domingo, 11 de agosto de 2019

"Nos alerta y nos induce a que en materia de aguas hagamos uso del Principio Precautorio (establecido en el art. 7º y literal c) del art. 8º de la ley 18.610) y, en vez de promover políticas como las que se quieren materializar con estos decretos que se recurren, en los que se quiere intensificar el riego, empeorando la situación actual de las aguas, se deberán buscar políticas de restauración y recomposición de las aguas, acorde con la Constitución. Afirman que en materia de aguas 'lo social debe primar sobre lo económico'”.

Uruguay. Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida: La ley de riego es ilegítima e inconstitucional / Suprema Corte deberá expedirse

Resumen Latinoamericano*, 11 agosto 2019.
COMUNICADO
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) dio la razón a la acción de inconstitucionalidad presentada por colectivos sociales contra la Ley de Riego, dando intervención a la Suprema Corte de Justicia para dirimir sobre la norma aprobada en 2017.
El pasado 7 de agosto del 2019, el TCA decretó elevar a la Suprema Corte de Justicia el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Riego que fuera presentado por la Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida (CNDAV), la Federación de Funcionarios de OSE (FFOSE) y REDES-Amigos de la Tierra Uruguay.
La Ley de Riego, aprobada en el parlamento y promulgada por el Poder Ejecutivo en 2017 fomenta actividades que ponen en peligro nuestro derecho de acceso al agua potable, excluye la participación de la Sociedad Civil y de los usuarios, como lo mandata la Constitución, creando un mercado lucrativo del agua en manos privadas.
Las organizaciones sociales impulsoras de la Reforma Constitucional del Agua de 2004 promovieron una campaña de recolección de firmas para interponer un recurso de Referéndum contra esta norma, en el entendido de que era violatoria del artículo 47 de la Constitución que fue colocado en la carta magna por iniciativa popular. No fue posible reunir el número de adhesiones necesarias (más de 650.000) en los plazos establecidos jurídicamente.
Desde que se aprobó la Reforma Constitucional del Agua, el 31 de octubre de 2004, con el apoyo del 64,7% de la ciudadanía, se consagró el acceso al agua y al saneamiento como derecho humano fundamental. Esta iniciativa ha sido inspiradora de procesos similares en otras partes del mundo y ha sido reconocido como uno de los principales antecedentes internacionales para asegurar el acceso al agua por parte de la Organización de las Naciones Unidas.
Desde ese entonces hemos venido asistiendo a una violación sistemática del mandato constitucional al punto de tener que pagar una ‘tasa ambiental’ (incluida en la tarifa de OSE que paga toda la población) para que el ente pueda solventar los crecientes costos de potabilización por el aumento exponencial en la contaminación de las fuentes ocasionado por el agronegocio (monocultivos de soja y maíz transgénicos, eucaliptus, arroz). Luego de la aprobación de la Ley de Riego en el país se registró un histórico episodio de contaminación por cianobacterias -que impidió el uso de la mayor parte de las playas del país la pasada temporada- algo que desde la academia se ha venido advirtiendo se agravará con la proliferación de embalses en los cursos de agua.
Esta resolución del TCA indica que los argumentos presentados en la denuncia son ‘de recibo’ y merecen ser estudiados a nivel superior. Como luchadores por un derecho humano esencial para la vida, es una señal muy importante, estamos en el camino correcto.
EL AGUA ES NUESTRA, EL TERRITORIO TAMBIÉN.
LA LEY DE RIEGO ES ILEGÍTIMA E INCONSTITUCIONAL
Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida
aguayvida@adinet.com.uy
https://www.facebook.com/Comisi%

Suprema Corte deberá expedirse sobre constitucionalidad de la Ley de Riego

Tras agotar la vía administrativa, el TCA remitió a la Corte el estudio de constitucionalidad de la norma a pedido de la Comisión en Defensa del Agua.
Después de no haber alcanzado las firmas necesarias para convocar a un referéndum sobre la Ley de Riego (se precisaban 650.000 y se presentaron unas 300.000), la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida, la Federación de Funcionarios de OSE (FFOSE) y Redes – Amigos de la Tierra Uruguay anunciaron que optarían por los recursos legales para impedir que la norma aprobada en 2017 sea aplicada. Así, presentaron ante el Poder Ejecutivo recursos administrativos en contra de los decretos 366/2018 y 368/2018, reglamentarios de la ley. Vencidos los plazos y tras la apelación, no hubo resolución de la administración, por lo que hubo denegatoria ficta y, agotada la vía administrativa, las organizaciones recurrieron en abril al Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).
En el recurso se solicitaba que se anularan los decretos y se elevara a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) el estudio de constitucionalidad de la nueva Ley de Riego y su antecesora, la 16.858. El TCA resolvió el 6 de agosto remitir el expediente a la SCJ, aunque no tomó resolución sobre los decretos. De esta forma, la SCJ deberá expedirse sobre la constitucionalidad de ambas leyes. María Selva Ortiz, de Redes – Amigos de la Tierra Uruguay, valoró que de esta manera el TCA “nos acepta como parte” en el reclamo, y que se estudiará la inconstitucionalidad “después de haber agotado la vía administrativa primero”.
Según Ortiz, en el escrito presentado ante el TCA “recusamos los decretos reglamentarios y la propia Ley con argumentos técnicos y políticos”, y se ofreció como testigos a los investigadores Daniel Panario y Guillermo Chalar. Las organizaciones afirman que durante el proceso de creación de la ley no se cumplió con el procedimiento de participación real a la sociedad civil y en materia de contenido advierten por los efectos que podría tener la nueva Ley de Riego: “La información científica de la situación actual de nuestro recurso hídrico nos alerta y nos induce a que en materia de aguas hagamos uso del Principio Precautorio (establecido en el art. 7º y literal c) del art. 8º de la ley 18.610) y, en vez de promover políticas como las que se quieren materializar con estos decretos que se recurren, en los que se quiere intensificar el riego, empeorando la situación actual de las aguas, se deberán buscar políticas de restauración y recomposición de las aguas, acorde con la Constitución”. Afirman que en materia de aguas “lo social debe primar sobre lo económico”, y que el interés general orientado por el artículo 47 de la Constitución “está enfocado en la restauración del recurso hídrico para que sea apto para consumo humano. Este interés no está siendo respetado ni por las leyes de Riego con Destino Agrario, menos aún por los decretos sobre los que se pide su anulación”.
*La Diaria

Fuente: http://www.resumenlatinoamericano.org/2019/08/11/uruguay-comision-nacional-en-defensa-del-agua-y-de-la-vida-la-ley-de-riego-es-ilegitima-e-inconstitucional-suprema-corte-debera-expedirse/

No hay comentarios:

Publicar un comentario