Ley
de hidrocarburos: convenio Chevron para todos
Jueves 18 de
septiembre de 2014 | Edición del día - El nuevo proyecto de ley, producto de
arduas negociaciones entre las provincias y el gobierno nacional, generaliza el
convenio Chevron. Una reglamentación al servicio de las empresas.
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Lejos en el tiempo quedaron las ensoñaciones respecto de las
posibilidades que abriría lo que se presentó como una estatización de YPF, que
fue en los hechos una “recompra” parcial del 51% del paquete accionario. En
2012 se hablaba de que el petróleo sería un bien estratégico, y dejaría de ser
tomado como una mercancía. Siendo que ya entonces estaban buscando pactos con
otras petroleras para empezar con el shale, todo el planteo resultaba poco
creíble. Pero los sectores “progres” no se privaron de llenar páginas y páginas
con estas ilusiones, y hasta el hoy ministro de Economía –por entonces
viceministro- se dio por entonces el gusto de elaborar el decreto 1.277 de
2012, que reglamentó el “Nuevo régimen de Soberanía Hidrocarburífera”, que
ponía fin a la libre fijación de precios, bonificaciones, volúmenes de
exportación y de disponibilidad de divisas por parte de las empresas.
“Soberanía”,
bajo las banderas de Chevron
Pero el convenio con Chevron fue el primer paso para sepultar
todas estas expectativas. Previo al acuerdo, el decreto 929 de julio de 2013,
estableció un “Régimen de promoción de inversión para la explotación de
hidrocarburos” que desandó buena parte de lo establecido en 2012. Este decreto
aseguraba a las firmas que invirtieran por más de 1.000 millones de dólares que
gozarían en 5 años “del derecho a comercializar libremente en el mercado
externo el 20% de la producción de hidrocarburos” sin pagar derechos de
exportación. Además, otorga la libre disponibilidad del 100% de las divisas
provenientes de dicha exportación. Si no pudieran exportar por necesidad de
abastecer al mercado interno, no perderán los beneficios prometidos: tienen el
derecho de obtener por el 20% exportable el precio equivalente al de
exportación sin ningún derecho de exportación. Aunque a cambio recibirán pesos,
están expresamente a salvo del cepo cambiario para convertir a dólares el
equivalente a ese 20% exportable.
Aunque se pretenda que se trata de una legislación complementaria
al decreto 1.277, punto por punto niega lo establecido en el mismo. A estas
concesiones garantizadas por el decreto, se agregó el hecho de que el convenio
(del cual todavía hay muchos puntos mantenidos en las sombras) está celebrado
bajo jurisdicción francesa y estadounidense. Y después se hacen los
sorprendidos cuando los buitres acechan.
Una
ley para dar aún más “seguridad jurídica” a los buitres petroleros
Sin embargo, con este decreto no alcanzaba. Entre otras cosas,
porque con la reforma de la Constitución del ’94 de Menem los recursos son de
las provincias, que pueden otorgar o extender las concesiones, así como
anularlas. La
llamada Ley Corta , aprobada en 2007, dio más poder de
negociación a las provincias, que pueden establecer el aumento de regalías e
impuestos varios. Sobre esto se proponía avanzar el kirchnerismo, y
particularmente el gerente de YPF S.A., Miguel Galuccio, para poder estar en
mejores condiciones para negociar acuerdos entreguistas. No se puede entregar
aquello que maneja otro; por lo menos no sin que también se lleve su parte.
Fue esta batalla –que bien podríamos definir como una competencia
entre cipayos- lo que tuvo durante tres meses empantanada la salida de la ley. Hasta el martes
16, en que finalmente se llegó al acuerdo.
Algunos puntos salientes de esta ley:
Establece 25 años de concesiones
para las explotaciones convencionales, y se extienden a 35 años en el caso de
explotaciones de hidrocarburos no convencionales. En ambos casos es posible que
las empresas soliciten una prórroga de 10 años más (igual que puede hacerlo
Chevron).
Las regalías serán de 12%, y se
pueden reducir a 5% si la autoridad provincial o nacional lo dispone. Esto está
por debajo del nivel que tienen hoy en algunas provincias o regiones (hay áreas
de Neuquén donde llega al 15%). En caso de prórroga podrán elevarse a 18%.
Impuesto a ingresos brutos no podrá superar el 3%. Las provincias o municipios
no pueden inventar nuevos impuestos, ni subir las tasas de los sellos vigentes
a la fecha.
El art. 19 fija el piso para
entrar al “Régimen de Promoción de Inversión para la Explotación de
Hidrocarburos” (decreto 929/13) a 250 millones de dólares en 3 años. El decreto
929 lo establecía en 1.000 millones en 5 años. Cumplidos los 3 años las empresas
podrán exportar libremente con 0% de alícuota, un 20% de lo producido en el
caso del convencional y no convencional, y un 60% del "off shore"
(costas afuera).
A las empresas que soliciten una
concesión de no convencionales hasta 36 meses desde la entrada en vigencia de
la ley, se les puede reducir las regalías “hasta el 25%” el monto
correspondiente a regalías aplicables, durante los 10 años siguientes a la
finalización del proyecto piloto. Es decir que podrían llegar a pagar regalías
de 9%.
En caso de prórroga, las empresas abonarán a las provincias un canon de reingreso equivalente al 2% de las reservas probadas al momento de la prórroga.
En el art. 18 autorizan a las empresas provinciales a encarar asociaciones con empresas. Sin mencionarlo, permiten que las provincias sigan aplicando el método de “carry” o acarreo (es decir asociarse sin invertir a cambio de eximir a las firmas de pagar canon de ingreso).
En caso de prórroga, las empresas abonarán a las provincias un canon de reingreso equivalente al 2% de las reservas probadas al momento de la prórroga.
En el art. 18 autorizan a las empresas provinciales a encarar asociaciones con empresas. Sin mencionarlo, permiten que las provincias sigan aplicando el método de “carry” o acarreo (es decir asociarse sin invertir a cambio de eximir a las firmas de pagar canon de ingreso).
En el art. 21, se establece que a
las provincias, además, les toca “un monto de 2,5%” de la inversión inicial
para “responsabilidad empresaria”. No plantea ningún monto fijo para obras de
infraestructura en los pueblos afectados (aún en el acuerdo con Chevron había
una previsión de 500 millones de dólares para afrontarlas).
Las importaciones de bienes “imprescindibles” pagarán aranceles según el decreto 927/13, que fija alícuotas de 0% y 14% según los bienes de que se trate.
Las importaciones de bienes “imprescindibles” pagarán aranceles según el decreto 927/13, que fija alícuotas de 0% y 14% según los bienes de que se trate.
De esta forma, provincias y nación llegan a un acuerdo para dar
fuerza de ley al esquema Chevron. Obviamente, ni una palabra del medio
ambiente. Un nuevo estatuto de coloniaje, pero bien federal.
Seguramente el gobierno puede argumentar que no hay otra forma de
incrementar la producción para lograr la “soberanía hidrocarburífera”
(burdamente igualada a autoabastecimiento aunque este se logre entregando Vaca
Muerta a las multinacionales por 40 años). ¿Acaso no había otro camino? Y, si
se descarta como hizo el kirchnerismo un cambio en el conjunto del sistema
energético, afectando sólo la propiedad accionaria del 51% de YPF S.A., era
cantado que no había alternativa a abrazarse a las grandes petroleras
extranjeras. La alternativa pasa por la expropiación y estatización sin pago de
todo el complejo petrolero y gasífero, desde la extracción hasta la refinación,
y su puesta a producción bajo control de sus propios trabajadores, como plantean
el diputado nacional Nicolás del Caño y el ex diputado provincial en Neuquén y
dirigente ceramista de FaSinPat Raúl Godoy en el proyecto que presentarán la
semana próxima. La inversión en base a esta apropiación de la renta es la única
alternativa verdaderamente soberana, para encarar una producción respetuosa del
medio ambiente y en función de las necesidades sociales, y no de la ganancia.
Fuente: http://laizquierdadiario.com/Ley-de-hidrocarburos-convenio-Chevron-para-todos
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