domingo, 27 de septiembre de 2015

Veamos otra manera de quitar vida es la precarización laboral y los salarios de pobreza.

El exitoso crecimiento económico  se basó en commodities, elevados subsidios directos e indirectos al bloque dominante y regresivo régimen tributario. Pero el modelo de dólar alto sólo pudo arrancar con la pesificación asimétrica o sea con transferencia de ingresos de los trabajadores a los capitalistas y extensión de la precarización o superexplotación laboral. Hoy la alianza de capitales y estados imperialistas con los locales que ganó, en la deKada, gran acaparamiento de riquezas y poder se esmera en consolidar a la triple alianza antiobrera. De ahí:


¿Hacia un cambio en el modelo de convenciones colectivas de trabajo?
19 de septiembre de 2015

Por Eduardo Lucita (La Arena)
Cada vez que la economía nacional sufre sus tradicionales cuellos de botella, surgen las ideas de un compromiso arbitrado por el Estado que establezca una nueva relación precios-salarios y que mejore la competitividad. Así está pasando ahora. Así fue en varias oportunidades anteriores, nunca terminaron bien. 
Desde inicios de este año distintas iniciativas empresarias dan cuenta de un interés creciente por mejorar la competitividad de sus producciones. Según varios estudios, medido por unidad de producto el salario real se ha incrementado más que la productividad. Obviamente esto adquiere mayor relevancia cuando hay retraso cambiario en un mundo en que la apreciación del dólar, principal moneda de referencia en el comercio mundial, ha impulsado devaluaciones competitivas.
La mayoría de los asesores económicos de los presidenciables 2015 hablan de buscar "una salida con el menor costo social". Es que son conscientes que una devaluación, aunque fuera necesaria, es una solución de corto plazo, que lleva a la caída del poder adquisitivo de los salarios e ingresos populares y por lo tanto del mercado interno. Que controlar la inflación a riesgo del empleo es peligroso, saben que los niveles de resistencia social son hoy mucho mayores que los que había cuando la macro devaluación del 2002. 

Traducido: han echado a rodar nuevamente las ideas de un Pacto, Compromiso, Acuerdo o Diálogo Social, o como se lo quiera llamar, que no es otra cosa que la vieja idea, propia del peronismo pero no sólo de él,
de un acuerdo entre capital y trabajo mediado por el Estado. 
Antecedentes
Hay varios antecedentes, todos frustrados. En 1973 el Pacto Social congeló los precios, acordó un incremento general de salarios y la cancelación de las paritarias por dos años. En el primero hubo estabilidad de precios y crecimiento económico; en el segundo estallaron todas las tensiones acumuladas lo que culminó en la primera huelga general bajo un gobierno peronista. Más recientemente, fines de 2004 y mediados de 2005, impulsado por la presidenta CFK, se planteó un acuerdo entre la UIA y la CGT para controlar precios y salarios, lo que coincidió con el inicio de las negociaciones paritarias desatando un fuerte incremento de la conflictividad sindical. El intento abortó antes de nacer. Más lejos en el tiempo, en el Segundo Plan Quinquenal, luego del Plan de Estabilización de 1952, se instala la meta de aumentar la producción y aparece la mención a la productividad "del trabajo y el capital". El Congreso Nacional de la Productividad y el Bienestar Social fue finalmente convocado por la CGT a principios de 1955, los acuerdos alcanzados no llegaron a ponerse en práctica, el golpe militar de septiembre de ese año dio por finalizado el intento.

Preparando el terreno

En los últimos meses se conocieron iniciativas y propuestas que han comenzado a crear el ambiente para volver a intentarlo. Conviene repasarlas de conjunto.

El jueves de la semana anterior tuvo lugar la Audiencia Pública que la Corte Suprema de Justicia convocara -como lo hiciera otras veces, por ejemplo por la Ley de Medios- para discutir la titularidad del derecho de huelga. Se trataría de discernir si sólo corresponde a los sindicatos con personería, otorgada por el Estado, o a todo colectivo de trabajadores, estén afiliados o no a un sindicato. Si la Corte resuelve a favor de los sindicatos con personería estará condicionando el derecho de huelga, por el contrario si falla a favor de todo grupo de trabajadores que defienda un interés colectivo estará fortaleciendo a los organismos de base pero también favoreciendo la política de "personerías simplemente inscriptas" que, de generalizarse, conllevan el riesgo de la atomización sindical. Conviene recordar que con pocas firmas en México, Venezuela o Chile por ejemplo, se puede constituir un sindicato por empresa.

No casualmente en la Conferencia Anual de la OIT de junio pasado, la delegación de la UIA presionó para que la organización incorporara a sus definiciones la reglamentación del derecho de huelga, algo que hasta ahora no figura en sus principios fundantes ya que el criterio sostenido desde sus inicios es que las instituciones de cada país miembro deben legislar sobre el tema. Al mismo tiempo la UIA invitó al Secretario General de la OIT a que asistiera en diciembre a su Convención nacional, donde, previsiblemente con la presencia del nuevo presidente, presentaría su propuesta de Acuerdo Social que, según el análisis del reconocido abogado laboralista y asesor de la CGT-Córdoba, Lucio Garzón Maceda, consistiría en "La suspensión por dos años de la negociación por rama, sector o actividad industrial" reemplazándola por "una negociación de cúpula articulada con una negociación a nivel de empresa".

El doctor Armando Caro Figueroa, quien fuera secretario primero y ministro de trabajo luego -gobiernos de Raúl Alfonsín y Carlos Menem- y de los primeros en los años '80 en plantear la "negociación articulada" y la necesidad de discutir por productividad, llamó la atención sobre las presiones de los grandes empresarios para suspenderlas por dos años. En su artículo "¿Peligran las paritarias?" defendía las CCT pero señalaba que había que "aggiornar" las negociaciones, no podía ser que solo giraran sobre el salario, acusaba a la dirigencia sindical tradicional de conservadora. Algo efectivamente cierto aunque no necesariamente en el sentido que lo dice el autor de marras. Porque negociar condiciones en un período de crecimiento del movimiento obrero y de fortalecimiento de los sindicatos hubiera permitido que los trabajadores se beneficiaran en parte de la mayor productividad alcanzada, ya que como sabemos para las grandes empresas en todo este tiempo la principal fuente de ganancia no ha sido el salario sino las condiciones de trabajo. 

No sólo precios y salarios
En una economía estancada y con fuertes desequilibrios macroeconómicos el acuerdo capital/trabajo lleva implícito reordenar las principales variables económicas, moderar salarios y precios y mejorar los niveles de productividad para favorecer el ingreso de capitales y potenciar la inversión. Pero por lo que se puede deducir en esta coyuntura, por demás compleja económica y políticamente, también están en juego el derecho de huelga y la descentralización de la negociación colectiva.
 
Para apreciar la verdadera dimensión de lo que está en gestación es necesario colocar este intento de acuerdo de partes -empresariado, sindicatos, Estado- en un contexto en que conviene destacar al menos dos aspectos: uno, el hecho que por primera vez en su historia la UIA estará conducida por representantes del gran capital y dos, que la política nacional está acentuando un giro derechista y conservador.

Nuestra experiencia muestra que todo acuerdo o pacto social tiende a imponer niveles de productividad y ganancias empresariales buscando potenciar la acumulación de capitales. La contrapartida siempre ha sido que los trabajadores y sectores populares recorten sus reivindicaciones en aras de un futuro mejor, que siempre se anuncia sin fecha de concreción.

Eduardo Lucita. Integrante del colectivo EDI-Economistas de Izquierda 
Fuente: http://www.laarena.com.ar/opinion-_hacia_un_cambio_en_el_modelo_de_convenciones_colectivas_de_trabajo__-146677-111.html
Titularidad del derecho a huelga 19 de septiembre de 2015
Por Astor Vitali (Rebelión)
El jueves 10 la Corte Suprema de Justicia de la Nación debatió sobre la titularidad del derecho de huelga. Fue en el contexto de una audiencia pública para discutir en torno del expediente del caso Orellano vs Correo . La jornada fue presidida por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda. A su vez, participaron como “amicus curiae” (amigos del Tribunal) el director del Instituto de Derecho Social de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, Ricardo Cornaglia; el secretario general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), Julio Fuentes; el secretario general de la CTA-Autónoma, Pablo Micheli; uno de los representantes legales de la CTA-De los trabajadores, Alejandro Ferrara; el presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, León Piasek y la representante de la Asociación de Abogados de Buenos Aires, Liliana Constante.
“La Corte lo que está por decidir, habría que ver cuándo, es un expediente donde tiene que resolver si el derecho de huelga está en cabeza de los trabajadores en sí como colectivo o si solamente está previsto que la huelga sea convocada los sindicatos como organización jurídica colectiva de los trabajadores” dijo en el programa Tarde Piaste que conduce por FM De la Calle  quien suscribe el abogado y miembro del Taller de Estudios Laborales, Guillermo Pérez Crespo.
“Es un tema bastante complejo de consecuencias que pueden llegar a ser muy importantes para los trabajadores y donde lamentablemente gran parte del movimiento sindical ha estado ausente, ha mirado para otro lado”, advirtió.
Si bien el debate se llamó por el caso mencionado, “la Corte tiene cuatro expedientes similares por despidos por una huelga en el Correo (Argentino). Tres los tiene por recurso extraordinario con respecto a sentencias que han sido favorables a los trabajadores. Y un cuarto expedientes es de la Sala 4 y el fallo sostuvo la ilegalidad de la huelga por no haber sido convocada por el sindicato. La Corte cuando resuelva, si bien convocó a uno, va a resolver para los cuatro”.
Detrás del expediente
“El tema tiene un trasfondo político de intereses muy fuertes. La Constitución Nacional en el artículo 14 bis habla del derecho de huelga en cabeza de los gremios pero en el sentido tradicional y antiguo de la palabra gremio como trabajadores de un mismo oficio, no como sindicatos. Es más, en las actas constituyentes del año 57 están las discusiones alrededor del tema, y varios de los convencionales, entre ellos Bravo, Alfredo Palacios, explican que ellos ponen la titularidad del derecho de huelga en cabeza de los gremios para dejar expresamente sentado que no está en cabeza de los sindicatos. Ellos hacen la diferenciación”, explicó el abogado.
Sin embargo, “como la palabra gremio se presta a distintas interpretaciones, no pasó mucho tiempo cuando empezaron a aparecer algunos jueces que, con cierta picardía, identificaron gremios con sindicatos y decidieron desconocer el derecho de huelga a los trabajadores. Es un tema que se viene discutiendo hace muchísimo tiempo”.
En este sentido, la jurisprudencia no es homogénea y existen diferentes posiciones. “La Corte de la Nación en sus distintas integraciones tuvo posiciones ambiguas y vacilantes. En algunos momentos se les reconoció a los trabajadores y en algún otro momento, sobre todo en tiempos de dictadura, se les reconoció a los sindicatos”.
Los datos
Uno de los argumentos centrales de quienes defienden a los sindicatos burocráticos que ahogan la participación de las bases es que Argentina cuenta, comparativamente, con un número importante de delegados por empresa en relación a otros países de América Latina. Si bien es cierto que en países como Chile o Brasil las comisiones internas son impensadas, según datos publicados por el Ministerio de Trabajo “el total de empresas con delegados es sólo de un 12%”.
En este sentido, Pérez Crespo sostuvo que “según el Ministerio de Trabajo en su último estudio, en Capital Federal, Gran Buenos Aires y las principales ciudades del país, en establecimientos de más de 20 trabajadores, apenas si llega al 30 % la cantidad de trabajadores afiliados en el país. Si tomamos a todos los establecimientos, si tomamos los trabajadores en negro y en blanco en todo el país, es probable que no lleguen al 20 %. Decidir que el derecho de huelga esté en cabeza de los sindicatos significa excluir del ejercicio del derecho de huelga a casi el 80 % de los trabajadores en nuestro país”.
En otras palabras, “más del 70 % de las huelgas que se hacen en nuestro país de hace muchos años son convocadas por trabajadores en forma colectiva espontánea o por comisiones gremiales o por seccionales que no son propiamente sindicatos. Con lo cual eso significaría ilegalizar a la inmensa mayoría de las huelgas. ¿De qué estamos hablando? Estamos discutiendo si el 70 % de las huelgas en este país son ilegales”.
La Corte
Consultado acerca de la orientación política que puede inferirse a raíz de la conformación actual de la actual Corte respecto del tema, el abogado del TEL dijo que tiene mucha preocupación “por dos motivos. El primero es que no es un momento de avance de los trabajadores en esta etapa. Desde hace un tiempo a esta parte ha habido un cierto retroceso y hay una ofensiva empresaria importante. Y porque la Corte ha perdido a dos de sus principales doctrinarios cercanos a los intereses de los trabajadores como eran (Enrique) Petracchi que falleció y (Eugenio) Zaffaroni que se jubiló. Ha quedado una mayoría distinta en la Corte”.
“Por otro lado, llamó mucho la atención que el expediente que eligió la Corte para discutir esto es un expediente que por características muy particulares y muy difíciles de explicar es de los peores supuestos para discutir la titularidad del derecho de huelga. Es uno de los expedientes que más le conviene discutir a la parte empleadora”, explicó.
De esta forma, “el expediente elegido por la Corte fue un toque de alarma. Ni si quiera necesitaba la Corte haber convocado en este expediente a esta discusión porque en realidad lo que hay en este expediente son despidos discriminatorios no por huelga sino por asamblea. Con lo cual hay una mezcla muy rara que ha llamado a preocupación a varios de los organismos”.

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