martes, 30 de septiembre de 2014

Recordemos: la destrucción del presente-futuro por las corporaciones “no sería posible sin la complicidad y garantía de los gobiernos, de los parlamentos, del sistema de Justicia, universidades y medios de comunicación”, sostiene la sentencia final del Juicio Ético a las transnacionales.

“Crímenes de lesa naturaleza”

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Un tribunal integrado por organizaciones sociales, intelectuales y científicos declaró culpables a las empresas mineras y sojeras y a los gobiernos que permiten “avances sobre territorios campesinos e indígenas”.
“El modelo extractivista impuesto en el país es tal que nos permite hablar de ecocidio y de genocidio”, sentenció la socióloga Maristella Svampa ante Página/12, respecto de cómo impacta la extensión de la frontera agrícola y la inserción de empresas internacionales para desarrollar proyectos petrolíferos y de megaminería, entre otros, que contribuyen al “daño de la naturaleza y el avance sobre territorios de campesinos e indígenas”. Fue durante la presentación de la sentencia final del “Juicio ético a las transnacionales” que durante más de un año llevaron a cabo un centenar de organizaciones sociales, intelectuales y científicos. En el documento presentado determinan la responsabilidad de empresas y gobiernos, sostienen que hay violaciones de derechos sociales y económicos, a la salud y a un ambiente sano, en función de la Ley General Ambiental 25.675.

Minera La Alumbrera YMAD UTE, Minera Agua Rica, Barrick Gold Corporation, Grupo Monsanto, Repsol, Ledesma SA, Río Tinto-Vale SA y Potasio Río Colorado SA, Proyecto Navidad (Pan American Silver) Pan American Energy, Grupo Cargill, Alto Paraná, son las empresas investigadas y condenadas por “crímenes de lesa naturaleza”. Eso, en el marco de un modelo capitalista de “maldesarrollo” que fomenta la “mercantilización de la naturaleza”. La condena es simbólica y sólo persigue hacer públicos los efectos de estas explotaciones.

El encuentro, concretado en la Sala 5 del 3º piso del edificio anexo de la Cámara de Diputados, fue promovido y ejecutado por el proyecto de Resistencias Populares a la Recolonización del Continente, impulsado por el Centro de Investigaciones y Formación de los Movimientos Sociales Latinoamericanos y el Equipo de Educación Popular Pañuelos en Rebeldía. “La idea del lugar tiene que ver con que queremos interpelar a todos los poderes políticos”, contó Patricia Agosto, de Pañuelos. Es que la información recabada por las Fiscalías Populares fue entregada ante la Corte Suprema de Justicia, el Poder Ejecutivo Nacional y a los legisladores nacionales.

El Tribunal Etico Popular da cuenta de cómo las empresas transnacionales impactan en el territorio argentino, y de que su operatividad “no sería posible sin la complicidad y garantía de los gobiernos, de los parlamentos, del sistema de Justicia, universidades y medios de comunicación”, sostienen en las 21 páginas de la sentencia final.
Como ejemplo reciente de lo que significa rechazar el modelo que denuncian, los integrantes del Tribunal mencionaron los hechos del pasado 27 de noviembre en Trelew, Chubut. Allí, integrantes de la Unión de Asambleas Patagónicas fueron agredidos por personas identificadas como del gremio de la Unión Obrera de la Construcción (Uocra), mientras se manifestaban en contra de la aprobación de un marco regulatorio de la Ley 5001 que –si se concretaba– habría permitido la instalación de emprendimientos de minería a gran escala. “Hoy podemos definir una nueva forma de represión que es la tercerización de la represión, porque no lo hace la policía ni existe un juez o un fiscal que la apruebe, sino que involucra a trabajadores contratados que son sicarios”, sacó a la luz Rodríguez Pardo. La “criminalización de la protesta social” es uno de los puntos en el apartado que hace referencia a las “violaciones de derechos civiles y políticos”.
Igual sucede, dicen, con los derechos culturales de los pueblos originarios a través de una “compleja trama” que finalmente cae en la “desapropiación de saberes ancestrales y el avance sobre su territorio”.
“Las empresas logran una licencia que no tienen”, advirtió Agosto. En ese sentido, en la sentencia señalan la decisión de no realizar consultas públicas y el “ocultamiento de información respecto de los proyectos”, así como también los “laxos controles estatales”, que figuran en el apartado que determina las responsabilidades.

Fuente original: Página 12  Fuente: http://juicioalastransnacionales.org/2012/12/%E2%80%9Ccrimenes-de-lesa-naturaleza%E2%80%9D/#more-1037

Indaguemos cuál es la realidad de fondo que avanza con la mega explotación de hidrocarburos no convencionales.

A la Opinión Pública


La contaminación del Territorio Mapuche en la Provincia de Neuquén, al igual que la contaminación del agua superficial y subterránea de los ríos Limay, Agrio, Neuquén y Negro, correspondientes a la Cuenca Currú Leuvú y el agua de la cuenca del río Colorado, todo para permitir el fracking de Vaca Muerta

Todo es posible mediante la bajeza inescrupulosa y cómplice de los tres poderes estatales o sea del ejecutivo, el legislativo y el judicial de la Nación Argentina, las provincias de Neuquén, Río Negro y Buenos Aires; la corrupción de la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas AIC; el COIRCO; el sector empresarial y gremial petrolero que compra y se vende; la prensa en connivencia; y el sector social acallado y o mejor resignado al malicioso destino ajeno al sostén de sus preceptos de vida.

Potestad a los Pueblos Originarios - Agua por petróleo NO!! - El Agua es de La Vida; y para La Vida; y no más.

Elvio Mendioroz - Carmen de Patagones - Río Negro - Cuenca Currú Leuvú "Bebemos la misma Agua"

Integrante de UNIDOS POR LAS AGUAS DE LA CUENCA CURRÚ LEUVÚ - RENACE - UAP - UAC - Gloobalfrackdown - IFOAM Educación. 


* Cuenca Currú Leuvú: Lago Nahuel Huapi; ríos Limay, Agrio, Neuquén, Negro; y sus afluentes tributarios superficiales y subterráneos; mesetarios y esteparios; de la cordillera al mar. 

"Tengamos en cuenta que mientras hay más de 4000 compañeros procesados por luchar, hay 850 procesados por el genocidio dictatorial".

Criminalización de la protesta social: 
La represión como contracara del ajuste. Ya son 4000 los procesados

Por: Nicolás Tauber Sanz (ACTA)
Los militantes de nuestra central son uno de los blancos sobre los cuales se descarga la criminalización de la protesta social, que no es otra cosa que una estrategia política, impulsada desde el Gobierno nacional, que presenta ante la sociedad la lucha por los derechos sociales como delitos y a los sectores que las promueven como delincuentes.

Es una de las formas que asume la represión para inmovilizar a las organizaciones populares y amedrentar a todos aquellos que se hacen cargo del legítimo derecho de organizarse y exigir la resolución de sus necesidades. En algunos casos es utilizada como paso previo a la represión abierta, directa, y en otros, articuladamente con ésta. Son diferentes mecanismos con el mismo fin de dominación y control social.
Los informes confeccionados en 2012 por el Observatorio de Derecho Social y los organismos de Derechos Humanos del Encuentro Memoria Verdad y Justicia, arrojaron el dato de 3800 causas abiertas contra compañeros de distintas organizaciones y lugares del país. Estos dos informes realizados sin ayuda estatal de ningún tipo no alcanzaron a la totalidad de los casos existentes en el país, pero demostraron que el número de 4000 procesados que se ha transformado en una consigna se queda corto.

Para darnos una idea de la magnitud de esta política represiva de criminalizar la protesta tengamos en cuenta que mientras hay más de 4000 compañeros procesados por luchar, hay 850 procesados por el genocidio dictatorial.

Desde el 2003 tenemos 29 personas asesinadas en ocasión de protesta o por ser militantes. 24 de ellos fueron asesinados desde el 2010.

El Gobierno nacional impulsa esta política de criminalización como lo demuestra la sanción de la ley antiterrorista, los proyectos que impulsa para “reglamentar las manifestaciones públicas” y el hecho de que son sus fiscales los que abren causas contra los compañeros ante cada lucha.

No hay lucha que no tenga como consecuencia la apertura de una causa penal contra los que protagonizaron esa lucha.

El 31 % de las causas de criminalización son abiertas con motivo de luchas sindicales (huelgas) y contra trabajadores ocupados.

Esta política represiva se utiliza en todo el país y no golpea sólo al movimiento obrero sino que se descarga contra los pueblos originarios, ambientalistas, desocupados, estudiantes, todos los colectivos que salen a reclamar por sus derechos.

Desde la CTA venimos denunciando y enfrentado los avances represivos, articulando nuestra lucha con los organismos de derechos humanos existentes en cada lugar.

Tanto las patronales como los distintos gobiernos utilizan el derecho penal para reprimir la organización y las acciones que llevan adelante los trabajadores.
Por esta razón se organizó el Encuentro Nacional de Abogados sobre 2 ejes fundamentales: huelga y criminalización de la protesta. La finalidad del Encuentro era fortalecer la formación jurídica de los abogados de CTA, y coordinar nuestra tarea.

La situación en las provincias
Participaron compañeros abogados de Misiones, Formosa, Corrientes, Chaco, Salta, Jujuy, Tucumán, Entre Ríos, San Juan, Buenos Aires, Neuquén, Chubut, La Pampa y Córdoba. Los compañeros de cada provincia contaron la situación represiva que se vive en cada lugar.

En el NEA la situación es crítica. La represión se descarga con brutalidad sobre los pueblos originarios, existiendo varios casos de asesinatos de caciques o integrantes de las comunidades en los últimos años. Esta represión y asesinatos son acompañadas con la apertura de causas contra los compañeros que son reprimidos o los compañeros de quienes son asesinados.

En Formosa en este momento existen 5 integrantes de la comunidad Wichi presos. Les arman causas y los acusan de delitos cada vez más graves para que el Juez de la causa tenga alguna excusa para denegar la excarcelación. Resulta normal en la provincia de Insfrán la actuación de grupos parapoliciales contra las comunidades indígenas.

Esto que vemos en Formosa: acusaciones cada vez más graves, compañeros detenidos, y actuación de grupos parapoliciales y/o patotas, es una constante que se repite con distinta intensidad en muchos lugares del país.

En Chaco se ha elevado a juicio oral la causa armada contra Víctor López y otros 30 originarios de la Federación Nacional Campesina acusados de usurpar sus propias tierras ancestrales. En estos últimos meses la situación represiva se ha agravado hasta ser una de las peores en todo el país. Las razias buscando dirigentes políticos, sociales o sindicales, que se tienen que vivir escondidos, las torturas contra compañeros detenidos, las detenciones por decenas ante cada movilización, son sólo algunas de las gravísimas situaciones que se están viviendo ahora mismo en el Chaco.

En Misiones tienen en la mira a la CTA y la CCC. A los hechos represivos contra acampes o manifestaciones llevadas a cabo por trabajadores y desocupados, se le suma una persecución sistemática contra los trabajadores del Mercado Central de Posadas. Diego Silveira (delegado), Rubén Ortiz y otros compañeros son objeto de seguimientos, se les arman causas y se los detiene sin ningún motivo.

El año pasado detuvieron a Silveira y lo golpearon salvajemente hasta dejarlo irreconocible. Luego lo pasearon por Posadas a la vista de todos para que sirva de escarmiento.

Comprobados los tormentos y efectuada la denuncia la Justicia de Misiones hace dormir el expediente. Esta conducta de no tramitar las denuncias realizadas ante los golpes y torturas de la policía son una constante a nivel nacional.

En Salta se modificó el Código Procesal Penal dándole más potestades a la Policía. Se hacen razias y se detiene a cientos de jóvenes, encontrándose abarrotados los penales de la provincia.

Frente a la lucha de los obreros azucareros la criminalización está a la orden del día. A Mariano Cuenca, Sec. Gral. Del Sindicato del Ingenio San Isidro le abrieron 38 causas penales.

Pero no sólo el Secretario General del Sindicato es criminalizado, también el abogado Dr. Wasneider tiene varias causas penales abiertas por defender a los trabajadores del azúcar.

La persecución que sufre el Dr. Wasneider es el más grave pero no el único caso de criminalización o persecución a los abogados que ponen su profesión al servicio del pueblo. Es una constante en el interior del país la utilización de los tribunales de disciplina de los colegios profesionales en donde se amenaza a los compañeros con retirarles sus matrículas y de esta forma atentar en forma directa contra su herramienta de trabajo. También hemos sufrido allanamientos ilegales en nuestros estudios jurídicos, así como seguimientos y otras formas de vigilancia. En Tucumán la nota característica es la realización de tareas de inteligencia ilegal sobre las organizaciones populares. Esta información de inteligencia es utilizada (parcialmente) para acusar penalmente a los militantes. Las denuncias judiciales sobre estas tareas de inteligencia no son investigadas por los tribunales.

En Neuquén el colectivo que es más golpeado por la criminalización son los pueblos originarios. Aquí hay una rica experiencia, de la cual debemos aprender, ya que se ha logrado instalar en las facultades y colegio de abogado la discusión respecto de temas jurídicos que hacen a la ampliación y defensa de los derechos.

En Chubut la violencia policial contra la juventud es gravísima. Son comunes los asesinatos y violaciones de pibes jóvenes a manos de la policía provincial.

En Entre Ríos a la apertura de causas contra trabajadores en lucha (28 trabajadores de APJ GAS procesados) se suma una nueva ordenanza en Paraná que amplía los servicios declarados como esenciales. En San Juan la herramienta más utilizada contra la protesta es la apertura de sumarios administrativos que ponen en peligro el trabajo de los compañeros.

En La Pampa la lucha llevada a cabo por la recientemente formada intersindical tuvo como respuesta la apertura de una nueva causa penal contra los compañeros.

En Mar del Plata hace un mes una patota golpeó salvajemente a compañeros de la CTA, desfigurándole la cara a uno de los compañeros. En Buenos Aires, se logró el sobreseimiento de los compañeros de ATE Educación. Todavía quedan muchísimas causas abiertas, como las abiertas contra los compañeros de ASOMA en La Plata.

En Córdoba se reformó el Código de Faltas para utilizarlo contra los que protestan, existen muchos casos de criminalización. Siguen presos los 5 vecinos de Corral de Bustos que fueron condenados a 7 años en el marco de una causa armada para escarmentar al pueblo de la provincia luego de la pueblada del 2006.


Los presos de ATE Río Gallegos
En el encuentro se analizó la grave situación que el movimiento popular de Santa Cruz. Allí están detenidos desde octubre de 2013,los trabajadores de ATE Ernesto Apendino, Diego Reyes, Juan Vera, Alberto Arteaga y Patricia Benítez.

En una causa armada, se los acusa sin que existan pruebas de incendiar un edificio público. La realidad es que los compañeros eran activos militantes sindicales y participaban de las manifestaciones exigiendo subas de salario que permitan equiparar al menos lo que se pierde por la inflación. La causa fue elevada a juicio y al momento del Encuentro se encontraba pendiente de resolución el pedido de excarcelación, el cual luego fue denegado, lo cual significa que los trabajadores seguirán presos hasta la realización del juicio oral.

La situación nacional

El repaso de la situación existente en las distintas provincias permitió confirmar que la criminalización de la protesta es una política que se lleva adelante en todo el país. La situación se ha agravado, ya existen condenados por protestar: los vecinos de Corral de Bustos, los dirigentes de Quebracho, Marcolín chofer de la Línea 60.

Tenemos actualmente presos: en Formosa los 5 integrantes de la comunidad Wichi y en Santa Cruz los 5 trabajadores de ATE Río Gallegos. Se utilizan cada vez delitos más graves al acusar, a fin de obstaculizar la excarcelación del compañero detenido, y al mismo tiempo se los acusa de delitos que parecen no tener una motivación política (lesiones en riña, tentativa de homicidio, extorsión, etc).

No sólo se utiliza el derecho penal como herramienta represiva, también se utilizan los sumarios administrativos, juicios de desafuero, procesos ante los tribunales de disciplina contra abogados militantes, son sólo algunas de las caras de la criminalización.

La represión es utilizada diariamente contra el movimiento popular, teniendo como saldo la existencia de detenidos y heridos. Esta política se da en el marco de un avance generalizado sobre las libertades democráticas de la población:


1.- Implementación del sistema SIBIOS de seguridad biométrica. 2.- Creación de nuevas policías locales. 3.- Sanción de la ley antiterrorista. 4.- Militarización de la seguridad (Gendarmería y prefectura cumpliendo funciones policiales). 5.- Utilización de las Fuerzas Armadas en seguridad interior. 6.- Realización de tareas de inteligencia ilegal sobre militantes y organizaciones. 7.- Designaciones de Milani y Berni al frente del Ejercito y del Ministerio de Seguridad de la Nación respectivamente. 8.- Endurecimiento de penas, reformas procesales para hacer más difícil obtener la libertad mientras duran los juicios. 9.- La negativa a abrir los archivos de la dictadura. 10.- La desaparición impune de Julio López, Luciano Arruga y Daniel Solano.

Dada la gravedad de la situación es que los organismos de derechos humanos del Encuentro Memoria Verdad y Justicia impulsan un proyecto de ley que cierre todas las causas penales del país abiertas con motivo de protestas sociales y/o pertenecer a organizaciones populares. Esta es la herramienta jurídica y política que permitiría terminar con la persecución que sufren miles de compañeros.

Las conclusiones del Encuentro

A fin de denunciar esta situación ante todas las autoridades nacionales e internacionales necesitamos conocer exactamente cual es la situación de todas las provincias. Para lograrlo decidimos comenzar a hacer un relevamiento de casos que nos permita actualizar el último informe sobre criminalización. Se acordó también continuar trabajando para coordinar cada vez más el trabajo de todos los abogados y profundizar el trabajo en Universidades, Colegios de Abogados, etc., a fin de que se conozcan nuestras posiciones y poder trabajar en los distintos lugares donde se nuclean abogados. Realizar actividades de formación a fin de poder encontrarnos preparados para afrontar las situaciones que la realidad nos impone.

Esta política tiene como objetivo impedir la libertad sindical para así hacer pagar los costos de la crisis a los trabajadores y el pueblo. Lograr frenar la escalada represiva y la criminalización no es una tarea de los abogados. Exige que todos los compañeros de la CTA tomemos como prioritario luchar contra esta política para hacer realidad que la libertad y la organización sindical llegue a todos los lugares de trabajo y que la crisis no la paguen los trabajadores ni el pueblo.

Artículo publicado en el Periódico de la CTA Nº 105, correspondiente al mes de septiembre de 2014.
Fuente: http://www.argenpress.info/2014/09/criminalizacion-de-la-protesta-social_56.html

 

III. Advirtamos: continúa y se profundiza el neoliberalismo con dos proyectos a tratar rápidamente en el Congreso (el hidrocarburífero y el código civil comercial).

El nuevo Código Civil es un manifiesto neoliberal perfecto

Por: Liliana Parada (ACTA)
El tratamiento del Código Civil (im)previsto para esta semana, es un hecho de profunda irresponsabilidad por parte del Gobierno nacional. No se puede someter a los nuevos diputados a votar nada menos que un Código sobre el cual no tienen ningún conocimiento, ni tampoco a aquellos que aunque vengan del 2011 no han participado en la Comisión Bicameral y sólo se les da una semana para decidir y votar.

Sabido es que este Código viene con un par de modificaciones que la ciudadanía está esperando, como son algunas cuestiones de familia, pero el resto es un manifiesto neoliberal perfecto.

La mercantilización del derecho es el sello de esta unificación de los Códigos Civil y Comercial que, lejos de traer soluciones a los argentinos, sólo va a generar una cantidad de lagunas jurídicas, con mayores costos para los justiciables y, sin lugar a dudas, en perjuicio de la clase trabajadora.

Desde el Gobierno, no conformes con el castigo que implica para la gente la inflación, va a sancionar una norma donde abre la brecha a mayor deslaborización y precariedad laboral, habilitando formas de contratación que permiten el fraude laboral.


La vivienda, un ambiente sano, el derecho al agua potable, el acceso oportuno a una justicia justa, son los grandes ausentes de una legislación disfrazada de modernidad.

Con la sanción de este Código, el kirchnerismo deja en claro que la profundización del modelo del que tanto se ufanan no es otra que la profundización del modelo menemista.

Por eso sería bueno que la sociedad en este proceso observara no sólo al oficialismo, cuyas intenciones ya son inocultables, sino también cómo van actuar los opositores “presidenciables”, ya que si lo acompañan son más de lo mismo y si no lo hacen deben comprometer su derogación inmediata en el caso de asumir la próxima Presidencia de la Nación, y aprobar las leyes de matrimonio, adopción y fertilización asistida que tiene proyectos que hace años duermen el sueño de los justos en los cajones de la gestión K.

Liliana Parada ex Diputada nacional (MC), fue integrante de la Comisión Bicameral para la Reforma y Unificación de los Códigos Civil y Comercial.
Fuente: http://www.argenpress.info/2014/09/el-nuevo-codigo-civil-es-un-manifiesto.html

II. Advirtamos: continúa y se profundiza el neoliberalismo con dos proyectos a tratar rápidamente en el Congreso (el hidrocarburífero y el código civil comercial).

Proyecto para una nueva Ley de Hidrocarburos: Para Rigane, significa "más garantías para las grandes corporaciones”

Por: ACTA

La Olla.TV habló con José Rigane, secretario Adjunto de la CTA Nacional, Secretario General de la Federación de Trabajadores de la Energía (FeTERA-CTA), sobre el proyecto de Ley de Hidrocarburos que el Gobierno envió al Senado luego de lograr el consenso de los gobernadores de las provincias petroleras.

La iniciativa busca modificar la Ley 17.319, de 1961, con el objetivo de incentivar las inversiones petroleras. Sin embargo, Rigane indica que no se trata de una ley que garantice la soberanía de los argentinos “no sólo sobre sus recursos naturales y energéticos sino que además es una ley que no resuelve el problema del acceso a la energía por parte del conjunto de los usuario de nuestro país”.

“Es una ley que defiende los intereses de los gobernadores de las 10 provincias que tiene petróleo y gas, defiende los intereses del CEO que representa YPF, una YPF que no es integral, estatal y pública, y menos una sociedad de estado. Es una sociedad anónima y por lo tanto lo que se está defendiendo son los intereses y la rentabilidad de cada parte, garantizadas sobre la base de generar las mejores condiciones para que se incorporen los grupos multinacionales a la explotación de los hidrocarburos no convencionales y en particular lo que está en la formación geológica en Neuquén: Vaca Muerta”.
Por otro lado, Rigane recordó que al haberse aprobado en el 2006 la Ley “corta” de hidrocarburos, que transfiere a las provincias petroleras los permisos y las concesiones de explotación de hidrocarburos otorgados en cada distrito y que fue promovida por el kirchnerismo, “se le dio una facultad a las provincias que nunca antes tuvieron”.

De esta manera, indica que si bien las provincias que tienen petróleo “es lógico que tengan intervención en la renta de dichos recursos”, no es lógico que sean ellos los que negocien directamente o establezcan contratos directamente con las empresa petroleras multinacionales, ya que “no hay equiparación de poder para ponerle limite a esa voracidad”.

Asimismo, si bien el proyecto acorta la renta de las provincias petroleras y marca limites como el ’acarreo’ o los impuestos bajo una política hidrocarburífera un poco más federal de la que hoy existe, Rigane señala que el objetivo principal de la nueva ley “sigue siendo seducir al capital privado, principalmente extranjero, para explotar Vaca Muerta y desarrollar los no convencionales en el país. Y para que esto suceda necesitan de un nuevo marco legal que favorezca y otorgue enormes garantías a las grandes corporaciones mundiales de la energía para que inviertan en la Argentina”.

“No es cierto que va a haber control, no es cierto que va a haber resguardo del medio ambiente y menos aún que el fracking como método es una panacea, cuando precisamente es un método de extracción que está cuestionado en más de un lugar en el mundo”.

Rigane explicó la ley lo que establece son pautas, que tienen que ver, por ejemplo, con la ampliación de los años de concesión. En lo convencional era por 25 años, ahora va a ser por 35 y si uno a eso le suma la ampliación, estamos entregando los recursos por 50 o 60 años”.

Así, volvió a enfatizar en que no es una Ley que resguarde los intereses del pueblo. “Mucho mejor sería que se decidiera en un plebiscito, qué tipo de ley quieren los argentinos en función de la explotación del petróleo y sobre todo en particular de los no convencionales”.

“Es un proyecto de ley que trata de habilitar las mejores condiciones para los grupos multinacionales. El ejemplo más claro lo tenemos con Chevron, que fue expulsada de Ecuador y nosotros la recibimos con los brazos abiertos”, dijo y dio otros detalles: “Por otro lado, esta ley lo que trata de resolver es precisamente que la inversión mínima esté en el orden de los 250 millones de dólares, ya con eso se puede comenzar a desarrollar la exploración y la explotación, pero con libre disponibilidad de los recursos y de las divisas a partir del 5to año. Con lo cual se le da una libertad y una posibilidad a los grupos multinacionales que van atentar con nuestra riqueza y sobre todo con la posibilidad cierta de recuperar el autoabastecimiento”.

Finalmente Rigane indicó que “lo primero que habría que impulsar es resolver que YPF sea íntegramente estatal, lo segundo es dejar de exportar petróleo, gas y cualquier tipo de combustible, sobre todo petróleo crudo, y lo tercero es general sobre la base de una política de recuperación del patrimonio nacional a manos del pueblo la integración regional pero sobre la base de los intereses y las necesidades de los pueblos y no de los gobiernos y menos de las empresas multinacionales. En realidad el planteo es consultar al pueblo. Pero hay temor de consultar al pueblo y es el que va a sufrir las consecuencias o beneficios de esta política y de este proyecto de ley”.

Fuente: http://www.argenpress.info/2014/09/proyecto-para-una-nueva-ley-de.html

lunes, 29 de septiembre de 2014

Estamos en y ante “un modelo que avanza y arrasa vidas”.


 Bienes comunes y modelo productivo: Arrasando vida

Por: Darío Aranda (ACTA)

“Esta semana nos avisaron que van a voltear 3000 hectáreas donde vivimos. Nadie nos preguntó. Y a nadie vamos a dejar pasar. Nosotros vivimos, nosotros morimos acá”, avisó Ramón Paz, de la Federación Wichí Ruta 81 de Salta. El motivo de la deforestación es el modelo agropecuario que avanza sobre el norte argentino.

La Escuela de Antropología de la Universidad Nacional de Salta (UNSA) denunció que el despojo de la tierra conlleva al desplazamiento de pueblos originarios y campesinos a las periferias urbanas, y alertó: “Este avance sobre los derechos de los pueblos indígenas implica su extinción”.

En la Argentina se produce el 4,3 por ciento del desmonte mundial.

La Ley
La Ley Nacional 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos (más conocida como Ley de Bosques) fue aprobada el 28 de noviembre de 2007. La ley durmió en el despacho presidencial catorce meses para su promulgación (último paso para su plena vigencia). En febrero de 2008 un alud destruyó buena parte de la ciudad salteña de Tartagal. Fuerte lluvias, la actividad petrolera en los cerros aledaños y la tala selectiva fueron un combo que barrió aguas abajo con casas y vidas.


El gobernador Juan Manuel Urtubey habló de “desastre natural”. Rápidamente las organizaciones sociales y académicos salteños apuntaron a la actividad del hombre, la tala y el desmonte. La Presidenta visitó la zona. A su regreso, el 13 de febrero de 2008, puso su firma y promulgó la ley.

La norma establecía un reordenamiento territorial en cada provincia que identificara las zonas de monte en tres colores. Rojo (no se puede desmontar), amarillo (requiere estudios y autorizaciones para realizar actividades intensivas) y verde (se puede desmontar). En 2009, Salta aprobó el reordenamiento (fue muy cuestionado por las organizaciones rurales y ambientales por no contar -como establecía la ley- con participación de la sociedad civil).

Datos duros

Entre 2008 y 2013 se desmontaron en Salta 358.723 hectáreas, de las cuales 112.000 estaban en zonas que debían protegerse (según el Ordenamiento Territorial requerido por la Ley de Bosques). Los datos fueron procesados, estudiados y confirmados por el Laboratorio de Análisis Regional y Teledetección (LART) de la Facultad de Agronomía (Universidad de Buenos Aires). Detalló que en 2008 (primer año de vigencia de la Ley) fue el récord de desmonte: 110.000 hectáreas. En 2009 se arrasaron 46.000 y en 2010 ascendió a 50.000 hectáreas. En 2011 se destruyeron 72.000 hectáreas de monte salteño, en 2012 otras 52.000 y en 2013 se desmontaron 28.000 hectáreas. Equivale a un promedio de 164 canchas de fútbol por cada día, siete hectáreas de monte salteño desaparecen cada hora.

En julio pasado, Greenpeace denunció que en sólo dos meses se habían desmontado 6350 hectáreas de bosques protegidos por la Ley y que otras 120 mil hectáreas estaban en riesgo porque el gobierno de Salta había autorizado el paso de topadoras. “Es preocupante la falta de acciones firmes por parte de la Secretaría de Ambiente de la Nación. Si todas las provincias desmontarán al ritmo que lo hace Salta, en 30 años la Argentina se quedaría sin bosques”, denunció Hernán Giardini, coordinador de la campaña de Bosques de Greenpeace.

El desmonte es una política de Estado sostenida por los distintos gobiernos provinciales. Entre 1998 y 2002 la superficie desmontada fue de 194 mil hectáreas. Entre 2002 y 2006 se duplicó (415 mil). Cuando Juan Manuel Urtubey estaba campaña para su primera gobernación (2007) se diferenciaba del entonces gobernador Juan Carlos Romero. “Se acabó el festival de desmontes”, era uno de sus latiguillos de campaña. No cumplió.

La Red Agroforestal Chaco Argentina (Redaf) es un colectivo que reúne a organizaciones y activistas. Estudia, acompaña en territorio a las comunidades y procesa la información oficial sobre el avance extractivo en el norte del país. Detallan que entre 1976 y 2012, en Salta se arrasaron dos millones de hectáreas de monte. Un récord que le vale a Salta un título: la capital del desmonte.

Recategorizar
Para ejecutar buena parte de la deforestación se utilizan grises de la ley o se desvirtúa el espíritu de la norma. La palabra clave es “recategorizar”. El gobierno salteño estableció que la zonificación por colores era sólo “orientativa” y que podía ser modificada por el Ministerio de Ambiente provincial. Los campos que en el mapa original aparecen amarillos o rojos (zonas protegidas) las pasan a “verde” para luego desmontarlas.

Las recategorizaciones violan el artículo 14 de la Ley de Bosques. “No podrán autorizarse desmontes de bosques nativos clasificados en las Categorías I (rojo) y II (amarillo)”. Contradice también el artículo 9 del decreto 91/2009 (reglamentación nacional de la Ley): “En la Categoría I (rojo), que dado su valor de conservación no puede estar sujeta a aprovechamiento forestal, podrán realizarse actividades de protección, mantenimiento, recolección y otras que no alteren los atributos intrínsecos”.

Las modificaciones de categorías nunca pueden, según la misma ley, disminuir el nivel de protección de un campo. “En caso de duda respecto de la afectación de un predio en forma total o parcial, se optará por la categoría de mayor valor de conservación”. En Salta se hace todo lo contrario. Ante la duda, se pasa topadora.

“Los grandes terratenientes ya no necesitan esconderse para deforestar donde está prohibido. Aunque parezca increíble, el Gobierno autoriza desmontes a pedido. Modifica la zonificación de las fincas establecida por la Ley de Bosques y todo queda prolijamente ’dentro de la ley’”, afirma Giardini, de Greenpeace.

Otra incoherencia gubernamental es el decreto provincial 2789, que prohíbe los desmontes en regiones donde no se realizó el relevamiento de territorios indígenas establecido en la Ley Nacional 26.160 (Emergencia Comunitaria Indígena). El relevamiento territorial no se realizó, por ejemplo, en la comunidad wichí Cuchuy (municipio de Ballivián, departamento San Martín), pero aún así se efectuó la audiencia pública para desmontar diez mil hectáreas de territorio.

Coerción
Para recategorizar necesitan, tanto empresas como Gobierno, un visto bueno de los habitantes del lugar, campesinos e indígenas. Es el momento de la estafa, la coerción o el simulacro de consulta. En el caso de la comunidad wichí Cuchuy las empresas hicieron firmar comodatos a criollos e indígenas donde ceden el territorio a cambio de la donación de 300 hectáreas y diez viviendas.

“Un aspecto muy preocupante es cómo tratan la resolución del ’conflicto social’ para pasar de amarillo a verde y autorizar el desmonte. Es brutal la presión metida por todos (intendentes, empresas, Secretaría de Ambiente) sobre las familias wichí que habitan ancestralmente cada lugar. Tenemos prueba de todos los documentos que les hacen firmar. Quienes gestionan esas firmas son los que proveen de agua, quienes proveen ambulancia, bolsones de alimentos. ¿Cómo no van a firmar si de eso depende tener agua o comida?”, alertó Ana Alvarez, de Redaf.

En el caso de la finca Cuchuy (donde vive la comunidad wichí del mismo nombre), las familias campesinas y wichí no contaron con asesoramiento jurídico sobre sus derechos. Y firmaron un comodato a favor de los empresarios. Les quedarán 300 hectáreas y perderán 9700. Las cuatro familias campesinas que viven en el lugar hace más de 50 años firmaron el “acuerdo” solicitado por los empresarios. En dos casos firmaron con la huella dactilar porque no saben leer ni escribir. El escrito que firmaron detalla que sólo tendrán cinco hectáreas por familia (20 hectáreas total). Tienen como principal actividad de sustento la ganadería (cuenta con 600 cabezas de ganado), pero en 20 hectáreas sólo podrán mantener una decena de animales.

Empresarios y funcionarios saben que, al perder su forma de vida, los campesinos migrarán del campo.

La mayoría de las familias wichí que “firmaron” no escriben ni leen, incluso no hablan castellano. “Viven en una situación socioeconómica alarmante por la violación sistemática de sus derechos humanos. Sufren falta de alimentación, de acceso al agua potable, a la vivienda digna, a la educación y a la salud pública. Los problemas en los que se ven inmersos son producto, en su gran mayoría, del despojo territorial que han venido sufriendo en forma sistemática por parte de particulares, con anuencia de los estados provincial y nacional”, aseguró el defensor oficial Julián Langevin en su informe a la Corte Suprema de Justicia en 2009.

Modelo
El principal motivo del desmonte es el avance del modelo transgénico (principalmente soja). En el 2000, en Salta existían 210 mil hectáreas con soja. La última campaña fue de 600 mil hectáreas. Con el maíz transgénico pasó algo similar: 61 mil hectáreas en el 2000. En 2013 abarcó 162 mil hectáreas. A medida que retrocede el monte, avanza el agronegocios.

Otro factor de peso es el corrimiento de la frontera ganadera, expulsada (también por la soja) de las tierras que ocupaba, avanza sobre tierras campesinas, indígenas, de monte nativo.

Según estadísticas del Sistema Integrado de Información Agropecuaria (SIIA, del Ministerio de Agricultura de la Nación), en el 2000 había en Salta 420 mil cabezas de ganado bovino. En 2010 (última estadística disponible) llegaba a un millón de cabezas.

El gobierno de Salta anunció en 2013 que planea cuadruplicar el stock ganadero para 2030. Lo que implica avanzar sobre nuevas tierras.

El Gobierno Nacional, junto a provincias y empresas, impulsa el Plan Estratégico Agroalimentario (PEA), que aspira a aumentar la producción granaria un 60 por ciento para 2020 (pasar de las 100 millones de toneladas actuales a 160 millones de toneladas). El mismo texto del PEA explicita un 27 por ciento de aumento del área sembrada (pasar de 32 millones de hectáreas a 41 millones). Se profundizará el avance sobre la zona el norte argentino.

Directa relación con el modelo impulsado es lo difundido en marzo pasado en el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC, donde participan más de 300 científicos de todo el mundo): el 4,3 por ciento de la deforestación global ocurre en Argentina.

Empresarios

Greenpeace difundió en mayo pasado un listado de empresarios vinculados a la violación de la Ley de Bosques. En el informe “Desmontes S.A. La responsabilidad empresaria y gubernamental”, apunta a Franco y Mauricio Macri, Alejandro Braun Peña, Pablo Clusellas (Macri Group, Socma, Chery Argentina, Pago Fácil), Aldo Navilli (Molino Cañuelas, Vitamina), Alejandro Roggio (Grupo Roggio, Metrovías, Cliba), João Pereira Coutinho (Volkswagen Portugal), Bruno Varela Marín (productor ganadero uruguayo), Martín Laplacette (director de la filial local del grupo brasileño André Maggi), Andrés von Buch (directivo de la Cámara de Industria y Comercio Argentino Alemana) y Arnaldo Hasenclever (director de la filial local de Grant Thornton International). Son sólo algunos de los empresarios nacionales y extranjeros que avanzan sobre tierras campesinas e indígenas.


Una de las empresas más cuestionada fue Molino Cañuelas (propiedad de Aldo Adriano Navilli y sus hijos), fabricantes de los conocidos “Bizcochos 9 de Oro”. Propietaria de la estancia “El Carmen”, que pretende desmontar 6000 hectáreas de monte salteño en cercanías de la ciudad de Embarcación. La empresa exporta harina de trigo, elabora y comercializa aceites, y forma parte del mismo grupo empresario que controla las empresas de marca de ropa Vitamina y Uma.
En la finca El Yuto, de 20 mil hectáreas en el departamento San Martín, fue clasificada como Categoría II (amarillo), pero el administrador pidió el desmonte de 8163 hectáreas para explotación agrícola. Es propiedad de Franco Macri y sus hijos (entre ellos, el Jefe de Gobierno porteño) y serán afectadas las comunidades indígenas La Chirola, La Corzuela, Algarrobito, Asamblea de Dios, Las Llanas, La Mina y El Campamento.

Alejandro Roggio (uno de los principales accionistas del Grupo Roggio, contratista del Estado en construcciones, higiene urbana y transporte) es propietario de la finca La Maravilla. Logró autorización para desmontar 1423 hectáreas.

Derechos humanos
La Defensoría del Pueblo de la Nación publicó en 2012 un informe titulado “Vulneración a los derechos de pobladores criollos e indígenas por deslindes y desmontes irregulares en Salta”. Resume que el corrimiento de la frontera agropecuaria implica la violación de derechos de campesinos y comunidades indígenas. Constató desmontes en zonas prohibidas, violencia sobre comunidades, incumplimiento de leyes nacionales y provinciales, falta de control por parte del gobierno provincial y la ausencia del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). “Se ha verificado una clara vulneración a los derechos de pobladores criollos e indígenas, un potencial daño al medio ambiente, debilidad en el accionar de la Provincia para la solución de los hechos observados y la existencia de un conflicto social latente, que demanda la urgente atención por parte de todas las autoridades con el fin de evitar una escalada que produzca consecuencias imposibles de remediar”, alertó la Defensoría del Pueblo.

La Defensoría hizo hincapié en la zona de la ruta nacional 81, que recorre el noreste de Salta, región del chaco argentino. En el kilómetro 1790 se ubica la localidad de Fortín Dragones (departamento San Martín), zona de campesinos criollos y comunidades wichí que denuncian la presión para que dejen sus tierras, la tala indiscriminada, el cierre de caminos, falta de presencia del INAI, inacción del Ministerio de Ambiente de la provincia, necesidad de obras de agua potable y mejoras en las escuelas. La Defensoría del Pueblo confirmó cada una de las denuncias en las comunidades La Chirola, Las Llanas, La Golondrina, La Paloma, Las Moras, Media Luna, Pozo El Bravo, La Fortuna, Monte Seco, Pozo Los Indios, y El Vizcacheral.

El informe hace especial mención al “proceso de arrinconamiento” que padecen las comunidades mediante el cercado de fincas vecinas que limitan los espacios de ganadería de las familias criollas e indígenas. “Sus capacidades productivas se ven fuertemente mermadas por la acción de los grandes finqueros. Sus vacas no tendrán lugar donde pastar y ellos tendrían que emigrar faltos de trabajo”, explica el informe.

“Estamos peor que hace dos años. El Gobierno y las empresas nos quieren apretar por todos lados. Esta semana nos avisaron que aprobaron el desmonte de 3000 hectáreas nuestras. No los vamos a dejar. Nosotros vivimos acá”, avisó enojado Ramón Paz, de Misión Salím y de la Federación Wichí de la cuenca del Río Bermejo (a 40 kilómetros de la ciudad de Embarcación). Explica que en el primer fin de semana de septiembre habrá reunión de treinta comunidades y decidirán qué hacer. Están dolidos porque un dirigente wichí, histórico defensor del monte nativo, acaba de hablar con medios provinciales y propone alianzas con las empresas del agro para desmontar.

“No sabemos si lo amenazaron o qué pasó. Sabemos que nosotros queremos nuestro monte”, aclara Paz e insiste: “No nos vamos a ir y no vamos a dejar que volteen el monte”.

En enero pasado, agrupaciones campesinas del chaco salteño (departamento Rivadavia Banda Norte, en el noreste provincial) exigieron al Ministerio de Ambiente y Producción que frenen los desmontes. Las organizaciones Unión y Progreso, Los del Bermejo, Defendiendo lo Nuestro, Comisión de Feria Rural Campesina, Herencia Chaqueña y la Asociación de Pequeños Productores del Chaco Salteño denunciaron sentirse “avasallados en nuestros derechos posesorios sobre la tierra que habitamos y en la cual hemos trabajado y construido nuestras vidas por generaciones; una vez más sentimos que se nos ignora, margina y desconoce como ciudadanos poseedores de derechos. Solo se tienen en cuenta los beneficios económicos que favorecen a unos cuantos y perjudican a toda una población”. Aclararon que en ninguno de los permisos de desmonte, con supuestas audiencias públicas, se consultó a las familias campesinas y comunidades indígenas afectadas.

La primera semana de agosto, comunidades wichí San José de Cuchuy, Laguna de Cuchuy, Chaguaral y El Duraznillo acamparon y frenaron topadoras (en el municipio de Ballivián, departamento de San Martín), para defender el único monte que les queda, quebrachos, palosantos, mistoles, algarrobos.

La Escuela de Antropología de la Universidad Nacional de Salta emitió una dura declaración pública en mayo pasado. “Expresamos nuestra más profunda preocupación por los desmontes autorizados por cuanto se estima que constituyen una violación a la Ley Nacional de Bosques y a los derechos consagrados de los pueblos originarios y familias criollas que habitan esos sectores, poniendo a los mismos en grave riesgo para su supervivencia en un corto plazo”, alerta el primer párrafo de la declaración.

Resalta que para indígenas y campesinos no es sólo bosque sino que el monte hace a su vida. “La supervivencia se encuentra en grave riesgo como consecuencia de los desmontes que no los tiene en cuenta en pos de un lucro privado para unos pocos que contradice su supuesto desarrollo”, aseguran los antropólogos de la UNSA, precisan las consecuencias en la salud, el hambre, la desnutrición y la contaminación.

Cuestiona las “recategorizaciones” prediales y apunta al gobierno provincial: “Sus acciones no respetan los derechos indígenas reconocidos por la Constitución Nacional y demuestra su funcionalidad y lealtad a los intereses de lucro a corto plazo de un puñado de empresarios, cuya codicia no repara en los costos ambientales y humano”.

La Escuela de Antropología de la Universidad de Salta no duda de que los desmontes implican para los pueblos indígenas “una violación de sus derechos humanos” y avanza un escalón más: “Este accionar (desmontes y desalojos) bien podría calificarse como genocidio, a la luz de la legislación pertinente es un delito de lesa humanidad que no prescribe”.


Darío Aranda es periodista y escritor.
Fuente: http://www.argenpress.info/2014/09/bienes-comunes-y-modelo-productivo.html

I. Advirtamos: continúa y se profundiza el neoliberalismo con dos proyectos a tratar rápidamente en el Congreso (el hidrocarburífero y el código civil comercial)

Ante la reforma de la Ley de Hidrocarburos
29 de septiembre de 2014

Observatorio Petrolero Sur (OPSur)

Mañana comenzará a tratarse en el Congreso de la Nación el proyecto de reforma de la Ley 17.319 de Hidrocarburos que impulsan el Gobierno Nacional y la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (Ofephi). En resumidas cuentas, el objetivo es dinamizar el mercado hidrocarburífero a través de la estandarización de la legislación y los contratos para atraer la inversión externa. Una receta que marca continuidades con otras políticas iniciadas en la década de los ’90, sostenidas en los años siguientes, y con las reformas promovidas por el Departamento de Estado de EE.UU. en Este de Europa para viabilizar la explotación de yacimientos de gas y petróleo de esquistos.

Uno de los cambios más profundos que propone el proyecto llega bajo el discurso de la competitividad, una palabra muy de moda en las olas neoliberales de los años ’90. Es bajo este paradigma que, de aprobarse la reforma tal cual llegó al Congreso, los Estados provinciales y el nacional quedarán impedidos de crear áreas de reserva y adjudicarlas a las empresas que controlan (GyP, YPF, Pampetrol, etc.); también se pone fin al sistema de acarreo -que permitía asociarse a proyectos sin realizar una inversión inicial de capital. De esta manera, a dichas empresas se les exigen los mismos requisitos que a las privadas, lo que implica en la práctica profundizar las asimetrías frente a las grandes compañías. Por otro lado, la aprobación e implementación de reforma de la Ley de Hidrocarburos con Enarsa significaría firmar su defunción ya que las áreas offshore que controla serán revertidas a Secretaría de Energía de Nación para nuevas licitaciones “competitivas”.

Es decir, no sólo no se descarta de plano la transferencia del dominio de los hidrocarburos y control de la industria por parte del Estado Nacional, con participación de las provincias, sino que allana aún más el camino al sector privado. Si bien la iniciativa recibió algunas críticas de representantes de empresas transnacionales, que reprochan que sólo YPF participara de la discusión, el proyecto responde a las demandas del sector que, hasta el momento, dosificó al extremo las inversiones a la espera de mayores beneficios. El texto en ciernes mantiene el modelo de concesiones y, en ese aspecto, sólo modifica los plazos de los períodos de exploración y explotación, según se trate de bloques convencionales, offshore o no convencionales; con respecto al último tipo de yacimientos, se le asigna un tipo de concesión particular y, en sintonía con las modificaciones que introdujo el acuerdo YPF-Chevron, se le confiere un plazo de explotación inicial de 35 años. Por otra parte, quita el tope a la cantidad de áreas adjudicadas por empresa –cinco por concesionario-, “sincerando” una situación de abierta irregularidad en la que se encontraban las principales compañías y, en definitiva, legalizando los procesos de concentración oligopólica. Asimismo, en otro guiño al sector, se pone un techo a las regalías (hasta 18%) y,  reduce del 50% al 25% la tasa de acumulación del canon que la concesionara paga  en caso de prórroga durante etapa de exploración.

Por otra parte, este proyecto pone de manifiesto la volatilidad de los discursos que pronosticaban, en el corto plazo, lograr la soberanía hidrocarburífera y el autoabastecimiento a partir de la explotación masiva de Vaca Muerta y otras formaciones de esquistos. En un nuevo intento de incrementar los niveles de extracción de gas y petróleo, el Estado renuncia a otra porción de la renta petrolera, al poner un techo, e incluso permite reducir, el cobro de regalías, esta vez, a fin de estimular los proyectos de recuperación terciaria y el desarrollo de yacimientos offshore y de crudos ultra pesados -el nuevo actor no convencional cuyo potencial conocido al momento se sitúa en la provincia de Mendoza, cercana al Área Protegida de Llancanelo.

Seguridad jurídica para el inversor
No sólo se incorporan ventajas otorgadas a las petroleras a través de los decretos 927 y 929 de 2013 -como la reducción y/o eliminación de aranceles aduaneros a la importación de bienes e insumos estratégicos para el desarrollo de proyectos y la libre disponibilidad sobre un porcentaje de la producción, que permite vender a precio internacional y liquidar las utilidades obtenidas en casa matriz- sino que además reduce los requisitos para acceder a ellas y las amplía. En adelante pueden acceder los proyectos de inversión superiores a 250 millones de dólares -el decreto 929 establecía un piso de mil millones de dólares-, y en el caso de offshore, habilita la exportación de hasta el 60% de lo extraído -mientras que para el resto de los proyectos el tope es el 20%. Las ventajas que otorgarían a estos proyectos –que posibilitaría a las empresas una rápida maximización de las ganancias y recuperación de la inversión- revela las expectativas que el Gobierno deposita en una acelerada puesta en explotación de la plataforma continentalante la falta de resultados en Vaca Muerta.

Asimismo, para hacer frente al lento despegue de los no convencionales, los proyectos que soliciten concesión de explotación dentro del plazo de 36 meses de entrada en vigencia de la ley, podrán pedir una reducción de hasta el 25% del monto de las regalías durante los 10 años siguientes a la finalización de la etapa piloto. Salvo YPF y Chevron en Loma Campana, el resto de las compañías con proyectos en Vaca Muerta -como Shell, Total, ExxonMobil y Petrobras- han perforado pero no iniciado la explotación en gran escala por lo que serían tentadas con esta reforma.
Además de transformar en ley los decretos 927 y 929, firmados pocos días antes de concretarse el convenio con Chevron, el proyecto consolida a la Responsabilidad Social Empresaria como mecanismo de intervención en el espacio público, gestión del conflicto social y satisfacción de demandas populares en las regiones petroleras; un elemento que asomó con mucha fuerza en el acuerdo firmado entre la provincia de Neuquén e YPF para la explotación de esquistos en Loma Campana. De esta manera se dota a las petroleras de una herramienta para la construcción de consensos y se quita al Estado y las poblaciones el poder de decisión sobre los destinos de la renta. Por último, otra forma de transferencia de renta, o de “otorgar beneficios”, que contempla la reforma es el compromiso del Estado Nacional de financiar obras infraestructuraestratégicas para el desarrollo de los proyectos. Esto podría implicar al país un incremento de la deuda externa, como sucede actualmente con los créditos del BID para transformar a Añelo en base de operaciones para la explotación de Vaca Muerta.

Autoabastecimiento, en sentido amplio
En suma, estos movimientos llevan a status de ley nacional elementos presentes en contratos y decretos que sustentaron el avance de los no convencionales de manera caótica y en un vacío jurídico significativo. Como se decía al principio y en elanálisis de los primeros borradores puestos en discusión, el proyecto apunta a la uniformización del marco jurídico –administrativo (pliego licitatorio modelo), ambiental y fiscal- en pos de la competitividad global más que en función de necesidades y ajustado a procesos de decisión interno. En este sentido, el debate, la legislación y la dinámica territorial hidrocarburífera continúa siendo marcado a fuego por las urgencias y necesidades del sector privado y, en menor medida, de la población. La maximización de utilidades para los inversores no sólo se obtiene a partir de transferencias económicas sino también con la negación al pueblo de derechos que “entorpezcan” el ágil funcionamiento de la industria. Un ejemplo de esto puede ser la no aplicación del derecho indígena, que está totalmente ausente en este proyecto de reforma de la ley. En esta línea, YPF juega su rol ambiguo. Por un lado, opera y presiona por una reforma que la beneficie  en tanto “empresa de los argentinos”. Por otro, niega acceso a información clave, como los acuerdos que firma con otras compañías, por ser una “empresa privada orientada a generar valor para sus accionistas”.
El autoabastecimiento continúa siendo una consigna que no se discute -no importa para qué fin se persigue este objetivo-, sólo se sabe a quién le adjudicaron la responsabilidad de cumplirlo, que paradójicamente es el mismo sector corporativo que nos llevó a esta situación.


Fuente: http://www.opsur.org.ar/blog/2014/09/29/loteo-con-beneficios/

domingo, 28 de septiembre de 2014

Sepamos abajo se construyen alternativas al modelo de ecocidios-genocidios.

Proyecto de Ley

Proyecto de ley para establecer parámetros de sustentabilidad ambiental en las explotaciones mineras
ARTÍCULO 1°
Objeto.
La presente ley tiene por objeto garantizar el cumplimiento en la actividad minera de los principios ambientales preventivo, precautorio, de sustentabilidad y de equidad intergeneracional establecidos en la ley nacional 25.675, así como también:
a) garantizar el uso racional y sustentable de los recursos naturales;
b) proteger los recursos hídricos;
c) mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos;
d) asegurar la conservación de la diversidad biológica:
e) prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas puedan generan sobre el ambiente;
f) posibilitar la sustentabilidad ecológica, económica y social del desarrollo;
g) minimizar los riesgos ambientales;
h) prevenir la posibilidad de emergencias ambientales;
i) remediar el impacto ambiental producido a la fecha.
Art. 2º.-  Prohíbase, en todo el territorio de la provincia de Chubut, la actividad minera de sustancias metalíferas correspondiente a la primera categoría establecidas en el inciso a) del artículo 3º del Código de Minería con la utilización de cianuro, cianuro de sodio, bromuro de sodio, yoduro de sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido fluorhídrico, ácido nítrico, xantatos, alquil xantatos, alquil ditiofosfatos, xantoformiatodas, detergentes o espumantes químicos y toda otra sustancia química contaminante, tóxica o peligrosa incluida en el Anexo I de la Ley Nacional Nº 24.051, o que posea alguna de las características enunciadas en el Anexo II de la Ley Nacional Nº 24.051 y normas concordantes o las que en el futuro las reemplacen.
Los titulares de concesiones o de derechos mineros que involucren minerales metalíferos o aquellas personas que los ejerciten, deberán adecuar todos sus procesos a las previsiones del presente artículo en el término de seis (6) meses a partir de la publicación de la misma, bajo pena de caducidad de la concesión minera.
Art. 3º- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2º de la presente ley, prohíbese en todo el territorio de Chubut toda actividad minera metalífera cuyas actividades comprendidas en el inciso b) del artículo 249 del Código de Minería, o cualquier tipo de procesamiento, sean realizadas en otra provincia o en el extranjero.
Art. 4º.- Prohíbase, en todo el territorio de la Provincia de Chubut, la actividad minera, en todas sus etapas, de minerales nucleares tales como el uranio y el torio.
Dicha prohibición regirá, asimismo, para las minas actualmente concedidas las que deberán proceder al cierre y a la inmediata aplicación de las acciones de remediación, recomposición y restitución necesarios.
Art. 5º.- Las prohibiciones establecidas en los artículos 2º, 3º y 4º de la presente ley se extienden a todas sus etapas, constituidas por cateo, prospección, exploración, desarrollo,  preparación, extracción, explotación y almacenamiento de sustancias minerales.
Art. 6º.- Facultase al Poder Ejecutivo Provincial a adecuar las disposiciones reglamentarias vigentes a lo establecido por la presente Ley.
Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los fundamentos de la presente ley se desprenden del artículo primero, objeto de la misma.
Varias son las provincias que ya legislaron prohibiendo la mega minería hidroquímica metalífera con uso de compuestos tóxicos, ya sea a cielo abierto o subterránea,  o bien de manera mixta.  En realidad se prohíbe  un método extractivo que impacta negativamente en territorios, ecosistemas y poblaciones de manera irreversible, debido no solo al efecto a gran escala de la explotación, sino también al procedimiento utilizado para separar el mineral de la roca que lo contiene.
En todos los casos legislados se tiene en cuenta que el artículo 41°, incorporado en el año 1994 ala Constitución Nacional, que establece taxativamente que todos los habitantes gozamos “del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.”  También establece que las autoridades “proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.”
Por su parte, la Ley N° 25.675 (Ley General del Ambiente) establece principios de política ambiental que deben ser respetados, entre ellos:
- El principio preventivo, según el cual las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir.
- El principio precautorio, que consigna que, cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica, no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente.
- El principio de sostenibilidad en el tiempo, que establece que el desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras.
- El principio de cooperación, que plantea que los recursos naturales, (mejor denominados “bienes comunes”) y los sistemas ecológicos compartidos, serán utilizados en forma equitativa y racional, y que el tratamiento y mitigación de las emergencias ambientales de efectos transfronterizos serán desarrollados en forma conjunta.
- El principio de congruencia, establece que la legislación provincial o municipal referida a lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijadas en la legislación nacional; y en caso de que así no fuere, esta prevalecerá sobre toda otra norma que se le oponga.
- Principio de equidad intergeneracional, el cual indica que los responsables de la protección ambiental deberán velar por el uso y goce apropiado del ambiente por parte de las generaciones presentes y futuras.
Resulta, por tanto, absolutamente claro que la denominada minería a gran escala o megaminería con modalidad a cielo abierto, una de las formas más devastadoras y agresivas para el ambiente y que conlleva además grandes impactos sociales y culturales, es totalmente incompatible con lo estipulado por nuestra Constitución Nacional y los principios rectores de la Ley N° 25.675 (Ley General del Ambiente).
Esta modalidad de minería metalífera a gran escala, a cielo abierto y con uso de tóxicos es una enorme consumidora de energía eléctrica y de agua que queda irreversiblemente contaminada, compitiendo en el uso de dichos recursos con la agricultura y otras actividades productivas tradicionales de las zonas donde se asientan los emprendimientos.
En un momento de crisis energética global, y donde el agua potable es un bien escaso para la vida, estratégico, codiciado a nivel geopolítico, y considerado como un derecho humano fundamental, el uso irracional de ambos recursos, de por sí, justifican la urgente necesidad de esta ley.
En los últimos meses, asistimos al resurgimiento y la profundización de la oposición de las poblaciones de la zona de influencia de los emprendimientos mineros en explotación actual o futura.
Dicha oposición se sustenta en el acabado conocimiento de las mismas respecto de los efectos de este tipo de actividad predatoria y el stress generado a partir de la pérdida de la paz social. Esto resulta claro y evidente en poblaciones como Esquel, Andalgalá, Jáchal, Calingasta, Ingeniero Jacobacci, Valle de Uco, Uspallata, Tinogasta, Abra Pampa, Tilcara, Loncopué,  Chilecito, Famatina, Córdoba,  y distintas regiones o reservas de pueblos originarios, fundamentalmente a lo largo de 4.441 kilómetros de longitud de la Cordillera de los Andes en límite con la República de Chile, donde se aplica el tratado binacional de implementación minera conjunta chileno-argentino.
En la zona de influencia directa de los emprendimientos mineros se genera un contexto de contaminación psíquica y social, el cual se impone a partir de la connivencia del poder político, judicial y mediático con las corporaciones mineras. Las estrategias de empobrecimiento social, cultural, ambiental, ecológico y económico que intentan legitimar estratégicamente el discurso falaz de que la única forma de supervivencia regional es la actividad minera. El emergente más claro de esta problemática y este accionar es una fragmentación social que en algunos casos se torna en fractura.
Resulta evidente la ausencia de licencia social por parte de la población de las provincias argentinas afectadas y/o en riesgo de afectación hacia estos emprendimientos. Esta ausencia de licencia social debe plasmarse jurídicamente en una ley de prohibición nacional para la actividad extractiva de referencia, ya que nadie puede tener un derecho adquirido de comprometer la salud pública y el ambiente.
La minería metalífera a cielo abierto remueve cientos de miles de toneladas de tierra y roca por día a partir de la utilización de toneladas de explosivos y el uso de maquinaria de gran porte, roca que es luego pulverizada para facilitar la extracción de los minerales.
Esta tarea remueve el manto fértil del suelo generando, y en muchos casos agravando, los procesos de desertificación, alterando el normal escurrimiento de las aguas, muchas veces destruyendo cuerpos de hielo, suelos congelados, permafrost, y degradando y alterando ríos, arroyos, vegas y humedales generalmente ubicados en las cumbres de montañas y sierras donde se hallan los minerales buscados.
Por otra parte, ya en la etapa de exploración y prospección, la minería a cielo abierto realiza cuantiosas perforaciones buscando fuentes de agua que alimenten la posterior explotación y para ello usan aditivos y elementos tóxicos que contaminan los suelos y subsuelos.
Cuando hablamos de hechos probatorios que justifican la sanción de la presente ley, debemos mencionar los volúmenes de agua que superan holgadamente el metro cúbico  de agua por segundo, equivalente a 86.400.000 litros de agua por día. Como bien refiere el gerente de la planta minera chilena “Chuquicamata”, es común usar 1900 litros de agua por segundo, esto es, casi dos metros cúbicos de agua por segundo, veinticuatro horas diarias, trescientos sesenta y cinco días al año y durante los 20 ó 25 años de explotación hasta el cierre de mina. Lo curioso es que hay regiones donde el agua escasea o directamente no existe y en el caso de Chuquicamata y La Escondida, pretende trasladar agua de la provincia de Salta, Argentina, hasta ese sector chileno, seco, desértico, estéril. Se haría mediante dos acueductos de tres mil litros de agua por segundo cada uno. Seis mil litros de agua por segundo, que alcanzarían solamente para abastecer de agua a esos dos emprendimientos chilenos.
Cualquier explotación minera a gran escala genera miles de toneladas por día de roca residual o estéril que, ya triturada y/o molida, contiene concentraciones de sulfatos, metales tóxicos y no-metales. Esa roca es desechada en pilas sobre la superficie del suelo al borde de los tajos, ocasionando que muchos de esos contaminantes se filtren a las aguas superficiales y subterráneas o sean arrastrados por el viento. Es así como la contaminación se traslada a decenas de kilómetros de su fuente, tornando inclusive imposible de prever técnicamente la extensión de los daños ambientales a ocasionarse.
Pero además, los procesos de lixiviación y flotación con sustancias tóxicas emplean millones de litros de agua, como ya advertimos, que se contaminan por el aporte de las sustancias tóxicas que utilizan (cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, entre otras). Estos gigantescos volúmenes de agua, recurso de altísimo valor para la vida, nunca más será apta para el consumo humano ni del ganado, ni para el riego de cultivos. El agua es un recurso natural vital y escaso: en el planeta, sólo un 3% del agua es dulce, y sólo un 1% se encuentra en ríos, lagos y mantos subterráneos en forma de agua; el 2% restante se encuentra en forma de hielo.
Siendo que gran parte del agua dulce del planeta se encuentra ya contaminada por distintas causas, resulta de vital importancia tomar como precedente a la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial cuyo objeto central es preservar los mencionados ambientes como reservas estratégicas de recursos hídricos para consumo humano, la agricultura y la ganadería, como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas, para la protección de la biodiversidad, como fuente de información científica y como atractivo turístico.
Según el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (GEO Anuario 2007, Pág. 80), para el año 2025, la demanda de agua potable será el 56% más que el suministro. De allí que el uso racional del recurso agua es indispensable para el futuro desarrollo del país y la efectiva tutela de los derechos humanos de sus habitantes.
Los enormes volúmenes de agua empleados por estas explotaciones, y contaminados con metales pesados y las sustancias mencionadas en el Artículo 2º del presente, son dejados en el lugar como “residuo” acumulado en diques de cola.
Contrariamente a lo afirmado públicamente por las empresas y sus “lobbistas”, es técnicamente imposible asegurar que un dique de cola permanecerá en buen estado por decenas de años. Existe un riesgo cierto de que se fisure, quiebre o produzca filtraciones que pueden contaminar gravemente el agua superficial y subterránea de la zona en que se emplaza, trasladándose la contaminación a grandes distancias. Hay numerosos ejemplos en el mundo, como la contaminación en Europa de 2000 kilómetros del río Danubio y efluentes y, en nuestro país, es reconocido el caso comprobado de Bajo La Alumbrera, donde por errores de diseño se instaló inadecuadamente el dique de colas, y en la actualidad, más de una docena de equipos de retro bombeo intenta recuperar los tóxicos y metales pesados que se vierten a las napas del suelo catamarqueño y que escurren hasta las provincias de Santiago y Córdoba.
La intencionalidad de ocultar, en la gran mayoría de los casos, los efectos de contaminación por fracturas de los diques de colas y los terrenos de las escombreras, queda expuesta en los Informes de Impacto Ambiental presentados por las mineras, donde prevén que “no ocurrirán sismos en la región” u omiten mencionar la presencia de glaciares, como el caso del Informe de Impacto Ambiental de Barrick Gold para su proyecto Pascua Lama, donde omitió deliberadamente mencionar Toro 1, Toro 2 y Esperanza, los cuales se hallan actualmente gravemente disminuidos y contaminados. No cabe duda que al ser estos informes financiados y solicitados por las propias mineras, son funcionales a los intereses de las mismas.
Existen múltiples denuncias por parte de los vecinos agrupados en diferentes organizaciones y asambleas que solicitan ser protegidos y amparados social y políticamente. Muchos de estos reclamos van dirigidos directamente a Minera La Alumbrera, en el caso de Catamarca, y a Veladero, en el caso de San Juan.
El fiscal Federal Antonio Gustavo Gómez procesó al vicepresidente de minera La Alumbrera, Julián Rooney, por graves casos de contaminación que se probaron por publicaciones en la página web oficial de la empresa. Los índices de contaminación publicados por la empresa en su página web superaban holgadamente los topes máximos estipulados por la Ley de Residuos Peligrosos 24.051.
El ejercicio de control o policía ambiental es competencia directa de los municipios y/o comunas, los cuales, en la gran mayoría de los casos, no llevan a cabo el mismo, sea por abierta connivencia con la empresa, por indiferencia, o por franca incapacidad técnica o financiera. Es por ello que, donde hay contaminación, hay ausencia de Estado.
Pero además, existen una serie de beneficios impositivos  que hacen de la actividad un negocio con una rentabilidad inconmensurable que le permite invertir importantes sumas en la obtención de la “licencia social” necesaria para operar.
En este sentido, existen múltiples estrategias comunicacionales por parte de las transnacionales mineras para instalar el concepto de “responsabilidad, sostenibilidad y sustentabilidad”.
Entre ellas, cabe mencionar el burdo asistencialismo enmascarado como Responsabilidad Social Empresaria (RSE), que se aprovecha de la ausencia del estado connivente en instituciones educativas, deportivas y de salud para intentar cooptar las voluntades de los vecinos mediante donaciones, con sus correspondientes y permanentes publicidades en estos ámbitos y en la vía pública, de ambulancias, tomógrafos, equipos deportivos o computadoras para las escuelas que resultan obligación del estado proveer.
Estas estrategias operan a repetición en los diferentes lugares del mundo donde hay minería metalífera a cielo abierto. Gobiernos nacionales, provinciales y municipales, en connivencia con las empresas transnacionales mineras que operan a gran escala, son responsables de las violaciones sistemáticas a los derechos humanos de sus ciudadanos.
Sin embargo, las poblaciones afectadas por estos proyectos siguen resistiéndose a entregar la “licencia social” para su instalación. Por caso, el pueblo de Andalgalá, Catamarca sostiene su indeclinable postura de no permitir el asentamiento de minera Agua Rica. Luego de padecer 13 años la explotación de minera La Alumbrera, a 60 Km. de la ciudad, que generó menos de 100 puestos de trabajo insalubre para andalgalenses, que provocó un sensible incremento en los casos de cáncer y la experiencia ya vivida de promesas de falso progreso, contaminación y destrucción de territorios, fuentes de agua y patrones de vida, decide valientemente ejercer su derecho de impedir la instalación de minera Agua Rica, proyecto tres veces más grande que La Alumbrera, y que de efectivizarse condenaría a la cuidad de Andalgalá a su desaparición.
Otro caso que ha tomado estado público a nivel nacional es el de Famatina, Provincia de La Rioja, donde las comunidades de dicha localidad y Chilecito, tal como años atrás lo hicieran con la misma Barrick Gold, resisten el intento de instalación de Osisko Mining Corporation, en abierta connivencia con el gobernador Luis Beder Herrera y el gobierno nacional.
El cese de las actividades de minería a gran escala permitiría orientar los grandes volúmenes de energía consumidos por estos emprendimientos hacia actividades industriales y al consumo hogareño. Un ejemplo: se calcula que La Alumbrera consume un volumen equivalente al 75% aproximadamente de lo que produce la represa del Chocón.

Por ello, existe una clara tendencia legislativa a nivel mundial que marcha hacia la prohibición del uso del cianuro en operaciones mineras. Entre los casos que lo han hecho pueden mencionarse: (...)