lunes, 25 de abril de 2011

Admitamos que CFK gestiona la continuidad en la violación sistemática de derechos básicos a las grandes mayorías

En el editorial de su programa radial del 23 de abril de 2011, Al Dorso nos aclara sobre la criminalidad implícita en el presupuesto nacional:

“Hola, buenas tarde, mi nombre Argentina, Deudora”
La extorsión,el insulto,el plato vacío el presupuesto nacional 3 millones de pibes con hambre.
La amenaza,el coscorrón,los pagos de deuda externa: 150 mil millones de pesos.La bofetada,6 millones de niños pobres; la paliza,25 niños muertos por día, por causas evitables.
El azote,el cuarto oscuro,la ducha helada,el presupuesto nacional.La Salud: 13 mil millones de pesos.La deuda: 150 mil millones de pesos¡11 veces más deuda! ¡11 veces menos salud!Educación: 30 mil millones de pesos¡5 veces más deuda! ¡5 veces menos educación!Vivienda y urbanismo: 5 mil millones de pesos¡30 veces más deuda! ¡30 veces menos Vivienda y urbanismo!


“Hola, buenas tardes, mi nombre: Argentina, Deudora”
El ayuno obligatorio,10 millones de argentinos pobresla comida obligatoria,3 millones de indigentes.La prohibición de salir,la prohibición de entrar.Los muros del silencio,Los countries, los barrios cerradosNuestra propia Palestina10 mil millones de dólares de endeudamiento por año.


“Hola, buenas tardes, mi nombre: Argentina, Deudora”
La prohibición de decir lo que se piensa,la prohibición de hacer lo que se siente,No al pago de la deuda externay la humillación pública“¡las deudas se pagan, las estafas también! honrar la deuda es honrar la vida”2 millones de desocupados4 millones de subocupados2011: 37 mil millones de dólares de vencimientos de deuda externa
Son algunos de los métodos de penitencia y tortura tradicionales en la vida argentina. Para castigo de la desobediencia y escarmiento de la libertad, la tradición nacional perpetúa una cultura del presupuesto que humilla a la nación, enseña a los hijos a morir y contagia la peste al miedo.
“Hola, buenas tarde, mi nombre: Argentina, Deudora”.
http://www.aldorso.com.ar/23-ABR-11_Editorial.htm


Alejandro Olmos Gaona nos explica La deuda como delito
La renegociación permanente de un hecho probadamente delictuoso, no hace desaparecer la ilicitud del acto sino que lo continúa.
La lectura de la causa indicada y las investigaciones que vengo realizando desde el año 2001 en torno al endeudamiento externo argentino, originaron varias reflexiones relacionadas con la posible imprescriptibilidad de los hechos ilícitos denunciados, lo que me llevó a profundizar en algunos aspectos del derecho penal que pudieran resultar de aplicación a la deuda por su particular configuración, y la manera en que se fue renegociando y reestructurando la misma, hasta el día de hoy. Con tal motivo presenté una tesis en un Seminario realizado en la Facultad de Derecho de la Universidad de San Pablo, que fuera organizado conjuntamente con el Parlamento Latinoamericano y la Universidad de Roma, planteando que la deuda externa argentina es un delito de ejecución continuada y en consecuencia imprescriptible en cuanto a su tratamiento y punibilidad. Los importantes juristas brasileños y extranjeros presentes acogieron con entusiasmo el planteo que estoy profundizando en un libro de próxima aparición.
Baste decir en este apretado resumen que los distintos ilícitos económicos cometidos durante la dictadura se continuaron en el tiempo mediante las sucesivas renegociaciones de la deuda que se hicieron con posterioridad a 1983, y a través de otros mecanismos empleados que se pusieron en funcionamiento para llegar a la suma que hoy resulta exigible por parte de los acreedores, a pesar de haberse pagado cifras que exceden a la que hoy actualmente se reclama al país.


Es necesario enfatizar que la renegociación permanente de un hecho probadamente delictuoso, no hace desaparecer en ningún caso el vicio de origen o la ilicitud del acto, sino que por el contrario lo continúa, ya que la operatoria desarrollada con posterioridad a la dictadura por las autoridades económicas desde 1983 hasta la fecha –salvo algunos cambios circunstanciales- conservó la misma metodología.


Los actos delictivos que configuraron la mayor parte de la deuda, ya que se encuentra probado que no se trató de operaciones de crédito convencionales, que aún hoy siguen condicionando estructuralmente el desarrollo de la economía argentina, no se terminaron en 1983, con la llegada de la democracia, sino que siguieron configurándose al refinanciar la deuda en forma permanente, determinando así consecuencias muchos más graves, que cuando se consumaron en su origen. El más claro ejemplo de ello fue el endeudamiento de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, a través de más de cuatrocientos préstamos ilegales que llevaron su pasivo de 363 millones de dólares en el año 1976, a 6.100 millones de dólares a diciembre de 1983.


Existe continuidad del delito porque la deuda ilícita siguió incrementándose a través de los mismos mecanismos operativos –canjes, refinanciaciones, reestructuraciones-, por lo cual no resulta difícil su tipificación penal, al poder considerarse que en ningún momento hubo un cambio de modalidad, sino que ese ilícito originario –no obstante haberse consumado- siguió en lo que podría definirse como un estado de consumación continuada.


Por otra parte, la deuda de la dictadura al no reconocer causa lícita no puede generar derecho alguno, ni tampoco ser objeto de novaciones a través de distintas renegociaciones, ya que nadie puede trasmitir un derecho mejor y más extenso del que poseía.
El desconocimiento de principios fundamentales del derecho y el quebrantamiento del orden jurídico por partes de los gobiernos que sucedieron a la dictadura, hicieron posible la continua renegociación de actos ilícitos, y en consecuencia nulos de nulidad absoluta, substrayendo una descomunal masa de recursos vitales para nuestro pueblo, para seguir tributando a los acreedores extranjeros".
http://www.aldorso.com.ar/23-ABR-11_Olmos.htm



Julio C. Gambina (Rebelión), en “La discusión del gobierno con Techint”, nos habla de cómo el gobierno CFK condena a jubilados y pensionados a la pobreza, enajenación del poder de decisión sobre fondos previsionales e injusticia

El tema está en la justicia y en la opinión pública. La causa es la decisión gubernamental de modificar por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) nº441 el alcance de la participación de la ANSES [2] (Administración Nacional de la Seguridad Social) en la gestión empresarial.
Hasta ahora y luego de la estatización del sistema de AFJP (desde el 1 de enero del 2009) estaba limitada al 5% del capital de la empresa con independencia del porcentaje en manos del Estado. El DNU avanza a una participación en la designación de representantes estatales en el Directorio de las empresas y en los ámbitos de fiscalización, en función de la cantidad de acciones en poder del organismo del Estado.
El decreto 441 se refiere a empresas donde el organismo participa como accionista minoritario, entre ellas el Banco Macro (30,8% de acciones estatales); San Miguel (26,9%); Gas Natural Ban (26,6%); Consultatio (26,6%); Edenor (26,4%); Distribuidora de Gas Cuyana (26,1%); Siderar (25,9%); Telecom (24,9%); y Transportadora de Gas del Sur (23,1%), Grupo Concesionario del Oeste (21,5%); Mirgor (21,5%); Emdersa (20,9%); Grupo Financiero Galicia (20,4%); Molinos Rio de la Plata (19,9%); Pampa Energía (19,3%); Transener (18,7%); Socotherm Americas (18,5%); Solvay Indupa (16,7%); Banco Patagonia (14,6%); y Endesa Costanera (13,4%), entre otras empresas.
Esa participación accionaria es resultado de la inversión de los fondos previsionales mediante el FGS (Fondo de Garantía de la Sustentabilidad) que según Bossio, el titular de la ANSES administra 181.000 millones de pesos (más de 44.000 millones de dólares), producto de la estatización de las AFJP (Ley de noviembre del 2008 y con vigencia desde el 1 de enero del 2009). Más del 60% está invertida en títulos y préstamos al Estado; más del 12% en acciones de las empresas privadas (unos 23.000 millones de pesos, ó unos 5.600 millones de dólares); un 10% en Plazos Fijos; y el resto en otras inversiones, como préstamos (especialmente al sector productivo e infraestructura), fideicomisos y en efectivo.
La respuesta empresaria, especialmente de Siderar, del transnacional Grupo Techint fue crítica, negando la designación de Directores en su asamblea de accionistas, desconociendo así la validez del DNU, por lo que la ANSES los ha demandado ante la justicia.




Desde el punto de vista del funcionamiento del capitalismo no tiene lógica el reclamo empresario. Un inversor minoritario que se había auto limitado para participar en el Directorio decide eliminar el tope del 5% que se había impuesto al momento de la estatización del régimen de capitalización previsional. Uno de los argumentos empresarios es el cambio en las reglas del juego, lo que afecta su “seguridad jurídica”. Siderar no tiene interés en compartir la toma de decisiones con el Estado, por más inversor minoritario que sea.


Otra cuestión es la discusión sobre la necesidad del decreto, o su discusión en el ámbito parlamentario, donde se juegan las correlaciones de fuerza partidaria. Lo que no discuten, ni empresarios, ni el gobierno, es que los fondos administrados por la ANSES son “previsionales” y no fiscales. Esa discusión de fondo viene siendo escamoteada desde que en los 90´ y reforma fiscal mediante se incorporó la recaudación previsional (retenciones a los trabajadores y contribuciones patronales) al presupuesto como si fueran fondos fiscales, en igualdad de condiciones que los ingresos por tributación.
Los trabajadores activos y jubilados vienen llamando la atención sobre el tema, lo que impondría la democratización en la administración de esos cuantiosos fondos, donde se reclama la participación de trabajadores activos y pasivos. Otra demanda es la aplicación del fondo previsional a las pensiones y jubilaciones, contra una definición oficial más amplia que incluye otros rubros de la seguridad social, tal como la Asignación Universal para Hijos (AUH) de padres pobres. La justeza y aceptación de los jubilados de la AUH no invalida los reclamos para que esta sea cubierta con fondos regulares y no previsionales, para que estos se concentren en cancelar sentencias judiciales o mejorar el ingreso de los actuales jubilados.


Con el DNU se pone en discusión la participación porcentual a la tenencia de acciones del Estado. Debiera incluirse también quien debe administrar esos fondos, si solo el Estado, o se debe incluir algún mecanismos de participación de los involucrados en el régimen previsional, trabajadores en actividad o jubilados, lo que supone la democratización en la administración del fondo previsional. Más allá de lo formal, ese debate incluiría el destino de los fondos, para afianzar a la actual cúpula empresarial o alentar otro modelo productivo para otro patrón de consumo.
Agreguemos que buena parte de las empresas aceptaron las condiciones del DNU, pero Techint viene de un proceso creciente de enfrentamiento con el gobierno. Recordemos que en origen del “modelo productivo”, en tiempos de la devaluación (Remes Lenicov) y luego con Lavagna (ministro de Duhalde y Kirchner) la sociedad gobierno y empresa era sustancial. Con el cambio de ministro y la pérdida de interlocutores directos en el gobierno se debilitó el vínculo para transformarse en una pulseada de poder que no llega a la ruptura. La razón hay que encontrarla en la elevada rentabilidad obtenida por las empresas del Grupo en el marco de una política económica funcional a las necesidades de la cúpula empresarial dominante en la Argentina.

[1] Doctor en Ciencias Sociales UBA. Profesor Titular de Economía Política en la Facultad de Derecho de la UNR. Presidente de la Fundación de Investigaciones Sociales y Políticas, FISYP. Integrante del Comité Directivo del Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales, CLACSO.
[2] http://www.anses.gob.ar/
Fuente http://www.argenpress.info/25-04-2011

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