Documento de la
Red Nacional de Medios Alternativos
Luego de más de cinco años de discusiones en torno a la
presencia de los medios
comunitarios, alternativos y populares en la Ley de Servicios de Comunicación
Audiovisual, la
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
emitió la resolución 1478/2014 con fecha del 18 de diciembre pasado, que
establece un empadronamiento para medios
sin fines de lucro.
El reconocimiento explícito de las emisoras comunitarias en los
considerandos de dicha resolución muestra una batalla ganada en el camino de
conseguir el reconocimiento estatal de nuestros medios ,
un paso más en las conquistas de nuestro sector. Pero también marcan la demora
de 5 años en avanzar con su legalización.
Este camino no ha sido gratuito: años de trabajo y lucha, como
así también una histórica coordinación entre las redes que nuclean a nuestros medios para pedir por este sector de la
comunicación.
En diciembre de 2013, la Red Nacional de Medios Alternativos junto a medios de otras redes, presentó una propuesta de
resolución para que la AFSCA reconociera la existencia y especificidad de los medios comunitarios, alternativos y populares. Con
seis artículos establecía el otorgamiento provisorio de “una autorización
precaria que avale el funcionamiento de las emisoras comunitarias” y que
implique un “reconocimiento estatal de las mismas” hasta tanto el organismo
llamara a concursos, tal como prevé la ley, para legalizar a nuestros medios . El objetivo de dicho reconocimiento
provisorio era no solo que las emisoras comunitarias pudieran participar de
distintas instancias institucionales como, entre otros, fondos de fomento y
concursos, sino que sirviese de paraguas legal “en casos de sufrir
interferencias o decomisos de equipos” (Proyecto de Resolución)
Luego de varias reuniones con el organismo para trabajar sobre
este proyecto, la RNMA avanzó en coordinación con otras redes (FARCO , AMARC, Red Colmena) para aunar esfuerzos en
este sentido (“Las Redes de Medios Comunitarios
de todo el país nos reunimos con AFSCA”)
La resultante fue la sanción por parte de la AFSCA de la resolución 1478/2014 que si bien expresa en sus
considerandos la importancia que revisten nuestros medios
para la democracia y la necesidad de fortalecerlos para concretar lo que la misma Ley Audiovisual
se plantea como objetivos, sigue manteniendo las mismas limitaciones que
alertáramos desde marzo de 2009: no reconocer a los medios
comunitarios, alternativos y populares como actores comunicacionales con
especificidades que los diferencian de otras entidades sin fines de lucro.
La resolución aprobada alcanza a las “personas jurídicas sin
fines de lucro”, definición que abarca a las fundaciones con gran poder
económico y vinculaciones políticas, como así también las iglesias no
católicas. De hecho, esta clasificación abarca a los medios
confesionales que no entran en la categoría reservada para la Iglesia Católica.
Acordamos con el derecho de que estos actores puedan tener
sus propios medios pero objetamos
que desde la normativa se los continúe ubicando para competir por espectro en
igualdad de condiciones con los comunitarios, porque la propiedad, los
objetivos, los proyectos, la forma de gestionarse y las características, son
distintos.
La resolución 1478/2014 establece un “Procedimiento de Monitoreo
de Servicios de Comunicación Audiovisual por Modulación de Frecuencia” para lo
cual crea un “Padrón de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, que entendemos
como un nuevo censo similar al de 2009, pero específico para el sector sin
fines de lucro.
No quedan claros los alcances de dicho empadronamiento. Una vez
más, se hace hincapié en las obligaciones (documentaciones a presentar, o
inspecciones de las que los medios
deberán ser objeto), pero no en los derechos: ¿para qué servirá este
empadronamiento a nuestros medios ?
¿Funciona como una forma de reconocimiento? ¿Sirve para dirimir diferendos por
interferencias? ¿Sirve para detener decomisos o cierres de emisoras? ¿Servirá
como antecedente para cuando llegue el momento de abrirse los concursos?
Además, la resolución establece que luego de la presentación de
la documentación requerida, en un escueto plazo que va desde el próximo 2 de
febrero al 6 de marzo, la Dirección de Proyectos Especiales elaborará un
informe “asignando a aquellos cuya operatividad se hubiere verificado, a través
del área competente, un número de empadronamiento”, pero no pone plazos
concretos para que el organismo efectúe dicha verificación.
El empadronamiento, por otra parte, alcanza solo a las radios y
no a las televisoras y está circunscripto a las llamadas “zonas de conflicto”.
En zonas de disponibilidad se ha avanzado en la apertura de concursos, aunque,
sin elaboración de un plan técnico, no es claro que se esté respetando la
reserva del 33% para las entidades sin fines de lucro, tal como exige la ley. En zonas de
saturación no lo ha hecho porque sin plan técnico que reacomode el espectro, es
imposible abrir concursos.
Como resumen, podemos decir que este empadronamiento es una
herramienta más para los medios
comunitarios, alternativos y populares y una muestra más que el Estado ha
permanecido en falta con el sector. Asimismo, no queda claro si es una forma de
reconocimiento, qué alcances tiene, o si solo es un listado más. Si uno de los
objetivos fuese que la AFSCA sepa quiénes somos y dónde estamos -para que en un
futuro no definido se puedan concursar las frecuencias que ocupamos– creemos
que el censo de 2009 ya aportó esos datos.
Como sea, será virtud de la lucha y la creatividad de nuestros medios , usar también esta resolución en favor de la
salud del sector. Como siempre, habrá que seguir monitoreando de cerca la
efectivización, tanto de este empadronamiento, como de los derechos del sector
en general.
Alrededor de 200 emisoras – al menos las organizadas en redes - constituyen nuestro sector frente a un total de 8500 operativas, relevadas porla Comisión Nacional
de Comunicaciones en el 2010 que pueblan el espectro radioeléctrico de
Argentina. Sin duda, las emisoras comunitarias, alternativas y populares no
representamos un problema para la plena aplicación de la ley 26.522 de
Servicios de Comunicación Audiovisual.
Losmedios comunitarios, alternativos y populares
trabajamos día a día acompañando y construyendo agenda junto a los movimientos
sociales, políticos y culturales de nuestro país y toda Latinoamérica. En ellos
nuestra comunidad es parte activa de la construcción de los relatos de su
propia realidad. Desde nuestros medios
visibilizamos las injusticias, la impunidad, la corrupción, el accionar del
aparato represivo del Estado y también las luchas, las victorias populares, y
las alegrías cotidianas de las creaciones colectivas de nuestro pueblo. Nacimos
de su necesidad de decir, escribir y mostrar su verdad. Hoy queremos que el
Estado reconozca esta verdad y legalice nuestro trabajo y funcionamiento.
Por eso desdela Red Nacional
de Medios Alternativos seguimos reclamando:
Alrededor de 200 emisoras – al menos las organizadas en redes - constituyen nuestro sector frente a un total de 8500 operativas, relevadas por
Los
Por eso desde
- La realización de un PLAN TÉCNICO de frecuencias en todo el
territorio nacional, que permita reservar el 33 % del espectro radioeléctrico
que, tal como lo determina la Ley, corresponde al sector sin fines de lucro
(SFL).
- Los LLAMADOS A CONCURSOS en las denominadas
“zonas de conflicto”, que son los principales centros urbanos del país, donde
no existen hasta la fecha concursos para el sector SFL. En este contexto
nuestros medios se ven impedidos de
acceder a licencias y en muchos casos continúan sufriendo interferencias de medios comerciales de comunicación.
Argentina,
12 de febrero de 2015
Red Nacional de Medios Alternativos
A propósito de
una definición reclamadaRed Nacional de Medios Alternativos
Desde la AFSCA nos han reclamado en forma constante la necesidad de una definición de
Mas allá de la definición que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual hace en el artículo 4º, y que es tomada por la resolución recientemente aprobada, desde la RNMA entregamos el 20 de setiembre de 2011 un documento al organismo en el que definimos qué somos (“La RNMA presentó su definición de Medios Comunitarios, Alternativos y Populares ante la AFSCA”)
Pero además está claro también para el presidente de
Durante la entrevista al presidente de la AFSCA, Martín Sabatella, se le preguntó: ¿Cómo distinguiría usted a una radio comunitaria, alternativa y popular o a una televisora comunitaria, alternativa y popular de una sin fin de lucro que no sea comunitaria, alternativa y popular?
Aquí
su respuesta: “para mí, espacios comunitarios y populares son los que cumplen
estas condiciones: organizaciones populares, comunitarias, sin fines de lucro
que son las herramientas que tiene nuestro pueblo para poder expresarse, porque
muchos otros medios que tienen otros
objetivos, que tienen el objetivo de la rentabilidad, que tienen el objetivo
empresario, no le dan la palabra a los sectores justamente que, esas
organizaciones populares y comunitarias quieren que tome la palabra (…) No es
lo mismo una fundación, una organización que tiene una cantidad de recursos,
que tiene una cantidad de posibilidades, para poder, en definitiva, manejar
determinados emprendimientos, y otra cosa es una organización popular, insisto,
comunitaria, sin fines de lucro que tiene una función social indiscutible y que
le da voz a quienes de otra manera quizá no tienen la posibilidad de tomarla
esa palabra o esa voz (…) ”.
Argentina, 12 Febrero 2015
Red Nacional de Medios Alternativos
www.rnma.org.ar
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