Los jueces son la Naturaleza y
los pueblos TIPNIS,
ecos de una histórica sentencia
Alberto
Acosta1
20 de mayo del 2019
“Que
este Tribunal prevenga el crimen del silencio” Bertrand Russel
¿Para qué sirve un tribunal cuyas
sentencias no son vinculantes? A raíz de la sentencia del Tribunal
Internacional de los Derechos de la Naturaleza condenando al Estado boliviano
por la inocultable violación de los Derechos de la Madre Tierra y los
derechos de los pueblos indígenas en el Territorio Indígena Parque Nacional
Isiboro Secure (TIPNIS), este cuestionamiento se repite una y otra vez. Una
aproximación superficial a este tema nos podría llevar a la conclusión de que
este interrogante tiene algún asidero. Pero no, el asunto es más complejo y profundo.
Este Tribunal se estableció en 2014 para promover el respeto y la garantía de
los derechos establecidos en la Declaración Universal
de los Derechos de la
Madre Tierra expedidos en abril de 2010, en Tiquipaya,
Cochabamba buscando una coexistencia armónica entre los seres humanos y el
resto de la Naturaleza; Declaración transformada en la ley 071 de Bolivia al
finalizar dicho año. Tal Declaración fue aprobada por la Conferencia Mundial
de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra , reunida
en Cochabamba del 19 al 22 de abril de 2010. En esa conferencia, 142 países
fueron representados por diversas delegaciones, grupos y movimientos sociales.
Esta declaración es el primer
instrumento internacional que considera a la Naturaleza como sujeto de
derechos, superando el paradigma antropocéntrico de “protección” a la Naturaleza. En esa
ocasión, el propio presidente Morales planteó también la necesidad de
establecer un tribunal internacional que sancione los delitos y crímenes en
contra de la Madre Tierra ,
sintonizándose con la necesidad de demandar Justicia Climática e incluso con el
reconocimiento de la
Deuda Ecológica a nivel mundial, planteada años antes desde
diversos ámbitos internacionales por movimientos sociales, indígenas, ecologistas
y de mujeres.
Como las violaciones a los Derechos de la
Naturaleza asociadas al TIPNIS ocurrieron en territorio del Estado
Plurinacional de Bolivia, la competencia material del Tribunal incluye las
normativas legales internas y también los tratados internacionales ratificados
por ese Estado. Así, el tribunal tiene jurisdicción para investigar y
dictaminar cualquier violación de derechos, o infracción de responsabilidades
establecidas en la Declaración, sean infracciones de organizaciones internacionales,
estados, personas jurídicas privadas o públicas o individuos. Además, puede
tomar como referencia los derechos de la Naturaleza reconocidos en otros
instrumentos legales, como por ejemplo la Constitución de la República del
Ecuador aprobada en el 2008.
Con estos antecedentes, cabe reconocer que el
Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza -que ha sesionado en
Quito, Lima, Paris y Bonn, ciudad esta última en donde recibió la denuncia
sobre las violaciones en el TIPNIS- tiene un carácter ético. Este Tribunal no
parte de ninguna instancia internacional (como Naciones Unidas), ni es un
componente de algún acuerdo entre varios Estados. Esto, que parece una grave
limitación, es su mayor fortaleza.
Como anotó Bertrand Russell en
Londres, el domingo 13 de noviembre de 1966, en la primera reunión preparatoria
para establecer un tribunal internacional que sancione los crímenes de guerra
(que luego llevaría su nombre), al no tener dependencia alguna, las decisiones
de estos tribunales éticos y hasta sus miembros son libres pues no están atados
a compromisos con poder alguno, ni político, ni económico. Tal como sucede con
el Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza. En
igual dirección se pronunció Jean-Paul Sartre, en Estocolmo, también un domingo
7 de mayo de 1967, al inaugurar como presidente el primer tribunal Russell,
conocido también como Tribunal Internacional sobre Crímenes de Guerra. Allí el
renombrado filósofo y escritor francés recordó al Tribunal Internacional de
Nüremberg para juzgar los crímenes en contra de la Humanidad durante el régimen
nazi. Sartre, reconociendo su importancia, anotó también las limitaciones de
ese tribunal que actuaba en función de las potencias triunfadoras en la II Guerra Mundial
y no fue un espacio internacional independiente; es más Sartre, con sobrada
razón, reclamaba que no se haya institucionalizado este tribunal para perseguir
los crímenes de guerra o las violaciones de lesa Humanidad perpetrados en otras
latitudes, sobre todo en el mundo subdesarrollado, como era, entonces, la
agresión imperialista norteamericana en Vietnam o luego los crímenes de las
dictaduras en Chile y Brasil, temas que abordó en su tiempo el Tribunal
Russell; que inspiró posteriormente la creación del Tribunal Permanente de los
Pueblos.
Por tanto, el poder de este tipo de tribunales
está, por un lado, en su independencia, pero por otro, en la calidad de sus
jueces y juezas. En el caso del Tribunal Internacional de los Derechos de la
Naturaleza fueron 26 personas, de todos los continentes, quienes emitieron el
15 de mayo pasado una sentencia sólidamente fundamentada. Se trata, empleando
palabras de Russel, de personas “eminentes, no por su poder, sino en virtud de
su contribución intelectual y moral a lo que se ha convenido en llamar, de un
modo optimista, civilización humana”. Actualizando las últimas líneas del
discurso inaugural de Sartre en 1967, concluyamos que en realidad los jueces en
el Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza están en todas
partes: son los pueblos y la misma Naturaleza.
Así esta sentencia, más allá de la
respuesta que le dé el gobierno de Evo Morales, no es solo una sanción al
Estado boliviano y su gobierno, sino también un llamado a la sociedad civil de
ese país y del mundo entero para construir democráticamente sociedades
biocéntricas, equitativas en términos socioeconómicos. Y desde esa perspectiva
este Tribunal demanda la creación de instrumentos vinculantes para castigar
dichas violaciones, lo que requiere la construcción de una declaración de
Derechos Universales que incluya a los Derechos Humanos y Derechos de la
Naturaleza; objetivo que se logrará con un proceso desde abajo, sumando
alianzas entre países que vayan incorporando los derechos de la Madre Tierra en sus
legislaciones. Por último, como señalara el gran filósofo inglés Bertrand
Russell, este tipo de tribunales tienen como tarea máxima el “prevenir el
crimen del silencio” ante las graves afrentas a la Humanidad y a la Naturaleza,
que provoca la voracidad indetenible del capital y del poder.-
1 Economista
ecuatoriano. Profesor universitario. Ex-ministro de Energía y Minas.
Ex-presidente de la Asamblea
Constituyente. Ex-candidato a la Presidencia de la República.
Fuente: http://www.rebelion.org/docs/256318.pdf
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