domingo, 5 de abril de 2020

Comprobamos como grandes capitales imponen "criterios y lógicas incompatibles con lógicas que garanticen la prevención colectiva de la salud. Y que el carácter disperso, contradictorio y confuso de las intervenciones de los diferentes organismos estatales – salvo cuando media la fuerza sindical – ha reforzado los primeros".

La “esencialidad” de la producción en una pandemia: 
salud colectiva o 
ganancia Individual
4 de abril de 2020



El 19 de marzo el Gobierno Nacional dispuso el aislamiento obligatorio para el conjunto de la población con el objetivo de enfrentar la pandemia Covid-19. Se trata de una medida sumamente extraordinaria que dificultaría la producción de muchos de los bienes y servicios necesarios para nuestras vidas. Por ello, la cuarentena obligatoria para el conjunto de la población nació limitada. En esos límites, miles de trabajadores y trabajadoras libran una batalla cotidiana -y absolutamente silenciada por los medios– por sus condiciones de salud y por la posibilidad de llevar adelante las medidas de prevención necesarias.

Por Julia Soul y Karina Ciolli para ANRed.

La redaccíón de las normas y la autoridad incuestionada de los empresarios
En el decreto N°297/20, el Gobierno dispuso el aislamiento obligatorio para el conjunto de la población y estableció sus límites. El DNU enumera a 24 sectores de producción y servicios cuyo personal está exceptuados de cumplir con el aislamiento ya que las tareas que desempeñan tienen un carácter esencial en la situación de emergencia sanitaria que atraviesta el país. En sucesivas normas, se sumaron 10 sectores más al día siguiente y otros 8 el 2 de abril ante la prolongación de la cuarentena.
El repaso de estas excepciones evidencia un doble objetivo por parte del Estado: el primero, gestionar las actividades sociales y las tareas que se desprenden de la Emergencia Sanitaria y la cuarentena obligatoria (además del obvio personal de salud, los trabajadores y trabajadoras de comedores populares y merenderos, las fuerzas de seguridad, la industria de la alimentación, etc). El otro, sostener los resortes de actividad productiva que garanticen la continuidad de la inserción de la producción de Argentina en el mercado mundial – fundamentales para sostener las políticas de compensación y contención social anunciadas. Es por ello que, además de la amplia definición de ciertos sectores, la actividad agropecuaria en toda su cadena continua funcionando normalmente, exponiendo a los trabajadores del sector a condiciones sanitarias deplorables.
La paralización forzada de la producción de bienes o de servicios es absolutamente contraria al interés de los empresarios individuales. De allí que cada uno ellos intente definir su actividad como parte de las “excepciones” y continuar con las tareas normalmente, haciendo uso de la autoridad y del poder que tiene sobre los trabajadores y trabajadoras que dependen de su salario. En contrario, los y las trabajadores entienden que su interés inmediato es preservar su salud y la de sus familias, evitando los desplazamientos y la exposición al contagio tal y como recomiendan las autoridades. Entonces, la lógica de prevención de la salud de la población dispuesta por la Emergencia Sanitaria lleva a un cuestionamietno de la lógica empresaria. Es por ello que la condición de esencial no debería ser definida unilateralmente por el empleador, como expresa un informe elaborado por Guillermo Pérez Crespo del Taller de Estudios Laborales que analiza la normativa que regula la vida laboral durante la cuarentena.
¿Quién establece la “esencialidad”?
El listado de sectores exceptuados abarca una amplia red de empresas que elaboran productos, finales, proveedores, empresas tercerizadas que les prestan servicios, entre otras. Es así que la “esencialidad” de las actividades de cada establecimiento la deciden los empresarios, a partir de la interpretación que realicen de la normativa sobre el tema. Esta es la respuesta unánime de la consulta realizada a abogados laboralistas, trabajadores, delegados y referentes sindicales de diferentes sectores de la producción. En el trasncurso de la medida de aislamiento, se advierte que, contra los criterios de esencialidad que esgrimen los empresarios, surgen criterios de los trabajadores, dando lugar a conflictos al interior de los espacios de trabajo.

Desde la vigencia de la cuarentena obligatoria han circulado denuncias de trabajadores de call centers abocados a tareas administrativas o comerciales (de empresas de diversos rubros) que eran intimados a concurrir al trabajo. En Mastellone Hnos. (principal grupo del país dedicado a la industria lactea) las y los trabajadores administrativos fueron obligados a continuar recurriendo al lugar de trabajo. Luego de una exigencia hacia la gerencia el trabajo se reorganizó mediante “home office” y “guardias”. Los trabajos de remodelación, montaje y obras también son cuestionados: un trabajador de Unilever advierte que “siguen trabajando empresas contratistas haciendo tareas de remodelación del edficio que no son de urgencia, exponiendo a terceros y a nosotros, los operarios, a un flujo de gente innecesaria en la planta”. El carácter esencial de los productos es otra discusión: algunas Comisiones Internas (Mondelez, Pepsico, Felt Fort, Bimbo) cuestionan que las golosinas y snacks sean esenciales para la vida social y reclaman el acatamiento de la cuarentena por parte de las empresas.
A su vez, los trabajadores entienden que la producción esencial es aquella destinada al mercado interno. En términos de un trabajador de Unilever: “no creemos que [el jabón en polvo] sea un producto esencial, ya que la compañía trabaja con mucho stock y estamos produciendo para exportación a Chile, Paraguay, Uruguay y Trinidad y Tobago (…)”. La Comisión Interna del Frigorífico Rioplantense se expresó en el mismo sentido respecto de los niveles de operación del establecimiento. La Federación de Trabajadores Aceiteros discutió con las cámaras empresarias la esencialidad de una parte importante del sector efectivamente ligado al sector exportador, pero no a la Alimentación. 

 Frente a la imposibilidad de imponer el cumplimiento de la cuarentena, la organización avanza en el establecimiento de protocolos de prevención y el control de su cumplimiento a través de los Comités Mixtos de Seguridad e Higiene. El carácter inmediato del consumo del producto es otro criterio que esgrimen las organizaciones sindicales. En Campana, la Unión Obrera Metalúrgica entiende que la producción de la planta de Tenaris – Siderca no es esencial, puesto que la producción se orienta a excavaciones y perforaciones futuras. Sin embargo, la empresa sostiene que puede producir normalmente puesto que entra en las excepciones contempladas para el rubro de producción y transporte de energía. En comunicados emitidos ante el anuncio de la cuarentena obligatoria y su prórroga, el sindicato ha expresado que “(…) ninguna actividad vinculada a la industria siderúrgica, metalmecánica, autopartista ni metalúrgica de nuestra región se encuentra alcanzada por las ezcepciones (…) para continuar con actividades productivas” En la actualidad sólo están trabajando unos sesenta operarios por turno en las “áreas ininterrumpibles” (que no pueden detenerse sin causar serios deterioros a los equipos).
En relación con esta contradicción, la Asociación de Abogados Laboralistas ha solicitado el control efectivo del cumplimiento de las medidas de aislamiento y advierte que las nuevas regulaciones deben interpretarse atendiendo a que “la regla es el aislamiento y la excepción es el funcionamiento de las actividades mencionadas”. Desde la UOM Campana plantean la necesidad de control e inspecciones y sostienen que “el Decreto deja algunos grises [y los trabajadores] corremos el riesgo de algún tipo de represalia por parte de la empresa (…)”

Trabajadores, Sindicatos y Estado.
En el sistema de relaciones laborales, las diferencias y conflictos que enfrentan a trabajadores y sindicatos con los empresarios se dirimen en ámbitos institucionales dependientes del Ministerio de Trabajo. En varios casos, la intervención de los Ministerios (provinciales y nacional) ha fortalecido la lógica del interés particular del empresario sobre la lógica de salud pública. La Federación de Trabajadores Aceiteros y Desmotadores considera que la actividad de las desmotadoras no reviste carácter de esencial. En contrario, las empresas que sostienen su operación argumentando que proveen materias primas a la elaboración de insumos sanitarios (batas, barbijos, etc) y han enviado telegramas de intimación a los trabajadores bajo amenaza de despidos. En un comunicado el Sindicato de Trabajadores Aceiteros y Desmotadores de Santiago del Estero explica que “(…) hemos solicitado la intervención del Ministerio de la Producción y de la Secretaría de Trabajo de la Provincia así como del Ministerio de Producción de la Nación (…) con resultados negativos en ambos casos”. Otra suerte corrió el reclamo del SUTNA (trabajadores del neumático) ante el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Córdoba. Este organismo había autorizado el funcionamiento de una empresa de neumáticos, que se consideraba integrada al sector transporte. Ante el reclamo sindical, el Ministerio provincial reconoció no tener atribuciones para declarar excepciones y se logró el acatamiento del aislamiento por parte de la empresa.
El Ministerio de Trabajo decretó conciliaciones obligatorias al menos en dos casos: a URGARA (Peritos Recibidores de Granos) que el 20 de marzo anunciarion una huelga por considerarse abarcados por la cuarentena y en el rubro papelero, para normalizar la producción en plantas cuyos trabajadores y representantes sindicales no consideraban “esenciales”. En Tandil, la seccional local de la UOM interrumpió la producción en una fábrica de válvulas de seguridad para máquinas industriales de la industria alimienticia. Ante la disputa sobre la esencialidad o no de tal tarea, empresa y sindicato recurrieron a las autoridades municipales, no al Ministerio de Trabajo. En el ámbito local entonces, acordaron que la empresa presente al Municipio una declaración jurada en la que conste que es proveedora de firmas ligadas con el rubro de Alimentación.
Los casos y las denuncias se multiplican, con distinta suerte para los colectivos de trabajadores. Lo cierto es que la discusión sobre la excepcionalidad pone de manifiesto que el mundo de la producción está regido por criterios y lógicas incompatibles con lógicas que garanticen la prevención colectiva de la salud. Y que el carácter disperso, contradictorio y confuso de las intervenciones de los diferentes organismos estatales – salvo cuando media la fuerza sindical – ha reforzado los primeros. En los hechos las resoluciones que regulan la vida laboral apenas cuestionan la autoridad de los empresarios individuales para continuar organizando la producción de acuerdo con sus intereses. En este contexto, son los trabajadores, los cuerpos de delegados, las comisiones internas y – en algunos casos – las organizaciones nacionales, los que pueden garantizar que prevalezca el interés colectivo de la prevención por sobre el interés privado de la acumulación de capital.

https://www.anred.org/2020/04/04/la-esencialidad-de-la-produccion-en-una-pandemia-salud-colectiva-o-ganancia-individual/

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