Patricia Bullrich y el
protocolo antipiquetes: "No queremos que el país sea un caos"
18 de febrero de 2016
18 de febrero de 2016
Ayer, miércoles 17 de
febero, se aprobó el protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad en
manifestaciones en la reunión del Consejo de Seguridad Interior realizado en Bariloche , Río Negro, con el apoyo del 80 % de
los ministros de Seguridad. Esta mañana la ministra de Seguridad, Patricia
Bullrich, explicó el protocolo con frases como “Les vamos a dar cinco minutos;
se van o los sacamos” o "No queremos que el país sea un caos". Varias
voces se levantaron en oposición a
este protocolo. Aquí el protocolo completo. Por ANRed
En su discurso inaugural de las sesiones legislativas del pasado sábado 1, la presidenta Cristina Fernández realizó el tradicional balance de la
gestión kirchnerista. En el se refirió duramente a las protestas sociales y cortes de
ruta, para las que reclamó la aprobación de una "norma de respeto y convivencia urbana" , criticó a los docentes por sus demandas salariales y justificó lacondena a los petroleros de Las Heras,
entre otros temas polémicos que abordó, y que generaron duras
respuestas de parte de toda la izquierda, que coincidió en
calificar al discurso de "derechista" y
"represor", y contra los derechos de los/as trabajadores/as. Por ANRed.
Proyecto Conti:
Una ley para legitimar la represión
21 de julio de 2014
21 de julio de 2014
"El
primer proyecto de ley con que el Frente para la Victoria obedeció la orden recibida de su
jefa, la
presidenta Kirchner , en el discurso del 1º de marzo de este
año, de legislar para “reglamentar” (es decir, prohibir) las movilizaciones y
protestas callejeras, generó un repudio tan amplio que hasta sectores
oficialistas se plegaron a criticarla (...) En su reemplazo apareció el
promovido por la diputada ultra kirchnerista Diana Conti (...) Se trata, simple y brutalmente, de la prohibición explícita de cualquier
protesta".
Por
CORREPI, para ANRed.
Era demasiado burdo, aun para
el kirchnerismo, promover un texto que contenía cláusulas copiadas de un decreto de Pinochet, y
que utilizaba categorías tan expresamente represivas como “protesta legítima” y “protesta ilegítima” .
En su reemplazo apareció el promovido por la diputada ultra
kirchnerista Diana
Conti, que en escasos seis artículos, más el que invita
a los gobernadores a adherirse y el de forma, crea una “Comisión de Mediación” dentro del ministerio de Justicia y DDHH,
que deberá intervenir de inmediato ante cualquier protesta con“exteriorizaciones
que afecten a terceros ajenos al conflicto”, lo que incluye absolutamentetodo acto de repudio o reclamo.
El procedimiento previsto deja bien claro que se trata, simple y
brutalmente, de la prohibición explícita de cualquier protesta.
Ante una “reunión
de personas que peticionan o se expresan sin ejercer violencia, ni utilizando
armas”, la “autoridad competente” (eufemismo que siempre remite a las fuerzas de seguridad)
deberá intimar al cese y llamar
a la Comisión.
Así, en primer lugar, aunque no se hable expresamente de “manifestaciones
legítimas o ilegítimas”, se consolida de hecho la distinción, y se autoriza la inmediata
represión, sin mediación ni intimación alguna, sobre las “reuniones de personas” que, a criterio de esa “autoridad competente”, ejerzan violencia o
utilicen armas. Ya sabemos cuál es el concepto de “violencia” y de “armas” que
aplican los funcionarios estatales (de policías a jueces, de gendarmes a
fiscales) cuando el que está del otro lado es un trabajador organizado.
Mil veces hemos defendido en causas
penales compañeros imputados como“violentos” porque alguno tenía el rostro cubierto, o porque se calificó como“elemento contundente” una caña de una bandera. Ni hablar si hay cordones de seguridad,
bastones de autodefensa o si se ingresa a un edificio público. La semana pasada, sin ir más lejos, una radio abierta frente a la Cámara Criminal, organizada por
CORREPI, la RNMA y ENECA, fue calificada a viva voz como “acto violento” por la presidenta de la Sala V , porque se escuchaba
desde dentro del edificio.
La tarea de la Comisión es la de “canalizar las pretensiones o reclamos de un
modo en que no afecten los derechos de terceros”, lo que claramente se
traduce en la desactivación de la protesta, para sustituirla por
alguna instancia puertas adentro (elevación de petitorios, reuniones, mesas de
diálogo, etc.), es decir, todo lo que precede habitualmente cualquier reclamo
que llega a la calle.
Terminada la mediación, si la protesta
se mantiene, las fuerzas de seguridad tienen vía libre para intervenir y
hacerla cesar, lo que también se dice tratando que
no se note tanto: “si [la mediación] no tiene éxito, se hará una
intimación ordenando el cese de las acciones que afectan derechos de terceros,
y sólo si la orden no es
obedecida se podrá hacer uso de la fuerza pública para hacer cesar la comisión
de los delitos”.
La formulación “derechos de terceros” incluye, naturalmente, lo que sea
necesario para justificar la intervención represiva. Podrá ser cualquier cosa,
desde el “derecho
de circular” si hay una calle
cortada, hasta el de dormir la siesta sin ruidos en la vereda.
El artículo 6º es el que contiene la zanahoria envenenada para que algún distraído crea que su sanción pudiera ser útil a
los trabajadores.
“Se declara la amnistía de todas las
personas incursas en delitos cometidos en el marco de protestas, movilizaciones
y reivindicaciones sociales, gremiales y políticas, producidas a partir del 10
de diciembre del año 2001 y hasta la sanción de la presente ley.
Se excluyen los delitos de homicidio, lesiones graves y cualquier otro que
implique el ejercicio directo de violencia física sobre las personas”.
Prácticamente ningún compañero, de los
más de 5.000 que hoy enfrentan causas penales como consecuencia de
movilizaciones o protestas, podrá ser beneficiado con la anunciada amnistía. No hace falta detenernos en los petroleros de Las Heras, condenados por homicidio
calificado y coacción agravada, que quedan claramente excluidos. La figura
penal más liviana, y la más usada cuando hay detenciones en una movilización,
es el “atentado
o resistencia a la autoridad”, casi siempre combinado con daño y lesiones,
lo que hace años llamamos “combo manifestación”. Ni hablar del resto del menú
habitual de imputaciones en causas contra la militancia.
Salvo algún caso muy excepcional en el que sólo se acuse por la
obstrucción o interrupción del tránsito (que, en el ámbito de la CABA, se
canaliza más frecuentemente ante la justicia penal o contravencional de la
ciudad, a la que no alcanza este proyecto), no habrá cierre de ninguna causa.
La pretendida “amnistía” no cambiará la situación de los
compañeros condenados y presos, como los de Corral de Bustos o Esteche y
Lezcano, ni de los que esperan su juicio, como los de los saqueos de Bariloche , los que defendieron la Sala Alberdi o los
vecinos indignados que arremeten contra una comisaría después de un
fusilamiento o una muerte en la tortura.
Mientras el texto del proyecto intenta
disimular su verdadero objetivo, en la exposición de motivos la diputada
oficialista los confiesa. Allí habla de la
necesidad de “reglamentar las protestas
sociales para la mejor convivencia” (o
sea, la mejor conveniencia de los gobiernos) y pontifica que “el
Estado debe preferir en tanto sea posible, la utilización de todos sus
elementos de gestión, de prevención, de disuasión, atención y solución de
conflictos, antes de recurrir a la represión y al castigo penal”. El objetivo expresado es “solucionar
un problema real y acuciante de la Argentina actual... gestionando con criterio
democrático los conflictos sociales”.
El “problema real y acuciante” no son los despidos y suspensiones, los salarios caídos, la
inflación ni ninguno de los que aquejan al pueblo trabajador. El“problema real y acuciante” del gobierno es disponer de más y
mejores herramientas para reprimir, como siempre en democracia, con todo el
consenso posible.
Fuente: http://www.anred.org/spip.php?article8137
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