jueves, 21 de septiembre de 2017

Tomemos conciencia: "Defender los territorios indígenas de su desterritorialización extractivista, de su despojamiento y desposesión por parte del capitalismo dependiente, es no solamente pieza importante de la lucha anticapitalista, no solamente segmento fundamental de la lucha anticolonial y descolonizadora, sino, sobre todo, es primordial en la defensa de la vida".

Territorios indígenas y descolonización

17 de agosto de 2015


Por Raúl Prada Alcoreza

(...)Territorios indígenas
En primer lugar, es indispensable definir lo que se entiende por territorios indígenas. Cuando queremos hacer esto, definir el concepto de territorios indígenas, nos encontramos con distintos discursos que lo contienen; en cada discurso la interpretación es distinta. En términos del uso político, territorios indígenas, tiene que ver con las luchas de las naciones y pueblos indígenas por recuperar y reconstituir sus territorios ancestrales. Ciertamente cuando decimos esto, de recuperar y reconstituir, hablamos en el contexto de lageografía política de los Estado-nación. Esto significa que la recuperación y la reconstitución están circunscritas dentro de esta geografía. Generalmente se habla de los territorios donde están asentados lospueblos indígenas. Entonces se trata de la protección de los pueblos indígenas, de la defensa de sus culturas, de sus lenguajes, de sus instituciones, de sus normas y procedimientos propios. Para tal efecto, la lucha de los pueblos indígenas ha buscado el reconocimiento de sus territorios por parte de los Estado-nación. Naciones Unidas ha recogido las reivindicaciones, las demandas, sobre todo las conquistas de lospueblos indígenas, después de décadas de luchas descolonizadoras. Le ha dado un leguaje jurídico y ha extendido como derechos colectivos a todo el orbe planetario. Muchos Estado-nación han firmado convenios internacionales, que establecen universalmente los derechos de los pueblos indígenas. En este sentido, los territorios indígenas son territorios reconocidos internacionalmente y por los estados firmantes de los convenios internacionales.
Vulnerar estos derechos adquiridos, asumidos internacionalmente y por los estados firmantes, es violar losderechos humanos, en su extensión colectiva. En otras palabras, es violar las condiciones de posibilidad democrática, tal como han sido constituidas hasta ahora. Es comportarse despóticamente ante estos derechos establecidos. Es esto precisamente lo que pasa cuando se exige abrir las áreas protegidas aconcesiones extractivistas de empresas trasnacionales.
Cuando se hace esto, violar derechos colectivos, con el desparpajo más grande, acusando, además, a lospueblos indígenas que no quieren hacerlo, de inmorales, se patentiza no solamente el despotismo más desvergonzado, sino que no se ha entendido nada de nada. No se ha entendido la Constitución, no se ha entendido el sentido primordial del llamado proceso de cambio, que es el de la descolonización. Tampoco se ha entendido el significado histórico-político, en el presente, de la democracia, del ejercicio de lademocracia, que, de acuerdo con la Constitución, es participativa, directa, comunitaria, pluralista, representativa. Es como creer que basta con pretender ser indígena o parécelo para legitimar cualquier cosa, incluso actos y acciones políticas que van contra los derechos de los pueblos indígenas. Esto no es otra cosa que una desorientación enorme respecto a las emancipaciones y liberaciones en la actualidad. Y lo más grave, esto no es más que la continuación del despojo y la desposesión colonial; primero, en el periodo colonial propiamente dicho; después, en el periodo liberal, con las repúblicas; para prolongarlo con el periodo nacionalista; posteriormente, asombrosamente, para perpetuarlo en el periodo del llamadogobierno progresista, sobre todo con el denominado gobierno indígena.
La definición del concepto de territorios indígenas no queda ahí, en el uso político, “ideológico”, jurídico, incluso técnico, en las oficinas de Naciones Unidas, en las ONGs y en las instancias gubernamentales. Se ha desarrollado también como una concepción teórica de territorios indígenas. Se habla, en este sentido, de territorios indígenas, como espesores culturales; como ámbitos de relaciones entre comunidades yciclos vitales, del agua, del aire, del suelo, de los bosques, de las cuencas. En una de las versiones de esta interpretación filosófica, el concepto de territorio indígena adquiere el carácter de arquetipo, de originariedad; se les atribuye esta connotación territorial a las comunidades originarias

Sin embargo, hay que hacer notar que para los pueblos ancestrales el territorio no es indígena o, mejor dicho, del pueblo indígena, que tampoco se consideraba como tal, sino que se nombraba como gente, como humano, en la lengua propia. El territorio no puede ser de alguien, persona o colectivo; la comunidad es la que forma parte del territorio. Lo común, en este caso, no corresponde solamente a los miembros de la comunidad o de las comunidades con las que se comparte, sino también con los otros seres con los que se convive.

Como se puede ver, a pesar de la importancia, la utilidad, “ideológica”, política, jurídica y cultural del concepto, no deja de plantear problemas hermenéuticos la decodificación y la interpretación del concepto. Problemas que hay que asumirlos plenamente, precisamente por la importancia y significación histórica que tienen los pueblos indígenas.
Otra semántica del concepto de territorios indígenas tiene que ver con la perspectiva ecológica. Los pueblos indígenas se encuentran en ecosistemas biodiversos vulnerables, forman parte de estos ecosistemas. Claro que también forman parte de los ecosistemas, en general, las ciudades, las poblaciones no indígenas; sin embargo, no hablamos de esta pertenencia ecológica, en general, sino de la vinculación de los pueblos indígenas con ecosistemas vulnerables, de las cuencas, de los bosques, de los territorios todavía no suficientemente afectados por la integración capitalista. En este sentido, territorio indígena adquiere una connotación ecológica. Hay una versión light, por así decirlo, de esta perspectiva ecológica, que es, mas bien, ambientalista; concibe a los territorios indígenas como áreas protegidas.

Después de esta breve revisión de parte de la polisemia de territorios indígenas – no podemos extendernos, por el momento -, podemos ver que más que tratarse de un concepto, estamos ante una distribución conceptual heterogénea. Distribución heterogénea que hace a una formación no sólo discursiva, sino política-cultural. Esta formación discursiva-político-cultural se despliega en las sociedades contemporáneas, en los Estados-nación, en el mundo, buscando ocasionar acontecimientos emancipativos y libertarios descolonizadores. Por lo tanto, en este ánimo y activismo, busca ocasionar enunciaciones que hagan inteligible el entramado de relaciones sociales e institucionales, donde se disputan dominaciones y contrapoderes.

En consecuencia, la formación discursiva-político-cultural de la que hablamos, que nombraremos como des-colonial – preferimos usar el término que asume Silvia Rivera Cusicanqui, con la explicación del caso, que decolonial -, es una heurística y hermenéutica de contra-poder, de prácticas discursivas-políticas-culturales contra- hegemónicas.

En este sentido, la defensa de los territorios indígenas es parte de la lucha descolonizadora. Defender los territorios indígenas de su desterritorialización extractivista, de su despojamiento y desposesión por parte del capitalismo dependiente, es no solamente pieza importante de la lucha anticapitalista, no solamente segmento fundamental de la lucha anticolonial y descolonizadora, sino, sobre todo, es primordial en la defensa de la vida.
Fuente: https://www.bolpress.com/?Cod=2015081709

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