que exigen claridad conceptual y voluntad de cambio.
Así
emerge, con fuerza, el desafío transformador de reconocer los derechos de la
naturaleza, pasando de un mero enfoque antropocéntrico a uno socio-biocéntrico
que reconozca la indivisibilidad e interdependencia de todas las formas de vida
y que, además, mantenga la fuerza de las obligaciones y normas propias de los
derechos humanos. El fin es fortalecer y ampliar el régimen de los derechos
humanos, complementándolos y profundizándolos con nuevas generaciones de
derechos, en este caso los derechos de la naturaleza, como parte de la
permanente emancipación de los pueblos.
El disfrute de los derechos
humanos no puede separarse de un medio ambiente sano. La degradación ambiental
induce a graves violaciones de los derechos humanos, del derecho a la salud,
comida, agua, vivienda, trabajo. Por ejemplo, la expansión de la frontera
extractivista atropella a personas y comunidades que defienden la tierra y el
medio ambiente, afectando cuerpos, subjetividades y territorios. Los más
afectados son los guardianes de Una importante opinión de
Esto demanda fortalecer el principio de responsabilidad de los seres humanos para preservar los ciclos naturales de la naturaleza y reconocer su relevancia. Pero hay que ir más allá. Debemos entender y aceptar, en la práctica, que los seres humanos somos naturaleza. No podemos seguir explotándola y destruyéndola. La naturaleza pueda existir sin seres humanos, pero nosotros no podemos vivir sin nuestra Madre Tierra. Al respecto es clara la Encíclica Laudato Si: “Nosotros mismos somos tierra. Nuestro propio cuerpo está constituido por los elementos del planeta” Y va más allá el Papa Francisco, cuando afirma que “Estamos incluidos en la naturaleza, somos parte de ella y estamos interpenetrados.”
A
los derechos de la naturaleza se los considera como derechos ecológicos, a
diferencia de los derechos ambientales, que surgen desde los derechos humanos.
Estos derechos ecológicos buscan proteger ciclos vitales y procesos evolutivos,
no sólo las especies amenazadas o las áreas naturales. Se fijan en los
ecosistemas, en las colectividades, no en los individuos. La justicia ecológica
pretende asegurar la persistencia y sobrevivencia de las especies y sus
ecosistemas, como conjuntos, como redes de vida. Más allá de indemnizar a los
humanos por el daño ambiental, busca restaurar los ecosistemas afectados. En
realidad, se deben aplicar simultáneamente las dos justicias: la ambiental para
las personas, y la ecológica para la naturaleza; son justicias estructural y
estratégicamente vinculadas.
El
tránsito de la “naturaleza objeto” a la “naturaleza sujeto” ha empezado. Noción
que vive en las percepciones de los pueblos indígenas desde hace mucho tiempo.
Incluso podemos hablar de un “derecho salvaje”, propio de la Madre Tierra. Eso
sí, tenemos que destacar el gran impulso dado en la Asamblea Constituyente
de Montecristi en Ecuador, cuando se constitucionalizaron por primera vez los
derechos de la naturaleza.
Entendiendo que el colapso ambiental es una cuestión global, es
hora de impulsar la
Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza, desde
la propuesta formulada en la Cumbre de la Tierra de Tikipaya, en Bolivia, en
2010. Igualmente urge establecer un tribunal internacional para sancionar los
delitos ambientales, contra las personas y la naturaleza como se propuso en la
misma cumbre. En síntesis, los derechos de la naturaleza no se oponen para nada
a los Derechos Humanos. Es más, sin duda que ambos grupos de derechos se
complementan y potencian. Pronto llegará el día para construir una declaración
conjunta de derechos para la humanidad y la naturaleza, en tanto ambos son
derechos para la vida.
Alberto Acosta. Economista ecuatoriano.
Profesor universitario. Exministro de Energía y Minas. Expresidente de la Asamblea
Constituyente. Autor de varios libros.
No hay comentarios:
Publicar un comentario