Argentina. Código Civil y Comercial: debates y
duras críticas al proyecto
Por: INDYMEDIA
El pasado lunes se realizó en Rosario la Audiencia Pública
para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial
de la Nación. En
la misma, alrededor de 80 oradores realizaron sus valoraciones, aportes y
críticas. Los principales reclamos en torno al proyecto elevado por el Poder
Ejecutivo Nacional provinieron de organizaciones de Pueblos Originarios,
abogados laboralistas, especialmente los representantes de los trabajadores del
Estado y organizaciones defensoras de los derechos de géneros.
El Código Civil del siglo XIX, obra del destacado jurista
Dalmacio Vélez Sarsfield, tiene sus días contados. Engordado con modificaciones
parciales, llega a los 4000 artículos y su reforma y unificación con el Código
Comercial está siendo debatida en diversos sitios del país y significarán una
importante
simplificación de la estructura normativa y una
importante reducción de normas vigentes.
El anteproyecto, encabezado por tres reconocidos
juristas designados por el Poder Ejecutivo Nacional, entre ellos el Presidente
de la Corte Suprema
de Justicia de la
Nación Ricardo Lorenzzetti , tuvo en cuenta proyectos de
reformas anteriores y gran cantidad y variedad de aportes académicos, trabajos
críticos de la doctrina y decisiones jurisprudenciales. No obstante, antes de
ser lanzado al debate, el ejecutivo introdujo una serie de modificaciones que,
junto con algunas otras omisiones y planteos incorporados, fueron criticados
por diversos sectores.
La discusión sobre el nuevo Código Civil y
Comercial pasó por Rosario en una larga jornada que contó con alrededor de 80
expositores y con una suerte de escrache de baja potencia por parte de sectores
vinculados al fundamentalismo religioso que pretendían dar de baja los
artículos vinculados a fertilización asistida y concepción por sustitución. La
Sede de Gobierno de la
Universidad Nacional de Rosario fue el escenario del
encuentro, donde variados actores sociales se manifestaron con el objeto que la Comisión Bicameral
que resuelva sobre el proyecto, incorpore sus posturas.
La cuestión originaria
Diversas organizaciones vinculadas al derecho
indígena manifestaron preocupación por la forma actual en la que sus derechos
se incluyen en el proyecto del nuevo código. Las críticas más importantes que
se realizaron a nivel nacional por diversos medios fueron las siguientes:
- Se otorgarán a los colectivos indígenas
personerías jurídicas de carácter privado, similares a las de una sociedad
anónima o un consorcio de propietarios. Este punto arrastró varias críticas
sobre todo por no reconocer derechos adquiridos en tratados internacionales,
como el Convenio 169 de la Organización Internacional
del Trabajo (OIT). Además, se lo consideró una potencial herramienta de
manipulación política de dichas organizaciones por parte de los gobernantes.
- Territorio: se oponen a que este punto se
incorpore en el código civil, que aborda el ámbito de lo privado. El Pueblo
Indígena es, afirman, una persona jurídica de derecho público. Asimismo, la
limitación de la propiedad comunitaria al ámbito rural, desconoce las
migraciones y realidades que se dan en el ejido urbano.
- Explotación de recursos naturales: el Artículo
2038, plantea que la explotación de recursos naturales "está sujeto a
previa información y consulta a las comunidades", expresión que en su
forma es para los dirigentes del Consejo Plurinacional Indígena
"violatorio de todos los avances" sobre derecho en este área.
Desde el Consejo consideraron que "la vulneración
de derechos presentes en el proyecto no es un descuido" y lo entienden
como una avanzada contra el derecho indígena, "el único que tiene legitimidad, autoridad moral y peso
jurídico para condicionar o detener un modelo de explotación extractivista, que
es un proyecto de muerte para nuestros territorios". En consonancia, desde
el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (Odhpi), consideraron
que incluyendo la posesión indígena de tierras en el Código Civil de la forma
al momento establecida, los jueces penales tendrán vía abierta para condenar a
los miembros de las comunidades porque estarán 'usurpando' tierras que el
Estado tituló a nombre de otro.
Oscar Talero, presidente local de la comunidad Qadhuoqté ,
participó del debate en la sede de la UNR destacando la necesidad de
"discutir el tema del territorio no sólo en el ámbito rural, sino también
urbano. Queremos que nos reconozcan los entes jurídicos que nos nuclean y que
eso se aplique a nivel nacional".
También presente en la jornada local, Ángela
Jaramillo, Directora de Afirmación de Derecho Indígena del Instituto Nacional
de Asuntos Indígenas (INAI), consideró fundamental pensar en una
"personería jurídica pública no estatal para las comunidades indígenas,
pensando en marco específico para enmarcar la personería. La idea
es que quede bien asentado que no se necesite permiso como en asociaciones
civiles clásicas, sí en termino de tomas de decisiones para no caer en un
vacío".
Igualdad de Géneros
Sin lugar a dudas el nuevo código plantea
algunos puntos s progresivos en conquistas de derechos, como la no
discriminación en la unión civil, que abandonó el calificativo
"igualitario". El presidente de la Federación Argentina
de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, Esteban Paulón, resaltó el avance que
genera el código en tal sentido, pero puntualizó la necesidad de incluir la
maternidad lésbica dentro del punto de la reproducción humana asistida.
El referente LGTB consideró como necesario que
la nueva legislación brinde "mayores garantías para las mujeres gestantes
en la gestación por sustitución. Coincidimos que no tiene que ser oneroso el
convenio, sino basado en la solidaridad, pero entendemos que hay gastos médicos
y situaciones vinculadas al bienestar físico y psicosocial de la mujer gestante
que deben ser tenidos en cuenta en el código y deben alcanzar el puerperio e
incluso 6 o 12 meses posteriores a la gestación". Asimismo, apuntó contra
el "sostenimiento de privilegios a la iglesia católica como entidad de
bien público", establecida en el Artículo 146 del proyecto,
"equiparándola en la enumeración con el estado nacional y
provinciales".
Por su parte, la ex legisladora
y miembro del Centro de Estudios Universitarios, Políticos y Sociales Igualdad
Argentina, Silvia Ausburger, señaló la necesidad de que se modifique la fórmula
del artículo 19 del proyecto que establece que "la persona humana empieza
desde la concepción en el seno materno o desde la implantación en los casos que
se trate de reproducción asistida, sin perjuicio de lo que prevea la ley
especial para la protección del embrión no implantado. En este sentido,
entendemos que esta determinación no debiera incidir en la discusión todavía
pendiente sobre despenalización y legalización del aborto, sin perjuicio de
ello, la redacción propuesta es compleja. Creemos que si el objetivo era hacer
expresa mención a los derechos del embrión y feto deseado a los fines
hereditarios y de alimentos (objetivo que se expresa para justificar la actual
redacción) se podría haber elegido otras fórmulas menos controversiales",
expuso la defensora de los derechos de géneros. Ausburguer destacó además la
necesidad de que se implemente la obligatoriedad del doble
apellido para el registro de hijos e hijas.
"Un retroceso respecto al régimen
vigente"
Respecto a la modificación de varios institutos
que hacen al Derecho del Trabajo, desde la Asociación Trabajadores
del Estado (ATE), la
abogada María Eugenia Caggiano y su par Matías Cremonte,
hicieron fuertes críticas. "Son inexplicables las modificaciones del
anteproyecto elaborado por expertos designados por el propio poder ejecutivo
nacional", sostuvieron en su presentación, en la que además calificaron
los cambios introducidos por el Poder Ejecutivo como un "retroceso
respecto al régimen vigente y al propio anteproyecto".
La mayor preocupación radica en que las
modificaciones al anteproyecto "excluyen la responsabilidad civil del
Estado y sus dependientes, remitiéndola al campo del derecho administrativo en
el cual no existe una previsión legal referida a la materia, resultan
conculcatorias del principio de progresividad de jerarquía
constitucional". Puntualmente, los abogados señalaron que se licuó la
responsabilidad del Estado ante damnificados por los daños ejecutados por sus
actos, remitiendo todo al mencionado derecho administrativo. Como consecuencia
fáctica, ante un daño sólo se aplicaría una sanción administrativa al
funcionario responsable, sin contemplar reparación al damnificado.
Un ejemplo figurativo brindado por los
representantes legales de ATE fue que "un trabajador estatal que se
accidentare o sufriese una enfermedad profesional en ejercicio u ocasión de sus
funciones, carecería del derecho a accionar por el resarcimiento pleno del daño
sufrido, limitándose exclusivamente a percibir las magras prestaciones
previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo". Esta situación, detallaron
Caggiano y Cremonte, descarta ocho años de evolución jurisprudencial y
trascendentes fallos de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación en esta materia. Esto
sería una discriminación peyorativa del empleado público respecto a los
trabajadores privados y es regresiva respecto al código actual.
Real malicia
El Sindicato de Prensa de Rosario (SPR), también
en nombre de la Federación de Trabajadores de la Cultura y la Comunicación
compuesto por sindicatos de diferentes puntos del país, propuso la
incorporación de la doctrina de la real malicia en el nuevo código, lo que
significaría que, en caso de que un funcionario sienta ofendido su honor, sea
él quien ante la justicia tenga que demostrar que el periodista actuó con
desdeño en la construcción de una información veraz.
"Esta doctrina se basa en marcar una íntima
relación entre la libertad de expresión, el derecho a la información y la
responsabilidad de los periodistas en la tarea que hacen, pero a la vez que no sean sancionados en las
tareas e investigaciones que hacen o en las opiniones que dan a conocer porque
no caigan bien a uno u otro funcionario público", explicó Alicia Simeoni,
del SPR
En este sentido, la referente gremial consideró
que no se trata de ir contra el honor ni la intimidad de nadie, pero sí
ponderar que los funcionarios públicos tienen "ya de por si una protección
mayor con derecho a réplica", o la posibilidad con la que cuentan en
acceso a los medios para hacer su descargo. En Rosario, afirmó Simeoni
"hay muchos casos de personas demandadas siempre con el pedido de
resarcimiento económico lo que es un amedrentamiento importante para cualquier
comunicador".
Valorando la libertad de expresión como un derecho
humano, el SPR sumó su perspectiva al debate del proyecto del nuevo Código
Civil y Comercial. En los encuentros promovidos por el gobierno nacional
y mediante diversos medios, se multiplican las voces que pretenden que no sólo
sea inclusivo el debate, sino también y fundamentalmente, el texto que
finalmente se apruebe.
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